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Ética en Venezuela: sobran leyes, faltan consecuencias

Apagon
Tiempo de lectura: 3 min.

Toda arquitectura moral necesita una viga que la sostenga. En Venezuela, esa viga se llama Constitución: lleva veintisiete años sosteniendo, no sin fisuras, la promesa de una ética pública. La pregunta que importa es sencilla y urgente: ¿sostiene todavía?

Hace pocas semanas, el Ministerio de Ciencia y Tecnología publicó el Código de Ética para el Desarrollo y Aplicación Responsable de la Inteligencia Artificial. Nueve principios cuidadosamente redactados: IA humanista, equidad, responsabilidad ambiental, seguridad, privacidad, transparencia, rendición de cuentas, ciencia abierta y excelencia. Un documento técnico, pero sin una sola sanción; un disparador noticioso más.

Este código no es un hecho aislado. Se suma a un inventario abundante de normas que el país viene construyendo desde 1999: el Código de Ética de las Servidoras y los Servidores Públicos, la Ley Orgánica del Poder Ciudadano, la Ley Contra la Corrupción, la Ley del Estatuto de la Función Pública, el Código de Ética del Juez y la Jueza, el Código de Ética Profesional del Abogado, los códigos deontológicos de la salud y del periodismo, y las leyes de ejercicio profesional que consagran la ética como base del oficio. Un catálogo considerable. Sin embargo, una sola pregunta atraviesa todo ese armazón normativo: ¿de qué sirve un código de ética cuando quien debe aplicarlo no rinde cuentas?

La palabra ética proviene del griego ēthikē: morada, residencia, el lugar donde se habita. Aristóteles la transformó en carácter, en modo de ser. La moral, en cambio, desciende del latín mos: costumbre. Dos palabras hermanas que en Venezuela terminamos confundiendo, quizás porque ambas se han vuelto sinónimo de ausencia.

La Constitución vigente no dejó la ética librada a la buena voluntad del funcionario; la elevó a valor superior del Estado. Creó, además, un quinto poder: el Poder Ciudadano, ejercido a través del Consejo Moral Republicano (Defensoría del Pueblo, Ministerio Público y Contraloría General), cuya misión es prevenir, investigar y sancionar los atentados contra la ética pública y la moral administrativa. El artículo 141 es todavía más explícito: ordena la honestidad, la transparencia y la rendición de cuentas no como virtudes deseables, sino como condiciones del cargo.

Sobre el papel, Venezuela cuenta con una de las arquitecturas éticas más completas de la región: códigos, leyes orgánicas, estatutos, deontologías profesionales. El país no tiene nada que envidiarle a nadie (en el papel).

Pero el derecho no se aplica solo; necesita instituciones que lo hagan valer. De lo contrario, se produce ausencia. El mismo Consejo Moral Republicano llamado a vigilar la ética pública está integrado por órganos cuya autonomía ha sido, en los últimos años, objeto de cuestionamiento constante. ¿Puede vigilar la ética del poder quien depende del poder que debería vigilar?

La ética pública no se sostiene únicamente con leyes ni con instituciones simbólicamente independientes; se sostiene con la voluntad política de someterse a límites. Cuando el poder deja de temer la sanción, el código de ética deja de ser derecho y se convierte en literatura.

La abundancia normativa no es lo mismo que la eficacia ética. Un país puede tener nueve principios para la inteligencia artificial y cero consecuencias reales para el enriquecimiento ilícito comprobado. Puede tener un Código de Ética del Juez impecable y, al mismo tiempo, jueces provisorios que dependen cada día de quien los nombra y de quien puede removerlos. El problema no es la falta de normas, sino la falta de consecuencias.

Esa falta de sanción tiene un costo concreto y devastador. Cuando el infractor no enfrenta consecuencias —sin importar su cargo o su fortuna—, la confianza ciudadana, el activo más valioso de cualquier nación, se erosiona hasta desaparecer.

La reconstrucción del país no se edificará sobre discursos éticos bien redactados, sino sobre la certeza de que la ley alcanza a todos, incluso al poderoso y al jerarca. Sin esa certeza, cada nuevo código de ética corre el riesgo de convertirse en un mueble más dentro de una casa que se derrumba.

La ética no es un adorno institucional; es el faro que orienta la conducta pública hacia el bien común. Pero un faro no sirve de nada si el barco decidió, hace tiempo, navegar sin brújula ni capitán responsable.

Venezuela no necesita otro código de ética; necesita que el edificio normativo que ya existe, empezando por la propia Constitución, deje de ser letra muerta y vuelva a ser ley.

Para reconstruir el país es indispensable actuar con ética y asumir la responsabilidad por las consecuencias de nuestras acciones y de nuestras omisiones.

Darringibbs@gmail.com

https://www.elnacional.com/columnas/2026/09/etica-en-venezuela-sobran-leyes-faltan-consecuencias/