A pesar del título del artículo no me voy a referir a ninguno de los candidatos −más exactamente: precandidatos−, algunos de los cuales ya recorren el país contactando a sus seguidores, a pesar de que la campaña electoral no ha comenzado. De todas maneras, aun no son candidatos, luego no se infringe ninguna norma.
Requisitos.
El 18 de mayo la Comisión Nacional de Primaria (CNdP), en su cuenta Twitter publicó los requisitos para ser candidato en la Primaria (https://bit.ly/42PColS), que son los mismos que establece el Reglamento Marco y el respectivo Reglamento de Postulaciones, dictado por la CP. (ver https://bit.ly/44Th6p0). Son ocho los requisitos y vale la pena recordarlos:
1. Ser venezolano por nacimiento y sin otra nacionalidad.
2. Ser mayor de 30 años de edad.
3. Demostrar un compromiso por la libertad, la democracia, el respeto de los DDHH, la libertad de los presos políticos y el regreso de los exiliados.
4. Suscribir la declaración de principios democráticos que le presente la CNdP.
5. Haber suscrito el programa mínimo de gobierno, acordado precisamente.
6. Acatar las decisiones, reglamentos e instructivos de la CNdP.
7. Contribuir con los costos del proceso de conformidad con lo que establece la CNdP
8. Para la postulación por iniciativa propia, deberá tener la firma de al menos el 5% de los inscritos en el Registro Electoral.
Los dos primeros son requisitos constitucionales; el primero establecido de esa manera en la Constitución de 1999 −vigente y ratificada su integridad en 2007− cuando se estableció constitucionalmente la doble nacionalidad y se excluyó, en la muy −según algunos− “modélica”, “magnánima” y “amplia” carta magna de 1999, la posibilidad de ejercer algunos cargos a quienes tengan la doble nacionalidad, aun cuando sean venezolanos por nacimiento; pero esa es otra discusión. Lo cierto es que esos dos requisitos están en la Constitución Nacional vigente.
Acuerdos a firmar.
Los otros requisitos son propios del proceso de Primaria y vale la pena comentar o aclarar algunos. En los próximos días, a partir del 24 de mayo, cuando comiencen a llegar quienes aspiran a postularse como candidatos, la CNdP, junto con las formas o documentos que deben llenar, presentará los documentos que deben firmar, entre los cuales se encuentran: Una declaración de principios democráticos, un programa mínimo de gobierno y un compromiso de acatar las decisiones, reglamentos e instructivos de este proceso, que incluirá el de reconocer y apoyar a la candidata o candidato que resulte ganador. Se trata de documentos simples, que serán acordados con los candidatos y de quienes se espera un compromiso, básicamente moral, de acatarlos y cumplirlos. Dejemos que sean los electores y los venezolanos los que les pidan cuentas a los candidatos.
Compromiso con el cambio político.
De los requisitos enumerados más arriba, merece destacar el número tres, según el cual el candidato debe “…demostrar un compromiso por la libertad, la democracia, el respeto de los DDHH, la libertad de los presos políticos y el regreso de los exiliados.” Ese compromiso está acorde con lo dicho por el Presidente de la CNdP, J.M Casal, en su discurso inaugural el 15 de noviembre de 2022, cuando se refirió a que la elección primaria: “… está llamada a canalizar las aspiraciones presidenciales de todos aquellos que defiendan la necesidad del cambio político” en el país y que para los candidatos de la Primaria: “…los derechos humanos deben ser un elemento transversal, así como la exigencia de liberación de los presos políticos y de cese de la persecución política”. (del discurso durante el “Primer Balance del Proceso de Consulta a Sectores Políticos y Sociales y Anuncio de Próximos Pasos”, el 12 de diciembre de 2022), ratificado también en el discurso del 15 de febrero de 2023, en el cual se anunció la fecha de la elección primaria y el cronograma del proceso que debemos: “…hacerlo de tal modo que generemos una legitimidad reforzada, acrecentada por un esfuerzo y una ilusión común de cambio político.” De manera que el compromiso por el “cambio político” en el país es ineludible para los candidatos que se presenten a competir en la Primaria, para ser el candidato unitario de la oposición democrática en 2024.
Los otros requisitos.
Los dos últimos requisitos, se les debe prestar atención y merecen también considerarse en esta oportunidad. En uno de ellos, el número siete, se especifica que los candidatos deben contribuir con los costos del proceso. Una estimación precisa del costo definitivo del proceso aún no se tiene, pues dependerá de la decisión que se tome acerca de cuál será la modalidad final de desarrollo del mismo. Sobre esta contribución, que en el Reglamento Marco también se establece, pero de manera “voluntaria”, la CNdP ha sido más estricta con este requisito, por el elevado costo que significa un proceso abierto a 21 millones de electores, en Venezuela y dispersos por el mundo.
Postulación por factores políticos.
El proceso de primaria, tal como establece el Reglamento Marco y los dictados por la CNdP, está abierto a la votación de “...todos los venezolanos mayores de edad” (Art. 5), en Venezuela o en el exterior, de acuerdo con las condiciones que establezca la CNdP. Conviene explicar entonces como la CNdP, en la práctica y en su reglamentación, ha interpretado esta disposición del Reglamento Marco. En la práctica, la CNdP entiende por factores políticos a todos aquellos partidos y grupos políticos, que identifica como “factores políticos”, que apoyen el proceso, que tengan una actuación pública e histórica, reconocida en el país, aun cuando no estén registrados o aceptados por el CNE como tales partidos políticos.
Postulación por iniciativa propia.
De igual manera, como ya lo establece el Reglamento Marco, la CNdP en su Reglamento de Postulaciones, establece que los candidatos podrán postularse por “iniciativa propia”, cuando no cuenten −o no deseen hacerlo− con alguno de esos factores políticos; en ese caso, tanto el Reglamento Marco como el Reglamento de Postulaciones de la CNdP establecen que los candidatos que se acojan a esta modalidad, deberán acompañar a la documentación que consignen y el formato que defina la CNdP “…el respaldo de las firmas de, al menos, el cero coma cinco por ciento (0,5%) de los electores inscritos en el Registro Electoral…”; pero, interpreta la CNdP que ese 0,5% “…puede obtenerse a nivel nacional o, al menos, en doce entidades federales.”. De esta manera, dependiendo de las 12 entidades federales que escoja el postulante y la cantidad de electores que tengan, el número de firmas puede variar.
Conclusión
Con estas indicaciones o recordatorio se inicia la carrera para el 22 de octubre, con los candidatos que se presenten a esa confrontación, de donde debe salir el candidato unitario de la oposición democrática venezolana.