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Declaración conjunta

Opinión
Artículos de opinión
Artículos de opinión
Tiempo de lectura: 4 min.

CONSIDERANDO

Que la Constitución Nacional es el pacto social que nos dimos los venezolanos para garantizar el progreso social y la convivencia pacífica, en virtud de lo cual todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por la Constitución y la ley es nulo

Que siendo Venezuela un Estado democrático, social de Derecho y Justicia, que propugna como valores la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social, los derechos humanos, la ética y el pluralismo político, resulta inadmisible la decisión gubernamental de impedir todo proceso electoral en abierta complicidad con otras instituciones del Estado.

Que la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, ejerciéndola directamente en la forma prevista en La Constitución y la ley, e indirectamente, mediante el sufragio siendo un derecho constitucional revocar el mandato de los funcionarios electos.

Que los ciudadanos cumplieron con los requisitos constitucionalmente establecidos para convocar un proceso revocatorio del ciudadano Presidente de la República, y es obligación del Consejo Nacional Electoral garantizar dicho derecho sin crear requisitos inconstitucionales que buscan retrasar el proceso revocatorio negando así el derecho del pueblo a pronunciarse libremente.

Que la aprobación del presupuesto de la nación es competencia exclusiva de la Asamblea Nacional y no de una inexistente asamblea popular o del Tribunal Supremo de Justicia

Que siendo mandato expreso de la Ley que las universidades contribuyan con la orientación doctrinaria del país, nos vemos en la obligación de denunciar la desaparición del Estado de Derecho en Venezuela y, por ende el fin de la democracia y el establecimiento de una dictadura.

Las razones que nos conducen a tan grave afirmación están contenidas en el Informe que presentó el Secretario General de la OEA ante el Consejo Permanente para invocar la aplicación de la Carta Democrática Interamericana púes en el mismo se evidencia la violación de los elementos esenciales de la democracia: El "respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales; el acceso al poder y su ejercicio con sujeción al Estado de derecho; la celebración de elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto[...]; el régimen plural de partidos y organizaciones políticas; y la separación e independencia de los poderes públicos.

Como instituciones representativas del profesorado, el estudiantado y los profesionales de la UCV

ACORDAMOS

1) Respaldar la decisión de la Asamblea Nacional de desconocer, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 7 y 333 de la Constitución, la autoridad y vigencia de los actos del Poder Ejecutivo y de las sentencias del Tribunal Supremo de Justicia, que contrarían valores, principios y garantías democráticas y lesionan derechos fundamentales.

2) Participar en un gran movimiento cívico nacional en defensa de la Constitución, la democracia y el voto.

3) Emplazar al CNE para que fije el cronograma de realización del Referéndum Revocatorio al mandato del Presidente de la República, ciudadano Nicolás Maduro Moros, y para la elección de los gobernadores, en el año 2016.

4) Exhortar al Consejo Universitario de la UCV a fijar posición sobre la situación nacional y a evaluarla con rigurosidad académica la validez de las decisiones adoptadas por la Asamblea Nacional. Como decía Desmond Tutu: "si eres neutral en situaciones de injusticia, has elegido el lado del opresor".

5) Recordar que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que “toda persona tiene el deber de cumplir sus responsabilidades sociales y participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país, promoviendo y defendiendo los derechos humanos como fundamento de la convivencia democrática y de la paz social.”

6) Ratificar que es atribución de la Asamblea Nacional discutir y aprobar el presupuesto nacional, razón por la cual la decisión del TSJ usurpa una función que no le compete y, por mandato constitucional su decisión es ineficaz y sus actos nulos.

7) Ratificar que la Fuerza Armada Nacional constituye una institución esencialmente profesional, sin militancia política, y en el cumplimiento de sus funciones está al servicio exclusivo de la Nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna, razón por la cual debe cesar en el uso del término Fuerza Nacional Bolivariana, desconocer las milicias populares y dejar de reconocerse chavista.

8) Recordar a quienes compete que ° Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la ley es nulo; y los funcionarios públicos y funcionarias públicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes superiores.

9) Reivindicamos el Artículo 350 que señala. ° El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos.

10) Acompañar todas las acciones que sean necesarias para recuperar la democracia y poner fin a un gobierno que violando la Constitución desconoce derechos humanos.

11) Hacer público el presente acuerdo, remitirlo a la Asamblea Nacional, a la Conferencia Episcopal Venezolana, a la Organización de Estados Americanos, a la UNASUR y a las Naciones Unidas.

12) Hacer entrega del mismo en todas las embajadas del país.

Víctor Márquez Corao Hasler Iglesias Ángel García Butto

Presidente de APUCV Presidente de la FCU Presidente de APUFAT