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Diez datos sobre el Referendo Consultivo del Esequibo

Opinión
Tiempo de lectura: 4 min.

Cursa una campaña electoral de casi un mes en el territorio nacional. El cronograma contempla al menos ocho auditorías. 20,6 millones de electores habilitados para participar el 3 de diciembre. La consulta consta de cinco preguntas:

  1. El domingo 19 de noviembre el Poder Electoral realizará un simulacro de votación, a fin de que los electores se familiaricen con el proceso electoral sobre el Referendo Consultivo. En esta jornada serán habilitadas 2.322 mesas en 800 centros electorales dispuestos en todos los municipios del país, precisó el ente comicial el pasado 10 de noviembre. La lista de centros del simulacro está disponible en la web del CNE.
  2. Para este Referendo Consultivo en defensa de la Guayana Esequiba se encuentran habilitados 20.694.124 electores venezolanos inscritos en el territorio nacional, ha informado la autoridad electoral.
  3. En los 335 municipios de las 24 entidades federales el CNE habilitará 15.857 centros de votación y 28.027 mesas electorales el próximo domingo 3 de diciembre. El acto de votación se llevará a cabo de 6:00 de la mañana a 6:00 de la tarde o hasta que existan electores en cola.
  4. El Cronograma Electoral de este proceso consta de 57 actividades repartidas entre octubre de 2023 y febrero de 2024. Al 10 de noviembre ya se había cumplido el 53% de las actividades contempladas, informó en esa fecha el CNE. El cronograma prevé auditorías al software de las máquinas, al software de totalización, de producción de máquinas, de cuadernos de votación, de infraestructura, de puesta a cero de los centros nacionales de totalización, de telecomunicaciones y de huellas.
  5. En el sitio web cne.gob.ve está disponible la consulta del Registro Electoral para este Referendo Consultivo. Solo se debe introducir el número de cédula para conocer el centro de votación, con base en el corte más reciente del RE, del pasado 22 de octubre. Allí también se puede conocer quién fue seleccionado como miembro de mesa para este proceso. La capacitación para ellos está disponible en línea.
  6. La consulta consta de cinco preguntas relacionadas con el tema: la primera, sobre la línea impuesta por el Laudo Arbitral de París; la segunda, sobre el Acuerdo de Ginebra como solución; la tercera, sobre el no reconocimiento de la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia; la cuarta, sobre la pretensión de Guyana de disponer ahora de un mar pendiente por delimitar, y la quinta, sobre la creación del estado Guayana Esequiba. Las preguntas completas están disponibles en la web del CNE.
  7. La Gaceta Electoral N° 1035, del 21 de octubre de 2023, contiene la resolución con las “Normas para regular el Referendo Consultivo sobre el ejercicio de la soberanía del pueblo venezolano en defensa del territorio de la Guayana Esequiba”. Este instrumento de 60 artículos establece las disposiciones fundamentales del proceso, la convocatoria y objeto de la consulta, el registro electoral, la campaña, el contenido de la propaganda en medios, las regulaciones para los organismos y funcionarios, la organización y celebración del referendo.
  8. El artículo 29 de estas normas, que citaremos a continuación, establece que los funcionarios en general están al servicio del Estado y no de parcialidad política alguna, en consecuencia, les está prohibido:

a) Actuar en ejercicio de la función pública en detrimento de la participación en el Referendo Consultivo.

b) Hacer propaganda en sus sitios de trabajo y demás dependencias públicas, contraria a estimular la participación del pueblo en la consulta u opuesta a fortalecer la conciencia de la Nación sobre los derechos irrenunciables de la misma respecto del territorio de la Guayana Esequiba.

c) Prevalerse de la condición de superior jerárquico para negar la participación de los funcionarios en el Referendo Consultivo.

d) Aprovechar las funciones que ejerce, o usar las influencias derivadas de las mismas, para desestimular la participación en el referendo.

Asimismo, el artículo 30 establece que “no se permitirá el uso de los bienes propiedad de la Nación, ni de los estados o municipios con el fin de desfavorecer la participación”.

  1. Del 6 de noviembre al 1 de diciembre se desarrolla la campaña electoral, mientras que este miércoles 15 de noviembre cierra el lapso de inscripciones de los partidos políticos, gremios, sindicatos, universidades, sociedad civil, poder popular y comunidades indígenas para la participación en el Referendo Consultivo.

Hasta el 13 de noviembre 563.939 organizaciones políticas, sociales e instituciones habían manifestado ante el CNE su interés en adherirse para participar en el Referendo Consultivo por el Esequibo. Esto incluye 39 organizaciones con fines políticos, 5.447 gremios, 3.486 sindicatos, 675 universidades, 503.974 pertenecientes a la sociedad civil, empresarios y emprendedores, 45.060 del poder popular, 5.139 de las comunidades indígenas y 119 comunidades religiosas e iglesias que funcionan en todo el territorio nacional. Al cierre de este boletín todavía transcurría este lapso de postulaciones.

  1. El artículo 71 de la Constitución posibilita este proceso, al establecer que “las materias de especial trascendencia nacional podrán ser sometidas a referendo consultivo”, en este caso, por acuerdo de la Asamblea Nacional.

Venezuela acumula tradición en materia de referendos consultivos: en el ámbito nacional, se consultó la convocatoria a una Constituyente en abril de 1999; en diciembre de ese mismo año se dio el referendo aprobatorio de la Constitución vigente y, un año después, otro sobre la renovación de la dirigencia sindical. En referendo también se rechazó la propuesta de reforma constitucional de 2007 y se aprobó la enmienda constitucional de 2009. En ámbitos locales también se han celebrado referendos consultivos, como el del cambio de nombre de la parroquia más grande de Barquisimeto (2019) o la asignación de recursos para la ejecución de proyectos en el estado Miranda (2022).

Boletín 117

Noviembre de 2023

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