En 1993, mediante un Decreto firmado por Ramón J. Velásquez, se creó el Consejo de Gobierno del Área Metropolitana de Caracas, definido como un órgano de cooperación, conciliación y coordinación entre los distintos actores políticos responsables de la gestión pública en un mismo territorio denominado metropolitano.
Aquél espacio institucional metropolitano estaba integrado por los Alcaldes de los municipios Libertador, Vargas (Distrito Federal), Chacao, Sucre, Baruta, El Hatillo, Los Salías y Carrizal (Estado Miranda); los Gobernadores de Estado Miranda y Distrito Federal; así como también de una representación del Ejecutivo Nacional a través de los siguientes ministerios: Relaciones Interiores, Desarrollo Urbano, Ambiente y Recursos Naturales Renovables, Sanidad y Asistencia Social, Transporte y Comunicaciones, Descentralización y CORDIPLAN.
El diseño institucional de aquél Consejo de Gobierno, asumió que de manera rotativa, cada 6 meses, un Alcalde o Gobernador del Área Metropolitana asumiría la responsabilidad de presidirlo, y para garantizar la dinámica operativa y administrativa de la misma, se creó la figura del Director Ejecutivo, que según registros públicos fue designado en octubre 1993.
El Decreto que creó en 1993 al Consejo de Gobierno, le atribuyó facultades para: A) Coordinar obras, servicios e inversiones que por su naturaleza exijan un tratamiento integrado. B) Conocer y dar su aprobación al Plan de Ordenación Urbanística que le someta el Ministro de Desarrollo Urbano, antes de su aprobación final. C) Formular propuestas y adoptar acuerdos para el mejor desarrollo de las actividades públicas que se realicen en el área metropolitana, sobre la ejecución de obras y actividades promovidas por órganos competentes. D) Formular propuestas ante órganos nacionales y estadales, así como también sobre los medios de ejecución de diversas obras que se decidan y realicen en el área metropolitana. E) Promover y acordar convenios de mancomunidades y encomiendas de gestión. F) Conocer propuesta de transferencia de competencias.
Para complementar la labor del Consejo de Gobierno Metropolitano, se planteó en el Decreto la creación de 7 Comités de Trabajo, a saber: Comités Metropolitanos para Planificación Urbanística; Transporte y Tránsito; Seguridad y Policía Urbana; Aseo Urbano; Acueductos, Alcantarillados; Salud Pública y por último Mantenimiento Urbano.
En la Memoria y Cuenta del Ministerio para la Descentralización de 1993, se logra identificar que entre los temas que le correspondió abordar en 1993 a aquél Consejo de Gobierno del Área Metropolitana, estaban dos temas de mucha actualidad, uno de ellos era la mancomunidad en materia de aseo y la otra, era la exigencia a Hidrocapital para que acudiera a presentar avances del servicio de agua en el área metropolitana entre otras materias.
El proyecto de Ley Especial para la Restitución del Régimen del Distrito Metropolitano de Caracas, que expone la página oficial de la Asamblea Nacional con fecha 14 de julio de 2016, plantea la necesidad de rescatar el espacio institucional para facilitar el encuentro entre distintas autoridades públicas que actúan en el ámbito territorial metropolitano, eliminado en la reforma de la Ley Especial del Régimen Municipal a dos niveles del Área Metropolitana de Caracas en el año 2009 y que el proyecto denomina Consejo de Gobierno del Distrito Metropolitano de Caracas.
A diferencia de aquél Consejo de Gobierno creado en 1993, el diseño planteado de este nuevo espacio institucional, es asumido en el proyecto de Ley como un órgano auxiliar del Alcalde Metropolitano en aquellas materias municipales propias de la vida local y se propone como una instancia superior de planificación y concertación de Políticas Públicas para la formulación del Plan Estratégico Metropolitano, con la finalidad de coordinar su ejecución y alcanzar el desarrollo armónico integral del Distrito Metropolitano en base a un denominado Sistema Metropolitano de Planificación Pública.
El Proyecto de Ley no desarrolla el diseño de ese Sistema Metropolitano de Planificación Pública por lo que no es posible identificar la participación de los Municipios en ese modelo de planificación, en el marco de lo que la Constitución llama gobierno de dos niveles.
El Consejo de Gobierno del Distrito Metropolitano se presenta como el espacio institucional para facilitar el intercambio de información necesaria para formular recomendaciones a otros órganos del Estado y para el desarrollo de estudios, análisis y búsqueda de las distintas opciones para instrumentar acciones que faciliten la coordinación de la gestión de los niveles de gobierno municipal de la ciudad de Caracas.
Así mismo, el proyecto de Ley reconoce a ese Consejo de Gobierno del Área Metropolitano como una instancia asesora del Alcalde Metropolitano para responder a todas las consultas que éste formule en materia de Plan de Inversión, Programas de Seguridad Ciudadana; Obras de Infraestructura y todas aquellas otras que pos su dimensiones impongan una transformación significativa de algunos de los municipios.
Han pasado 23 años desde aquel Decreto dictado por Ramón J. Velásquez y desde entonces hemos tenido 3 modelos de gobierno metropolitano, el primero planteado en el año 1993; luego en el año 2000 a través de la Asamblea Nacional Constituyente en la cual se mantiene vigente el Consejo de Gobierno del Área Metropolitana, sin mucho desarrollo normativo y menos aún en la práctica; además, aquél contenido aprobado por los Constituyentistas abrió las puertas para crear un modelo confuso, complicado e inviable, al fusionar al extinto Distrito Federal con el Distrito Metropolitano.
Por último, un tercer modelo que fue diseñado en la Ley Especial del Régimen Municipal a dos niveles del área metropolitana del año 2009, que resultó como consecuencia de la creación del Distrito Capital, luego de 9 años de omisión legislativa para su creación. Obviamente, la justificación de crear el Distrito Capital fue una estrategia política útil para debilitar la gestión del gobierno metropolitano presidida por Antonio Ledezma.
Han pasado 23 años y sigue pendiente la tarea de definir un modelo de gobierno metropolitano que permita responder a los desafíos que impone el crecimiento de Caracas, en especial en aquellas materias que desde 1993 son identificadas como propias de un nivel metropolitano.
No se trata de crear un nuevo nivel político territorial autónomo, pues ello supondría revisar el modelo del Poder Público Municipal para el área metropolitana de Caracas; por el contrario, se trata de diseñar un modelo de coordinación y planificación que sin violentar la autonomía municipal, logre acuerdos, consensos y articulación entre las distintas autoridades locales, que permitan superar los grandes desafíos que impone la realidad a través de una autoridad metropolitana.
Artículo escrito para Politika Ucab, 22 de julio de 2016
https://politikaucab.net/2016/07/22/la-institucionalidad-metropolitana-u...