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La solución equivocada al problema equivocado, otra vez…

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Apreciación de la situación política número 134

Aunque las observaciones de la presente apreciación no sean pertinentes a la misma, aventuraré a exponer, una vez más, lo que considero una equivocación de la mayoría de los factores de la oposición democrática ante la coyuntura electoral que le ha planteado el régimen.

Para ello es necesario recordar de la técnica de solución de problemas las tres posibilidades más comunes que se presentan cuando no se identifica claramente cuál es el problema en sí: a) la solución correcta al problema equivocado; b) la solución equivocada al problema correcto; c) la solución equivocada al problema equivocado. Como se puede inferir la peor situación sería la tercera, por lo que en ese caso se le define un problema del tercer tipo. También es menester indicar que las tres situaciones mencionadas son muy frecuentes en el quehacer diario de las personas, grupos, o relaciones sociales en general.

Lo que se le ha planteado a la oposición democrática con la convocatoria adelantada a elecciones presidenciales para el 22A, y ahora pospuestas para el 20 de mayo, es un problema de características equivocadas porque dicha decisión se tomo de manera arbitraria al ser convocada por un ente ilegitimo, por fraudulento, como es la ANC que no está facultada para esa convocatoria. Ese, pareciera ser la equivocación de fondo.

Las respuestas de la oposición democrática han sido soluciones equivocadas porque inicialmente entraron en un dilema entre ir o no ir a la convocatoria de elecciones, también por las razones equivocadas, ya que situaron el problema en la falta de condiciones electorales minimizando la ilegitimidad de la convocatoria por el organismo que la convocó inicialmente que, como mencioné anteriormente, tampoco es el problema principal o de fondo. De allí que, no es de extrañar, que la dirigencia opositora se haya mostrado confundida y divergente en sus formas de acción, para finalmente decidir, una parte mayoritaria de ella, no asistir a las elecciones por las razones equivocadas -no existen condiciones electorales adecuadas- y, en consecuencia, sin ningún plan alterno para lograr el cambio de gobierno, peor aún, perdiendo la confianza del electorado opositor.

Una exmagistrada emérita de reconocido prestigio nacional sale al paso de tanto yerro y plantea el problema correcto: en la Constitución Nacional no está previsto el adelanto de elecciones, salvo que se produzca la ausencia absoluta del presidente y, en ese caso, el CNE debe llamar a elecciones en un plazo de 30 días, tal como sucedió con el difunto eterno, pero, como es obvio, no es el caso de ahora.

Otros juristas constitucionalistas van más allá y advierten que de consumarse las elecciones del 20 de mayo, el presidente lejos de legitimarse, que es lo él quiere, más bien se deslegitimaría pues su actual período constitucional finaliza el 10 de enero del 2019, por lo que estaría produciéndose de facto una situación voluntaria de abandono de cargo o lo que es lo mismo, la falta absoluta del mismo para terminar su periodo constitucional y, en ese caso, la AN, que si está legitimada, declararía la falta absoluta y llamaría a nuevas elecciones.

De tal manera que, como lo advirtió la exmagistrada emérita, el problema no son las condiciones electorales sino la violación de la Constitución y que la solución correcta sería advertir, por parte de la oposición democrática, que no se va a las elecciones porque sería violar la CN y si el régimen no cesa en su empeño electoral, después del 20 de mayo declarará la falta absoluta del presidente y llamará a nuevas elecciones. Esa sería el argumento legal y legítimo para no asistir a las elecciones, no crearía ningún falso dilema, dejaría la decisión al régimen y lo que es más importante aún, deja implícito un quehacer a la oposición democrática después del 20M. Todavía hay tiempo…

@lesterllopezo 03/03/18