La Red de Observación Electoral de Asamblea de Educación, cumpliendo con sus funciones de vigilancia de los eventos electorales que se desarrollen en el país, se propone hacer seguimiento a todos los hechos relacionados con los derechos electorales de los ciudadanos venezolanos, e informar a la opinión nacional e internacional de cualquier acontecimiento o medida que incida, sea positiva o negativamente, sobre dichos derechos constitucionales.
En esta ocasión nos referiremos a las actuaciones y las declaraciones ante los medios de comunicación social del directorio del Consejo Nacional Electoral (CNE), con respecto a dos eventos electorales que en los días que corren ocupan la atención del país: el referendo revocatorio del presidente de la República promovido por un sector de la ciudadanía y las elecciones de gobernadores y de asambleas legislativas estadales que deberían realizarse en diciembre de este año, dado que el 16 de diciembre culmina el período de los actuales gobernadores.
Con respecto al primer evento, el referendo revocatorio del presidente de la República solicitado por un grupo de ciudadanos, ha habido un conjunto de medidas tomadas por el CNE que constituyen una seria obstrucción del derecho constitucional que asiste a los electores venezolanos de hacer dicha solicitud una vez que se ha cumplido la mitad del período de mandato del funcionario en cuestión.
La solicitud de referendos revocatorios de funcionarios públicos está regida por el Reglamento para la Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios, aprobado el 18 de diciembre del 2007, que contiene normas suficientemente precisas para guiar la realización de esos procesos.
Es por eso que resulta contraria a toda sana lógica la política adoptada por el CNE de introducción progresiva de nuevos requerimientos, en mucho contrapuestas al espíritu de las normas existentes, que terminan siendo trabas para el ejercicio del derecho a solicitar un referendo por parte de los ciudadanos interesados en ejercerlo.
Tal es, entre otras, la exigencia de recabar la manifestación de voluntad de al menos el 1% de los electores por estado, de integrarse a una organización, en este caso la Mesa de la Unidad Democrática ( MUD), para la solicitud del referendo revocatorio, siendo que la circunscripción correspondiente a dicho referendo, en caso de darse, sería todo el territorio nacional, por lo que ese 1% de electores exigidos ha debido ser simplemente de votantes registrados en el Registro Electoral, independientemente del estado al que pertenezcan.
Así mismo, el conjunto de medidas anunciadas por el Rector Incorporado del CNE Carlos Quintero para la verificación de la autenticidad de las manifestaciones de voluntad entregadas por la MUD al CNE, lucen totalmente superfluas, toda vez que está prevista la reafirmación de la decisión de los electores concernidos, mediante su participación en un acto organizado y controlado por el CNE, que permite constatar la identidad de esos electores mediante su documento de identificación nacional (cédula de identidad), tal como habitualmente se procede para ejercer el derecho al voto; adicionalmente estos electores en el mismo acto dejan registro de sus huellas dactilares para chequeos posteriores. La verificación a realizar por el CNE en esta etapa ha debido reducirse simplemente a la constatación de que los firmantes de la solicitud entregada son efectivamente electores (es decir, figuran en el Registro Electoral).
Con respecto a las elecciones de gobernadores y de las asambleas legislativas estadales, sobre cuya preparación ya hubo una declaración de la Rectora presidenta Tibisay Lucena el 8 de abril del presente año, cabe señalar que ya es tiempo de que se establezca la fecha para su realización, si se toma como referencia la antelación con que se fijaron las fechas de elecciones similares anteriores.
Por lo arriba señalado nos permitimos exhortar a los rectores del CNE a actuar con la mayor diligencia y prontitud tanto para que se eliminen las trabas artificiales puestas a la solicitud de ejecución de referendo presentada al organismo rector, como para que se ponga en marcha el proceso de elección de gobernadores y de asambleas legislativas. La paz de la nación requiere de la contribución de los altos responsables del Poder Electoral para que las diferencias políticas se diriman en el país por la vía civilizada de la consulta de la opinión popular expresada a través del voto.