Prórrogas a postulaciones y más intervenciones de partidos marchan en paralelo
Decisiones judiciales no solo han desarticulado al G-4 opositor, sino que recientemente boicotearon alianzas de izquierda alternativas a la cúpula del partido gobernante. En los últimos dos meses y medio el TSJ acumula 9 decisiones contra partidos, tarjetas y postulaciones que impactan la oferta electoral de los venezolanos en las próximas elecciones
Autoridades impuestas en partidos como PPT podrán hacer uso de sus tarjeta, logo, símbolos, emblemas y colores; aquí, militantes de ese partido en una movilización de calle | Foto archivo
Será en septiembre cuando se conozcan las listas de candidatos a las elecciones parlamentarias 2020. En la segunda quincena de agosto, mientras el Consejo Nacional Electoral postergó hasta dos veces la presentación de postulaciones, en paralelo, el Tribunal Supremo de Justicia intervino las directivas de dos partidos históricos de la alianza oficialista mientras habilitó a representantes de otras tres formaciones para inscribir aspirantes.
El Cronograma Electoral 2020 del CNE contemplaba un lapso de 10 días, del 10 al 19 de agosto, para la presentación de postulaciones. Era incluso el doble del tiempo dedicado al mismo proceso en el calendario parlamentario del proceso anterior (3 al 7 de agosto de 2015). Esta vez la primera extensión dio continuidad a esta actividad hasta el 26 de agosto. Y una segunda prórroga la extendió hasta el 4 de septiembre. En total, 26 días continuos.
Prorrogar en el Cronograma Electoral la actividad denominada “Presentación de postulaciones” implica que desde ya se solape en el tiempo con otras derivadas de ésta, como la presentación de recursos en contra de la admisión o rechazo de las postulaciones (del 11 al 24 de agosto, en principio) y la decisión de los recursos contra la admisión o rechazo de las postulaciones (inicialmente, del 15 al 24 de agosto).
El Cronograma Electoral debe ser actualizado y la nueva versión, divulgada, con los ajustes a que haya lugar como consecuencia de la extensión concedida a la presentación de postulaciones. Hasta el 28 de agosto no había cronograma actualizado en la web del CNE.
Las postulaciones consignadas fuera del lapso previsto en el Cronograma Electoral serán extemporáneas y se tendrán como no presentadas, dice la Ley Orgánica de Procesos Electorales. Su Reglamento, entre tanto, agrega que el CNE solo podrá modificar el Cronograma Electoral respecto a etapas, actos y actuaciones en los cuales no se afecten los lapsos de los procedimientos establecidos.
Intervención en la casa
En paralelo a estos lapsos prorrogados, el Gran Polo Patriótico, la alianza oficialista de partidos, ha tenido dificultades para lograr la unidad perfecta entre todos sus afiliados de cara a las parlamentarias 2020.
El 11 de agosto, el Partido Comunista de Venezuela (PCV) divulgó en Twitter un comunicado en el cual anunciaron la constitución de la “Alternativa Popular Revolucionaria” (APR) junto a Patria Para Todos (PPT), Izquierda Unida (IU), Corriente Marxista Lucha de Clases, Partido Revolucionario del Trabajo (PRT), MBR-200, Red Autónoma de Comuneros, Compromiso País (Compa) y Somos Lina.
En el texto, se definen como una alianza antiimperialista y verdaderamente socialista, dirigida a proporcionar un nuevo referente de izquierda para los venezolanos. Hablan, entre otros aspectos, del rescate de las “conquistas que fueron alcanzadas con Chávez -y que han sido desmontadas por este gobierno-”.
El 17 de agosto, la noticia alcanzó más volumen con la publicación de un trabajo de Tal Cual titulado “PCV y PPT dejan de apoyar a Nicolás Maduro y lanzan plataforma electoral propia”, en el cual se explica que “los dos partidos que por décadas han estado del lado del ‘proceso revolucionario’ se alían a otras organizaciones de izquierda en una plataforma para buscar tener presencia en el próximo Parlamento”.
El 18 de agosto, mediante sentencia N° 0119-2020, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia suspendió la actual dirección nacional del partido Tupamaro y nombró una junta directiva ad hoc “para llevar adelante el proceso de reestructuración necesario” presidida por Williams Benavides y conformada por un presidente, un secretario general y un secretario nacional de organización.
Tupamaro no suscribió la “Alternativa Popular Revolucionaria” pero, según medios, ya había iniciado la inscripción de sus propios aspirantes. En un video divulgado en redes sociales, el secretario nacional de organización del movimiento, Ares Di Fazio, repudió lo que consideró la consumación del “robo” del partido “por poderosos factores económicos disfrazados de revolucionarios”. Su líder y secretario general nacional, José Pinto, fue detenido en junio.
La medida judicial contra Tupamaro sorprendió, por tratarse de la primera organización tradicionalmente aliada al oficialista Gran Polo Patriótico con dirección nacional intervenida, decisión solo aplicada en este contexto a formaciones opositoras. Pero no serían los únicos.
El 21 de agosto, mediante sentencia N° 0122-2020, la Sala Constitucional suspendió la actual dirección nacional del partido Patria Para Todos (PPT) y designó una junta directiva ad hoc “para llevar adelante el proceso de reestructuración necesario” presidida por Ilenia Medina, en su condición de secretaria nacional de organización, y las secretarias generales regionales Lisett Sabino y Beatriz Barráez.
El PPT, ahora integrante de la “Alternativa Popular Revolucionaria”, ha sido históricamente aliado del oficialista Gran Polo Patriótico, hasta la más reciente elección de 2018 cuando su tarjeta apoyó la reelección de Nicolás Maduro. En un comunicado, advierten de “corrientes autoritarias” y de juntas impuestas a partidos que están “alineadas con el PSUV”.
En un comunicado del 21 de agosto, el Partido Comunista de Venezuela se expresó “ante el asalto del TSJ” contra el partido PPT. En el texto afirman que estas decisiones judiciales “no se circunscriben a la esfera del derecho y la ‘aplicación de justicia’, sino que son acciones de carácter meramente político dirigidas a tributar en favor de las orientaciones trazadas por el binomio PSUV-Gobierno”.
El 26 de agosto, a las afueras del ente comicial, directivos del Partido Comunista de Venezuela informaron sobre la decisión de las fuerzas agrupadas en la “Alternativa Popular Revolucionaria” de inscribir sus candidatos y expresar su voto el próximo 6 de diciembre a través de la tarjeta del gallo rojo, vista la intervención de otras tarjetas, incluyendo la del PPT.
Y es que estas decisiones del TSJ tienen en común que facultan a las autoridades impuestas a “utilizar la tarjeta electoral, el logo, símbolos, emblemas, colores y cualquier otro concepto propio” de la respectiva organización política.
La intervención de partidos políticos por la vía judicial fue reactivada este año 2020 con similares fallos contra Acción Democrática (sentencia 0071 de la Sala Constitucional del 15 de junio), Primero Justicia (fallo 0072 de la Sala Constitucional del 16 de junio), Voluntad Popular (sentencia 0077 de la Sala Constitucional del 7 de julio) y Movimiento Republicano (decisión 019, en este caso de la Sala Electoral, el 20 de julio).
AD, PJ y VP mantienen tres de las bancadas más numerosas de la mayoría opositora en el actual Parlamento, y recién manifestaron su decisión de no participar en las legislativas 2020.
Entre tanto, voceros de Nueva Visión para mi País han rechazado un cambio que entienden como otro tipo de “intervención”: quien se identifica como presidente del partido acudió a un evento del CNE para el que fueron convocados, pero le negaron la entrada pues ya había otro representante de Nuvipa reconocido por el ente comicial, reseñó Crónica.Uno.
“Habilitados” para postular
El 25 de agosto, mediante sentencia N° 0124-2020, la Sala Constitucional habilitó a Pedro Veliz, en su condición de presidente del partido Bandera Roja, para realizar postulaciones ante el CNE para el proceso electoral del de diciembre.
“Era el tipo de ‘oposición’ que necesitaba el régimen para medio cubrir las apariencias”, reaccionó la organización en un comunicado titulado por ellos: “TSJ habilita a ‘quintacolumna’ asaltar tarjeta de Bandera Roja y usarla en estafa electoral”.
El mismo 25 de agosto, mediante sentencia N° 0125-2020, la Sala Constitucional también habilitó a Olga Morey, en su condición de coordinadora nacional del partido Compromiso País (Compa), para realizar postulaciones ante el CNE de cara al venidero proceso electoral.
Compa es otra de las nueve organizaciones signatarias de la “Alternativa Popular Revolucionaria” que rompió filas con el oficialista Gran Polo Patriótico.
El 26 de agosto, mediante sentencia N° 0126-2020, la Sala Constitucional habilitó a Alfredo Boscán, en su condición de militante de la organización con fines políticos “Movimiento de Integridad Nacional-Unidad (Min-Unidad)”, para realizar postulaciones ante el CNE para el venidero proceso electoral a celebrarse el 6 de diciembre de 2020.
La tarjeta Min-Unidad es distinta a la de la coalición opositora Mesa de la Unidad Democrática (MUD). En enero de 2018 el TSJ le ordenó al CNE la exclusión de la MUD en el proceso de renovación convocado para entonces, prohibiendo, en consecuencia, su tarjeta para las presidenciales 2018. La alianza “de la manito”, como se hizo conocer, no está entre las 30 organizaciones nacionales facultadas para participar en las parlamentarias 2020.
Es la segunda vez que Min-Unidad es intervenida por el TSJ. Durante el proceso electoral parlamentario de 2015, el TSJ impuso una directiva ad hoc que postuló candidatos al margen de la alianza unitaria de la MUD, a la postre ganadora. Las tarjetas de la MUD y de Min-Unidad aparecían una al lado de la otra en la boleta electoral con la intención, según la coalición opositora, de “confundir al electorado”.
El mismo 26 de agosto militantes de Unidad Popular Venezolana (UPV), partido fundado por la dirigente chavista Lina Ron, introdujeron ante el TSJ un recurso de amparo contra la actual directiva “a objeto de lograr con la nueva dirigencia electa de la tolda política, la inscripción de candidatos en perfecta alianza con el Gran Polo Patriótico (GPP)”, informó VTV.
Así, entre el 15 de junio y el 26 de agosto el Poder Judicial ha emitido nueve decisiones relacionadas con partidos políticos venezolanos, por lo menos cinco de ellas concentradas durante la segunda quincena de agosto, en paralelo a la postulación de candidaturas, que impactan de manera directa la oferta electoral de los venezolanos en las parlamentarias 2020.
Organizaciones han rechazado la judicialización de los procesos internos de partidos políticos venezolanos y la imposición de directivas que califican de “acomodaticias e ilegítimas”. Exigen respeto al desarrollo y ejercicio democrático de la vida orgánica de los partidos, así como al derecho a la libre asociación política consagrado en la Constitución.
En el comunicado del 21 de agosto, el PCV alertó “a los partidos comunistas y obreros del mundo, a las organizaciones revolucionarias y antiimperialistas, frente a esta peligrosa tendencia al ejercicio autoritario del poder que se está instaurando en sectores del gobierno nacional, con su efecto negativo en el ejercicio de las libertades democráticas”.
Y, en este contexto, una idea del ministro de Comunicación e Información, Jorge Rodríguez: esta elección de la Asamblea Nacional “es la elección más democrática de toda la historia de Venezuela”. Lo dijo el 17 de agosto, durante una videoconferencia de la dirección nacional del gobernante Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), la juventud del partido y los gobernadores oficialistas, “en aras de afinar las estrategias para las elecciones a la Asamblea Nacional”, como indica una nota de VTV. Se trató de la segunda reunión virtual pública de estas características que transmitió en directo el canal del Estado durante agosto. ¿Pueden las demás alianzas de partidos políticos alcanzar y disponer de esta cobertura? El árbitro está en la obligación de corregir los ventajismos, desde temprano.
Semana “bien movida”
Esta que comienza va a ser una semana “bien movida, bien interesante, del diálogo, de la reconciliación, del reencuentro y de las garantías más amplias para la vida política-democrática del país y para las elecciones del 6 de diciembre”, dijo Nicolás Maduro el domingo 30 de agosto, al pedir el apoyo de todo el país “a las decisiones, anuncios y decretos” que lanzará esta semana en función del diálogo. El jefe de Estado también dijo: “Estoy apoyando todas las medidas que nos lleven a un proceso de reencuentro, participación y diálogo profundo para la vida político democrática del país y para las elecciones del 6 de diciembre”.
Votación para la representación indígena continúa no siendo directa
El Consejo Nacional Electoral aprobó el 14 de agosto una reforma parcial del Reglamento Especial para la Regulación de la Elección de la Representación Indígena en la Asamblea Nacional 2020, aprobado el 30 de junio. La modificación se aplicó a los artículos 6, 12 y 17 del texto original, luego de las objeciones expresadas por organizaciones indígenas y de la sociedad civil.
- Artículo 6: trata sobre los requisitos para ser postulado como candidato indígena a la Asamblea Nacional. La nueva versión prevé expresamente que están “de conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria Séptima de la Constitución”. A la tercera condición, la de “haber realizado acciones en beneficio de los pueblos y comunidades” le quitaron el lapso que tenía. Y agregaron una cuarta condición: Pertenecer a una organización indígena legalmente constituida con un mínimo de tres años de funcionamiento.
- Artículo 12: trata sobre el funcionamiento de las Asambleas Comunitarias para la designación de voceros indígenas. La modificación en este caso tuvo por objeto aclarar de manera más precisa que se efectuarán “en cada comunidad de acuerdo a sus usos y costumbres y, en caso de la existencia de diversos usos, por el método que establezca el Agente de Coordinación Electoral”. El OEV apunta que, en todo caso, las Asambleas Comunitarias así definidas no garantizan el derecho al sufragio secreto.
- Artículo 17: trata del acto de votación y escrutinio. El reglamento, en principio, decía que para la elección final de los diputados la forma de votación sería “a mano alzada”. En la reforma, esto cambió por: “El voto en las Asambleas Generales será secreto y se efectuará manualmente mediante boleta”. También agregaron que el CNE determinará el número de Asambleas Generales que se realizarán en cada estado, procurando favorecer su municipalización de acuerdo a las posibilidades logísticas, de traslado y asistencia de los voceros. El OEV apunta que estas Asambleas Generales, conformadas por los voceros electos en las Asambleas Comunitarias, materializan el segundo grado de la elección de los diputados indígenas, negándoles a las comunidades indígenas el derecho al voto directo.
El “Manual para la participación política de los pueblos indígenas” amplía que, si pasados los primeros 20 minutos de la Asamblea Comunitaria sin que hubiere acuerdo sobre la práctica o costumbre ancestral aplicable, para elegir a la vocera o el vocero, como alternativa se aplicará la elección a mano alzada, de la forma que este documento establece, y que incluye la siguiente disposición: “En caso de empate se decidirá a la suerte lanzando una moneda”.
En resumen, la modificación al reglamento hizo que el sistema de votación para escoger la representación indígena a la Asamblea Nacional pase de un sistema público, en segundo grado, a uno no siempre secreto, que continúa siendo en segundo grado. ¿Por qué?
El sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas, establece el artículo 63 de la Constitución. Como ya ha advertido el OEV, este sistema no es directo porque los electores votan por unos voceros que serán estos quienes en definitiva, en votación de segundo grado, voten por los postulados a diputados.
El proceso, con estas nuevas pautas, está en marcha. Del 15 de agosto y hasta el 15 de septiembre se cumple el cronograma de las asambleas comunitarias indígenas, según los usos y costumbres de cada pueblo originario, ha informado el CNE. De allí saldrán electos los representantes o voceros de esas comunidades. Luego, en asamblea general en diciembre, insistimos, en elección de segundo grado, se elegirán los diputados indígenas que los representarán en la Asamblea Nacional.
El “Manual para la participación política de los pueblos indígenas”, aprobado por el CNE para esta elección, dice sobre las medidas de bioseguridad en las asambleas: “Las Asambleas Comunitarias y Generales se efectuarán en lugares al aire libre o techado, cuyos espacios deberán ser suficientes para garantizar el distanciamiento social y las medidas de bioseguridad. Todos los participantes deberán utilizar el tapaboca. Los Agentes de Coordinación Electoral velarán por el cumplimiento de esta disposición”.
Desde la cuenta de Twitter del Movimiento Indígena Unido de Venezuela han hecho documentación fotográfica de las asambleas comunitarias. Antes de la reforma al reglamento especial, el Miuven expresó su respaldo categórico a lo aprobado por el CNE. En las gráficas se puede observar que:
- En todas las asambleas no se está garantizando el distanciamiento social, consistente en la separación de por lo menos metro y medio entre personas, como ha recomendado la Organización Mundial de la Salud.
- Aunque la mayoría de personas se observan con tapaboca, en algunas fotos se aprecian algunos asistentes que lo tienen mal puesto o incluso que no lo tienen.
- Estas actividades deberían estar ajenas a la influencia de militancia político-partidista, pero en algunos casos se observan símbolos del partido de gobierno, lo cual violenta el criterio de imparcialidad que debe caracterizar la escogencia de los voceros.
- En las fotos también se observa que se está siguiendo la práctica del estampado de la huella dactilar. Al respecto, la “Guía para organizar elecciones en tiempos de pandemia” (julio 2020), del DECO-OEA, sugiere incorporar la biometría en los sistemas, con una desinfección constante a todo equipamiento, incluido el lector de huella dactilar. Igualmente, si bien sugieren alentar a los electores a que porten sus propios bolígrafos para firmar, recomiendan incluir suficientes lapiceros entre los materiales, para que puedan ser desinfectados regularmente.
44 actividades del cronograma tienen aglomeraciones de personas
En una entrevista con Panorama, la presidenta del CNE, Indira Alfonzo, precisó que han detectado en el cronograma electoral de las parlamentarias 44 actividades (de un total de 88) que tienen aglomeraciones de personas. “En ellas hemos recomendado el distanciamiento, el alcohol, el uso de tapabocas, todos nuestros funcionarios, al día de hoy, tienen su kit biosanitario”.
De lo anterior se desprende que la mitad de actividades del Cronograma Electoral implican riesgos de contagio. El OEV ha saludado como positivo que el CNE esté evaluando cómo se disminuye el riesgo de contagio en las elecciones, en un contexto complejo producto de la pandemia por covid-19.
La exigencia y la garantía de condiciones sanitarias a lo largo del proceso electoral debe ser un punto de primer orden. Se sugiere intensificar y ampliar las campañas de prevención dirigidas a la población, sobre las normas que debe respetar y las medidas que están obligados a cumplir para no contraer el virus.
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