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Jesús María Casal H

El supuestamente filtrado documento

Jesús María Casal H

¿Puede una proyectada Constitución liquidar las bases conceptuales y democráticas de la Constitución? ¿Es posible que se invoque al pueblo y a su soberanía para escamotear sus derechos en un proceso supuestamente constituyente iniciado no solo a sus espaldas sino en contra de su voluntad evidentemente contraria al ejercicio del poder constituyente de que es titular, y sin que haya podido fijar las bases comiciales correspondientes? ¿A estas alturas del siglo XXI y en un país que se afirma democrático, cabe esperar que un grupo minúsculo de venezolanos se crea facultado para terminar de sepultar a una Constitución que se originó en el ejercicio del poder constituyente mediante referendo y que fue aprobada de la misma forma y reemplazarla por un texto dictado por el autócrata y sus acólitos y nacido de la usurpación de la soberanía popular? Esto es lo que pretende consumarse en Venezuela en virtud de la insensatez e irresponsabilidad de quienes dirigen la farsa seudoconstituyente.

El texto supuestamente filtrado

El texto filtrado, deliberadamente o no, fidedigno o no, sería expresión cabal de los vicios de origen de la espuria Asamblea Nacional Constituyente. Ingenua o acomodaticiamente algunos pensaron, en el campo del chavismo, que, aun cuando no se hubiera realizado el referendo constituyente (inicial) exigido por la Constitución (arts. 5 y 347), podía instalarse una verdadera asamblea constituyente y que la clave estaría en el referendo aprobatorio del nuevo texto. Craso error, pues entretanto la espuria constituyente se ha encargado de lanzar al mar los restos de democracia electoral y de agudizar la persecución política. El logro de la paz que algunos le atribuyen es manifestación dolorosa del cinismo que hoy estremece a la patria, pues ha sido la paz de la tierra democrática arrasada, de la tranquilidad en las calles ganada en base a la confiscación de la esperanza, que catapulta el éxodo masivo, de la destrucción de los partidos de oposición y del cerco arbitrario a sus líderes.

Ha sido también el instrumento para dar el zarpazo final contra la legítima Asamblea Nacional, que ya había sido despojada inconstitucionalmente de sus atribuciones y autonomía por el írrito TSJ, pero que se había reservado los símbolos del Palacio Legislativo, libre de la fuerza despótica, del espacio parlamentario inviolable y de la facultad deliberante y representativa, que la asamblea constituyente espuria ha querido secuestrar. Todo esto era y sigue siendo un objetivo primordial de la supuesta constituyente y es a la vez la preparación del escenario propicio para una supuesta consulta popular sobre el nuevo texto.

Artículos 333 y 350 de la Constitución

Es difícil imaginar un caso tan palmario de aplicabilidad de los artículos 333 y 350 de la Constitución.

Del primero porque se intenta derogarla por un medio distinto al previsto en ella; y del segundo porque el texto supuestamente proyectado lesionaría las garantías democráticas y los derechos humanos, al institucionalizar un falso poder popular no nacido del sufragio universal y directo; al negar el pluralismo político con la constitucionalización del socialismo; al criminalizar el derecho de manifestación; el consagrar la figura aberrante del pretendido desacato de la Asamblea Nacional y autorizar al Presidente de la República para disolverla y, en suma, al demoler principios democráticos. Como reza el artículo 333 constitucional, en tal eventualidad “todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia”.

Mecanismos

No es objeto de este artículo aludir a los mecanismos por los cuales puede observarse ese mandato de restablecimiento de la Constitución: serán los que aconseje la razón y sean efectivos para alcanzar ese objetivo, no necesariamente reñidos con la movilización del electorado en el marco de una lucha más amplia contra una imposición que ha sido dictatorial en los procedimientos y se perfila de igual naturaleza en los contenidos del documento seudoconstitucional que supondría oficiar las exequias de la Democracia.

Aunque puede haber una corriente ciudadana de fondo que no se detenga ante los frágiles diques de la usurpación y sea capaz de recuperar, aun después de la publicación en Gaceta de una sedicente Constitución, el espacio y la esperanza democrática ultrajados.

Así como Bolívar dijo, frente a la cuestionada convocatoria del congresillo de Cariaco, que aquí no manda quien quiere sino quien puede, el pueblo, como genuino titular de la soberanía, puede sobreponerse a la arremetida autoritaria, salir en defensa de sus derechos usurpados y abrir la senda de un futuro para todos.

jesusmariacasal@gmail.com

El Universal

http://www.eluniversal.com/el-universal/20663/el-supuestamente-filtrado-...

A sus anchas

Jesús María Casal H

La espuria Asamblea Constituyente sigue ex­pul­sando sin contemplaciones la lava abrasiva del poder absoluto. No cuenta con la legitimidad del po­der constituyente originario ni es expresión au­tén­tica de la soberanía popular, en su univer­sa­li­dad e indivisibilidad, pero actúa como órgano su­pre­mo situado por encima de la Constitución, de la Democracia y de los derechos humanos. Ni si­quie­ra una verdadera ANC podría actuar lícitamente como ella lo hace, pero la conciencia republicana se resiente al observar que la forma más grave de usur­pación es empleada para desmontar los úl­ti­mos vestigios de la juridicidad y de la genuina par­ti­­cipación democrática. En el fondo es coherente que así sea, pues unos gobernantes acostum­bra­dos a ejercer el poder sin limitaciones, sin rendir cuentas y sin responsabilidad, amparados en los pri­vilegios derivados de las posiciones que os­ten­tan y de la ausencia de controles, al hallarse ante la posibilidad de la alternancia por voluntad del pue­blo, se enfrentaron a este dilema: aceptar las con­secuencias del juego democrático, en que se pue­de ganar o perder, o subir un nivel en la esca­la­da del poder irrestricto, erigiéndose en dueños y ad­ministradores de las condiciones para la per­ma­nen­cia en el mando.

Los poderes de la supuesta ANC

Se habla cada vez menos de la eventual nueva Constitución y la supuesta ANC tiende a entroni­zar­se como instancia ordinaria de un régimen reñi­do con el Estado de Derecho. Las enormes facul­ta­des que se ha atribuido le han servido para dictar le­yes calificadas de constitucionales; supeditar los re­sultados de una elección a juramentos que están al margen de la legalidad; delegar en los concejos mu­nicipales y grupos de sedicentes constituyentes com­petencias que no posee; declarar la cance­la­ción de la inscripción de organizaciones políticas o su proscripción; allanar la inmunidad de Diputados; suprimir entidades de existencia constitucional­men­te necesaria, entre otros desmanes que ha adoptado con el orgullo lacerante de quien no reco­no­ce principio, ni derecho ni órgano que pueda con­tener su accionar. Todo ello, además, llevado a ca­bo no desde la autonomía sino desde la com­ple­ta subordinación política a los intereses gu­ber­na­men­tales y de manera orquestada con el Consejo Nacional Electoral, el Ministerio Público y el Tri­bu­nal Supremo de Justicia. El país que se hunde en lo económico y social sucumbe también en lo po­lí­ti­co. Así como la crisis de índole económica y hu­ma­nitaria no se resuelve con paliativos clientelares que perpetúan el modelo instaurado, la de natu­ra­le­za política no se soluciona concentrando aún más el poder público y develando sin rubor la for­ma arbitraria en que se utiliza.

La recomposición institucional del país

La recomposición institucional del país será im­po­sible mientras se intente establecerla sobre los ci­mientos del poder desmedido y del atropello con­ver­tido en ley. Es urgente que se dé un giro coper­ni­cano y se asuma que las bases de la revisión de la conformación de órganos constitucionales del Es­tado y de su funcionamiento ha de hallarse no en la actividad de un ente que personifica la idea del poder como patente de corso sino en el prin­ci­pio, más costoso y exigente, pero garantista de la li­bertad, del poder como servicio sujeto a con­di­cio­nes de licitud y a severos controles. Preocupa so­bre­manera que la espuria ANC y quienes la rigen avan­cen en la dirección de arrasar con la sus­ten­tación popular de la institucionalidad democrática para lograr algún día, en el que la sociedad de­mo­crá­tica diezmada y víctima de la opresión sea in­ca­paz de hacer valer sus convicciones más pro­fun­das, la imposición constitucional del modelo que la condujo al naufragio.

Navidad, tiempo de reflexión y rectificación

Es hora de rectificaciones y de elevación es­pi­ri­tual en beneficio de Venezuela y de su futuro. Sin se­paración de poderes, sin un Poder Judicial inde­pen­diente, sin órganos constitucionales de control y de defensa de los derechos humanos com­pro­me­ti­dos fervorosamente con su misión constitucional, sin órganos electorales autónomos y confiables, los avances aparentes serán laberintos que pue­den enclaustrar a la nación de manera difícilmente re­versible. Ojalá que la luz sobrecogedora de la Navidad aclare el horizonte, permitiendo vislumbrar salidas pacíficas y democráticas ante la crisis del país, haciendo a la vez perceptibles las des­ven­tu­ras seguramente ligadas a cualquier esfuerzo por cons­truir democracia a partir de la contem­po­ri­za­ción con el poder absoluto.

jesusmariacasal@gmail.com

El juramento

Jesús María Casal H

El juramento implica un compromiso asumido con la mayor solemnidad y rigor respecto del cumplimiento de una misión, la toma de posesión en un cargo, la veracidad de una declaración u otras manifestaciones similares. En lo concerniente a la toma de posesión en destinos electivos, se presta por lo general ante cuerpos colegiados representativos, pues es una forma de escenificar ante la representación del pueblo la aceptación del mandato recibido y de reafirmar el deber de ejercerlo cabalmente. El juramento se conecta además con la libertad de religión y de conciencia, porque en aquél convergen los símbolos o fórmulas de la fe que se profesa o de los principios más elevados en que se cree. De allí que jurisprudencialmente se haya admitido que en determinadas circunstancias el obligado a prestarlo pueda exigir su sustitución por la modalidad de la promesa. Hay también otro tipo de juramento, de raigambre monárquica, al que luego me referiré.

¿Falta absoluta?
Es un despropósito y una grave violación del orden constitucional y democrático y de los derechos humanos que se haya declarado la falta absoluta del Gobernador electo y proclamado del estado Zulia por no haberse juramentado ante la supuesta Asamblea Nacional Constituyente (ANC). Las razones que pueden aducirse son varias. La Constitución del estado Zulia prevé que la juramentación ha de producirse ante el Consejo Legislativo del estado o, si no es posible que esta sea llevada a cabo, ante el juzgado superior en lo contencioso administrativo de ese estado. Esta era la misma regulación exigida por la Ley sobre Elección y Remoción de los Gobernadores de estado. Es lógico que así sea, ya que de esta manera el Gobernador proclamado expresa ante el pueblo que lo eligió, representado en el Consejo Legislativo, su compromiso de desempeñar rectamente la función encomendada. ¿Qué puede explicar que dicha juramentación deba estar precedida de una efectuada ante la pretendida ANC? Únicamente el objetivo de quebrar moralmente a la oposición y de propiciar la división. La denominada ANC es un órgano espurio, antidemocrático. No puede condicionarse el juramento ante una instancia democrática al que se preste ante un órgano nacido de la usurpación del poder constituyente del pueblo.

Pero aun en el supuesto de que aquél fuera legítimo, evidentemente no sería el espacio institucional adecuado para tal juramentación y nunca esta podría ser un requisito indispensable, cuya omisión genere falta absoluta. Recuérdese que los integrantes de la llamada ANC no fueron electos como representantes de los estados ni en circuitos estadales, sino en circunscripciones municipales y sectoriales. Mientras que el Consejo Legislativo es manifestación directa y específica de los electores del estado respectivo. En todo caso, la falta de juramentación no es por sí sola causal de falta absoluta, menos aun cuando existe la firme determinación del Gobernador proclamado de tomar posesión del cargo. La propia Sala Constitucional se empeñó en demostrar en enero de 2013 que la falta de juramentación del Presidente electo ante la Asamblea Nacional no era causal de falta absoluta, y puso énfasis en la necesidad de respetar la voluntad de los electores, la cual por lo visto poco importa si no es favorable al gobierno nacional o sus candidatos.

Líderes regionales
Otro asunto de fondo es que la elección de Gobernadores no fue una consulta popular sobre el reconocimiento o desconocimiento de la denominada ANC, sino la elección de líderes regionales, que al jurar solo ante el Consejo Legislativo no hacen otra cosa que cumplir la ley. Pero al gobierno le interesaba adulterar el sentido que constitucional y democráticamente debían tener esos comicios para convertirlos en una ocasión para la humillación y la degradación moral, mediante el requerimiento de subordinación a la pretendida ANC y a su convocante. Esto evoca la otra acepción histórica del juramento, aquella según la cual prestarlo es: “Reconocer solemnemente, y con juramento de fidelidad y obediencia, la soberanía de un príncipe”.

La ruta que sigue el gobierno nacional es funesta, por apuntar a consolidar un orden político basado en la supresión de la libertad de conciencia, de las garantías democráticas y, en suma, de la libertad política y civil. Un orden que cierra centros electorales y traslada electores a capricho, sin fundamento jurídico alguno, del mismo modo con el que luego dice estar dispuesto a moderar esa arbitrariedad; que inhabilita o des-inhabilita a sus anchas; que amenaza con encarcelar a quienes desconfían del CNE. Tiempo luctuoso para la República, frente al cual la firmeza democrática y la coherencia son la piedra angular de todo lo demás que quiera hacerse.

jesusmariacasal@gmail.com

Un mal comienzo

Jesús María Casal H

La postura gubernamental de señalar públicamente que el reconocimiento por la oposición de la pretendida Asamblea Nacional Constituyente, como instancia “plenipotenciaria”, es una de sus exigencias en la nueva fase de diálogo anunciada, es un grave error. En primer lugar, porque coloca ante la opinión pública de manera unilateral un asunto que, de haber sido planteado, debía mantenerse dentro de la confidencialidad de la etapa preliminar del ensayo de negociaciones. En segundo término, y esto es lo más importante, porque compromete de entrada su viabilidad y pone el acento donde no debe estar.

En una situación de extrema polarización y pugnacidad política como la que sufre Venezuela, que se ha prolongado por varios años y que ha sido estimulada por conflictos de gran intensidad y por la invocación oficial de una ideología totalizante que niega espacios legítimos para el pensamiento contrario, comenzar por una cuestión de principio vinculada a la expresión más reciente del antagonismo y de la fractura política es una demostración de insensatez o de ausencia de voluntad para la negociación.

La confrontación en desarrollo en el país es de tal calado que no resulta posible empezar por el reconocimiento de las manifestaciones más puras o radicales de las posiciones políticas de cada parte. Solo es factible partir de un arreglo práctico en el que los contendientes, sabiendo que de momento no pueden entenderse en relación con temas de fondo de enorme trascendencia, procuran identificar áreas de interés común en las que dar pasos coordinados, con el propósito de alcanzar una Paz verdadera, como iniciativa que acaso pueda conducir en un futuro a una reconciliación más amplia.

Cronograma y garantías
Por ejemplo, hay que discutir sobre el cronograma electoral, y acerca de las correspondientes garantías electorales, pues cabe suponer que ambas partes asumen como necesarias las consultas electorales pendientes de acuerdo con la Constitución y las que deben celebrarse en el 2018. También sobre el respeto a la Asamblea Nacional, pues no hay Democracia sin Parlamento, y así en relación con otros temas. El gobierno nacional, a su vez, considerará seguramente indispensable abordar asuntos económico-financieros ligados a la imperiosa obligación de detener la destrucción de las condiciones de vida de la población que avanza aceleradamente. En cambio, pedir a la oposición que sea reconocida la denominada Asamblea Nacional Constituyente es intentar doblegarla en uno de los planteamientos centrales de su denuncia nacional e internacional sobre la profundización de la ruptura del orden constitucional y democrático ocurrida en Venezuela.

Una cosa es que dicho órgano, considerado con razón por buena parte de la nación como espurio, sea empleado por el gobierno para implementar acuerdos que deba cumplir en el marco del diálogo, lo cual puede ser asumido por la oposición como un hecho, sin que se entre en el debate sobre la legitimidad de ese órgano ni ello implique un reconocimiento, y otra muy distinta es que se quiera exigir a la oposición renunciar a principios sustantivos de su lucha para que pueda existir una negociación.

¿Confusión?
Pudiera aducirse que es contradictorio requerir respeto a la autonomía y atribuciones constitucionales de la Asamblea Nacional y luego decir que es inaceptable solicitar a la oposición el reconocimiento de la supuesta Constituyente. Sin embargo, no deben confundirse estas demandas. La Asamblea Nacional no quiere ser “reconocida” por el gobierno, ya que su legitimidad no es controvertida, sino tan solo pretende no ser derribada por decisiones judiciales y gubernamentales arbitrarias que le impiden ejercer sus facultades constitucionales. A lo que aspira es a que la dejen trabajar, a que el Tribunal Supremo de Justicia le permita cumplir la función que es propia del Parlamento en una democracia.

Si hay buena fe en el llamado a la reapertura del diálogo, deben abandonarse las posturas inquisitoriales, en las que el progreso de las conversaciones se sustente en la abdicación por las partes de sus posturas de principio. Si la Paz que se pregona es verdadera, ha de comprenderse que ésta no puede lograrse buscando aplastar al adversario en las ideas que inspiran su acción, sino únicamente tolerándolas y esforzándose en hallar áreas de coincidencia en pro de un bien superior. El silencio y parálisis sepulcral que hoy se observa en las calles del país, que ni siquiera es tranquilidad pública porque la delincuencia hace de las suyas sin miramientos, está muy lejos de testimoniar la Paz que el gobierno dice haber logrado con la Constituyente y ojalá no sea un anticipo del tipo de diálogo que quiere llevarse a cabo y de sus consecuencias.

jesusmariacasal@gmail.com