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Julio Cesar Pineda

El necesario cambio político

Julio Cesar Pineda

El modelo de Estado de la Venezuela futura, después del cambio de gobierno por la vía electoral, debe ir más allá del Estado liberal pero negando el Estado totalitario y absolutista, la nueva democracia debe reivindicar el Estado social y democrático de derecho con valores esenciales en el ordenamiento jurídico no solo promulgados sino realizados, como la libertad plena, la justicia oportuna, la igualdad total y el pluralismo político. Los poderes públicos con la necesaria separación, deberán promover las condiciones para la libertad y la igualdad de las personas y de los grupos, facilitando la participación de todos en la vida política, económica, cultural y social.

Un avance
En la política moderna se rechaza el Estado liberal con su concepto de Estado mínimo. Fue un avance frente a la monarquía pero con el control de la burguesía de los parlamentos y de los poderes públicos olvidando lo social y las condiciones detestables de la clase trabajadora, por eso en el siglo XIX el resurgimiento de los movimientos sociales y la nueva conciencia del proletariado, como también los combates por la participación electoral y el sufragio universal, es cuando surgieron los partidos políticos de carácter socialista, socialcristiano y socialdemócrata y en el caso europeo, las corrientes de orientación anarquista y marxista. La Primera Guerra Mundial facilitó el fin de los viejos imperios europeos y en el caso de la Unión Soviética donde no había existido el modelo liberal, el movimiento comunista presentó un nuevo paradigma social. Fue lo que determinó la modificación del Estado liberal en democrático con la incorporación de los sectores populares y de políticas sociales. La Constitución de Querétaro en México 1917 y de Weimar en Alemania en 1919 son ejemplos de estas conquistas. Pero fue con la crisis económica mundial de 1929 cuando nuevas alternativas trataron de crear un nuevo tipo de Estado, desgraciadamente totalitario y de visión única con el socialismo real y la dictadura del proletariado y los modelos fascista y nazista en Italia y Alemania.

Fueron tiempos de exigencia de un Estado total frente a la pobreza, la ingobernabilidad y el fracaso de la economía. Con la intervención económica del Estado cuestionando al Estado liberal se llegó a la negación de la justicia y libertad.

El nuevo concepto
Fue después de la Segunda Guerra Mundial con el proceso de la internacionalización del Derecho, y un nuevo constitucionalismo internacional cuando se desarrolló el nuevo concepto de Estado social de derecho. Esto significaba un avance a la progresión del Estado liberal democrático pero también una ofensiva frente al Estado totalitario y así las constituciones incluyeron, en las nuevas democracias, la ideología del Estado de derecho, democrático y social. En este camino, tanto los juristas como los políticos diseñaron una arquitectura que implementará los dos valores fundamentales de la política: la justicia y la libertad. Por una parte, el mandato constitucional y legal, con la necesaria seguridad jurídica y la afirmación de derechos y libertades como límite al Estado pero también la intervención del mismo en la garantía de los derechos sociales y económicos, allí se daba la tridimensionalidad del derecho; en lo fenomenológico frente a las realidades nuevas con la protección de la persona y de la comunidad (personalismo comunitario), pero también, el aspecto normativo con nuevas leyes en el orden interno de las naciones y los tratados en el contexto internacional (derechos humanos); pero con la exigencia ética en la denominada dimensión axiológica. Esta nueva visión de la democracia ya no solamente era formal sino participativa superando la dinámica de los procesos eleccionarios y facilitando la participación en las grandes decisiones. Si bien es cierto que el poder tiene su base en el pueblo, es el pueblo el que debe ejercerlo.

La Constitución venezolana vigente tiene sus raíces en la larga historia constitucional de nuestro país, y como antecedentes más recientes las constituciones europeas posteriores a 1945 en particular la de Italia de 1947, la de la República Federal de Alemania de 1949 y la francesa de 1958. Los constituyentes venezolanos tomaron como ejemplo más cercano el texto español de 1978 en cuyo preámbulo se señala la voluntad de “establecer una sociedad democrática avanzada” y en su Art. 1 promulga que “España se constituye como un Estado social democrático y de derecho”. En este caso, la forma de gobierno corresponde a una monarquía constitucional. En Venezuela están dadas todas las condiciones, dentro de la Constitución y las leyes, para esa libertad y esa justicia que aún no hemos encontrado. Por eso hace falta un nuevo modelo económico y el necesario cambio político.
@jcpinedap
Jcpineda01@gmail.com