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Cogestión y socialismo capitalista

Opinión
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Tiempo de lectura: 7 min.

Democracia Económica

Una modalidad sui generis de la participación es la cogestión, en términos sencillos significa compartir la gestión. La pregunta clave es: ¿entre quiénes?, y la respuesta más generalizada es entre los trabajadores y los propietarios de una empresa con base en el reconocimiento mutuo del capital y el trabajo; ella supera los simples derechos de información y consulta, necesita de un poder efectivo de intervención de los trabajadores en las decisiones.

Ese reconocimiento hace que ambas partes compartan las decisiones de manera total o parcial y su importancia dependerá de que ese compartir se realice fundamentalmente en el ámbito estratégico con una equilibrada representación de ambos sectores. De efectuarse la cogestión en los niveles de coordinación y los operativos ella no pasará de ser parcial.

Un país que ha basado su estrategia de desarrollo en la cogestión es Alemania, gracias a ella, superó las consecuencias de la Segunda Guerra Mundial y se empinó como potencia. Con antecedentes legales desde la Primera República en los días siguientes a la Primera Guerra Mundial con la Ley del 4/2/1920 y sucesivas leyes posteriores a la Segunda Guerra Mundial como la Ley Sobre la Cogestión de los Trabajadores del 21/5/1951, la del Estatuto de las Empresas del 14/10/1952 y la Ley de Cogestión de 1976, gobernantes, empresarios y sindicatos acondicionaron el mundo empresarial de ese país para impulsar la representación laboral en los órganos de dirección de toda empresa de más de 500 empleados.

¿Qué se encuentra bajo la etiqueta de la Mitbestimmung o cogestión alemana? A simple vista, una serie de expresiones flexibles que van desde el simple derecho a la información y derecho a veto, pasando por el de ser oído y consultado, hasta el de presentar observaciones y ejercer actividades de control. La ley de 1951 concede mayor precisión, la presenta como el conjunto de relaciones institucionalizadas entre dirección de empresas y representantes de personal.

En ese país son de considerar las diferencias entre la cogestión en las industrias mineras y siderúrgicas y la del resto de las empresas; también, la existencia de dos instancias básicas de funcionamiento: el consejo de dirección que se ocupa de la gestión cotidiana de la empresa; y el consejo de vigilancia que decide sobre la política económica de la empresa y además de la función de control tiene las de consejo y dirección, razón por la que el movimiento sindical pone énfasis en este consejo. En las grandes empresas, los consejeros se benefician de franquicias de tiempo y muchos son liberados de actividades laborales conservando su remuneración.

Sobre los aportes de la cogestión al desarrollo de la clase obrera hay mucho por decir y analizar. Es cierto que pone a los trabajadores en posiciones que les permiten informarse acerca de la organización y funcionamiento de la respectiva empresa y apoyar con objetividad sus peticiones laborales, pero por otro lado, según ciertos sindicalistas, adormece las luchas sindicales y burocratiza los representantes en los consejos.

Lo que si se resalta es que un país que fue completamente destruido, se reconstruyó gracias a ese proceso y hoy es la referencia económica europea. No en vano el Canciller federal declaró el 18/1/1973: “Consideramos la construcción de la cogestión como una de nuestras principales tareas. En ella reconocemos nosotros al presupuesto histórico para aquellas reformas que, en su conjunto, hacen posible el Estado social y libre”. Claro, en la recuperación y fortaleza alemana no influye solo la cogestión, también el tejido de las pymes y el cooperativismo, todo productor agrícola está relacionado con cooperativas de aprovisionamiento, producción, distribución o ahorro y crédito.

Gracias a sus éxitos, la cogestión alemana se convirtió en referencia mundial y numerosos países, particularmente los nórdicos así como Francia, España, Portugal y Estados Unidos, han desarrollado experiencias de ese tipo. En su difusión influyeron los sindicatos alemanes que, por esa vía impregnaron la OIT y confederaciones sindicales de varios países como a la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV).

Efectivamente, en el VIII Congreso de la CTV celebrado en Porlamar en 1980, se formuló una propuesta de cogestión a la venezolana que se puso en marcha mediante el Departamento de Cogestión de esa confederación mediante talleres de administración de la cogestión para sindicalistas, coordinados por nuestro amigo fallecido Rafael Castañeda, en uno de los cuales, junto con dirigentes sindicales, participaron dos representantes de la Universidad Central de Venezuela, quien suscribe y el entonces Br. Herman Sifontes Tovar, futuro presidente ejecutivo de Econoinvest Casa de Bolsa.

La propuesta a la venezolana se basó en el derecho de los trabajadores a participar en la gestión en todos los niveles de las empresas sin diferenciar privadas o públicas y se nutría de las bondades de la Ley Orgánica del Trabajo (LOT), que en su articulado reconocía y favorecía la cogestión, así como de la Ley de Representación de los Trabajadores en los Directorios de las Empresas del Estado, los Institutos Autónomos y los Organismos de Desarrollo, promulgada por Carlos Andrés Pérez el 11/7/1966, reformada en su segundo gobierno el 23/12/1969, y derogada sin propuestas alternas por el fallecido Hugo Chávez en 1990.

Un caso interesante de participación laboral en una empresa privada fue el de Tornillos Venezolanos S.A.I.C.A. (Torvenca), empresa recuperada de una fuerte crisis financiera gracias al esfuerzo combinado CTV – sindicato – trabajadores - patronos con la cogestión como eje.

Los directivos de la empresa, en reconocimiento al esfuerzo de los trabajadores organizados, les abrieron compuertas de participación así: 1) mediante conversión de una deuda por acciones, la CTV tuvo un 20% de ellas, lo que le permitió participar en la asamblea de accionistas y tener un representante en la junta directiva: Rafael Castañeda; 2) dada la situación de capital abierto de la empresa, varios trabajadores poseían acciones y las unieron para mayor fuerza en la asamblea de accionistas; 3) el presidente del sindicato participaba en la junta directiva; 4) los trabajadores tenían coparticipación en las unidades de Reclutamiento y Selección, y Planificación y Seguridad Industrial; y 5) el contrato laboral otorgaba un porcentaje de las ganancias para planes de vivienda y consumo.

Pero la propuesta cogestionaria en Venezuela no queda allí. Entre los inventos de escritorio del actual gobierno se encuentra una supuesta cogestión. Efectivamente, a principios de 2001, el gobierno propuso un esquema de cogestión en tres empresas azucareras: Azucarera Pío Tamayo, antiguo Central El Tocuyo, Procamol y Serteazuca.

Bastó con que en un Aló, Presidente de marzo 2003 el fallecido hablara de “cambiar el rancio capitalismo por la cogestión obrera” para que se desbocaran los militantes y hasta los militares con propuestas de una supuesta cogestión y el gobierno la afincara en empresas como Alcasa, Cadafe, Telares Fénix, Constructora Nacional de Válvulas, Inveval, Invetex, otras, y el emblemático caso de la Compañía Anónima Venezolana de Pulpa y Papel (Venepal, 1954).

Esa empresa con serios problemas financieros y de funcionamiento fue, según una versión, objeto de compra hostil por los gerentes de un grupo llamado San Onofre, quienes —con la ayuda de un banco— adquirieron las acciones de una empresa cementera accionista sacando de la directiva a los antiguos propietarios. Otra versión es que la empresa era salvable, pero el gobierno tenía interés en su aeropuerto, su puerto y los hangares ubicados en zona estratégica, por lo que el gubernamental Banco de Desarrollo (Bandes) le negó la entrega de un crédito luego de aprobarlo.

Lo cierto fue que el gobernador del estado Carabobo y militantes del partido de gobierno lograron su estatización presionando mediante las Unidades de Batalla Electoral (UBE). Tomada por los trabajadores en agosto de 2003 y expropiada por el gobierno con el nombre de Industria Venezolana Endógena de Papel (Invepal) en enero de 2006, la estatización de Venepal fue calificada como “histórica victoria” por los militantes oficialistas así: “La nacionalización de Venepal y su administración bajo cogestión obrera reivindica la capacidad que tenemos la clase obrera para hacer avanzar esta revolución en la única dirección que garantiza su victoria: completar la revolución avanzando hacia el socialismo. Como habíamos previsto los marxistas, esta victoria ha servido para reactivar las heroicas luchas de los trabajadores de otras empresas cerradas. Se abre una nueva etapa, donde la clase obrera jugará un papel principal”.

Convertida en Invepal, el gobierno ofreció el 49% de las acciones a la Cooperativa Venezolana de la Industria de Pulpa y Papel (Covinpa, registrada el 15/8/2003) para iniciar una cogestión que no fue tal pues el mecanismo puesto en marcha fue el de la participación accionaria entre un Estado capitalista propietario del 51% de las acciones y una cooperativa con el 49% restante. Con ese porcentaje los trabajadores jamás decidirían.

Seguidamente el gobierno impuso la modalidad de los consejos de trabajadores y el esquema de empresas socialistas; no habían transcurrido nueve meses de la estatización cuando los directivos de Invepal, también asociados a la cooperativa, fueron expulsados de ésta por irregularidades administrativas en la empresa. Finalmente, la fracasada cooperativa devolvió las acciones al Estado.

En ese proceso hubo evidente ignorancia del gobierno y los trabajadores y evidente manipulación de éstos por aquellos. Que el Estado conceda acciones a los trabajadores de una empresa, directamente o a través de una cooperativa, es aplaudible, pero que un gobierno de obvio corte cubano utilice un mecanismo capitalista como la participación accionaria que dista mucho de una cogestión en la que trabajadores y empresarios deciden juntos porque reconocen como necesario el binomio trabajo-capital como sucede en Alemania, además de confusión, confirma la ausencia de rumbo en eso que llaman “socialismo del siglo XXI”.

El próximo artículo versará sobre la participación accionaria y los trabajadores accionistas.

Prof. UCV

oscarbastidasdelgado@gmail.com

@oscarbastidas25