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Derechos, presos y exiliados en Navidad

Opinión
Artículos de opinión
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Según nuestra Constitución, una y otra vez invocada y permanentemente desconocida, la vida debe ser respetada y ninguna autoridad podrá aplicar pena de muerte (artículo 43); la libertad es inviolable y hay derecho a ser juzgado en libertad como regla (Artículo 44); no hay pena de extrañamiento (Artículo 50); toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario (Artículo 49); y, para no seguir con el enunciado de normas de la Ley Fundamental, el Estado se ha comprometido con un sistema penitenciario rehabilitador y respetuoso de los derechos humanos, descentralizado y de preferencia por fórmulas abiertas o no reclusorias de cumplimiento de penas (artículo 272).

Evidentemente, se trata de dispositivos absolutamente extraños a nuestra realidad y del contraste con hechos del dominio público que nada tienen que ver con la letra y el espíritu de la ley.

Las “zonas de paz” y las denominadas “OLP” son operativos que se llevan a cabo al margen de toda legalidad y con efectiva aplicación de ejecuciones de hecho; la detención sin orden judicial, sin flagrancia y amparadas en un pretendido carácter preventivo que se prolonga sine die, es la regla; cualquier ciudadano puede ser declarado sospechoso y quedar encarcelado sin más, bajo cargos de supuestos delitos no acreditados en forma alguna; y el régimen penitenciario se presenta con la cruda realidad de un sistema que para resolver el caos carcelario y el hacinamiento “no permite el ingreso de nuevos presos, que ya alcanzan el número de 40.000, alojados en celdas de retenes policiales por tiempo indeterminado”, según investigación de Una Ventana a la Libertad.

Y, para completar este tétrico panorama, a la violencia exacerbada se une la impunidad por los más graves delitos y la persecución abierta contra toda forma de expresión disidente, bajo los cargos de desacato, resistencia a la autoridad, asociación para delinquir, conspiración o graves ofensas a los “altos dignatarios públicos”.

En esta época de Navidad, ante la realidad descrita que nos golpea en la cara y se coloca de espaldas a nuestra Constitución, norma fundamental y pacto de convivencia democrática, se impone la más seria reflexión y el justo reclamo por la satisfacción de estas exigencias de justicia que se unen al clamor de condiciones mínimas de subsistencia, ajustadas a la dignidad humana.

Los presos políticos, recluidos en las cárceles de la crueldad negados por el régimen, deben ser puestos en libertad sin condiciones; los exiliados, cumpliendo penas de extrañamiento de hecho, deben regresar al país en pleno disfrute de sus derechos; los que sufren restricciones indebidas en su libertad de movimiento deben incorporarse de lleno a la vida ciudadana; y los encarcelados en retenes policiales, en condiciones infrahumanas o en establecimientos con régimen militarizado, sujetos a procesos o cumpliendo penas que pueden ser sustituidas por fórmulas alternativas a la prisión, deben recuperar sus derechos en el concierto de una Venezuela que responda a la exigencia fundamental del respeto irrestricto a los derechos humanos.

@ArteagaSanchez

El Nacional. 20 de diciembre de 2016

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