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Instructivo de la Onapre violenta media docena de disposiciones constitucionales

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Tiempo de lectura: 6 min.

A pesar de que en mayo pasado Nicolás Maduro dijera que al «llevar el salario mínimo a medio petro y (…) elevar todas las tablas salariales apenas estamos iniciando la recuperación del salario, que lo llevaremos al más alto nivel que podamos», poco se ha hecho por preservar los salarios de los trabajadores y aún no ha sido revocado el polémico instructivo aprobado en marzo por la Oficina Nacional de Presupuesto (Onapre), que ha dado lugar a un número importante de manifestaciones de docentes, personal de salud y sindicalistas del sector público del país.

El Instructivo para el Proceso de Ajuste del Sistema de Remuneración de la Administración Pública, Convenciones Colectivas, Tablas Especiales y Empresas Estratégicas, que desaplica los contratos colectivos vigentes y pretende imponer un tabulador de beneficios que reduce el salario integral de los trabajadores entre 40 y 70% violenta al menos media docena de disposiciones constitucionales. Es llamativo además que este se dictara apenas días después de que Maduro anunciara un ajuste del salario mínimo equivalente al 1.700%.

En el caso de los profesores, empleados y obreros universitarios, el texto en cuestión obvia la tabla salarial prevista en la IV Convención Colectiva, que, entre algunas escalas, establecía diferencias de hasta 70% y fijó, sin ningún tipo de discusión previa, una interescala lineal de 7%.

Como si lo anterior no fuera suficiente, el instructivo también modificó unilateralmente la manera de calcular los beneficios, como las bonificaciones por antigüedad y las primas de especialización o profesionalización, por uniformes y por hijos.

La Federación Nacional de Empleados Públicos (Fedeunep) ha denunciado que los cambios han implicado que los trabajadores de distintos organismos de la administración pública vean reducidos sensiblemente sus ingresos. Por ejemplo, los docentes ya no recibirán un pago equivalente al 30% de su salario por tener una licenciatura, sino de 25%; quienes tenían maestrías ya no ganarán una asignación mensual equivalente a 50% de su sueldo, sino de 35%; y aquellos con doctorados pasaron de percibir 60% de bonificación a 40%.

Una revisión del texto permite determinar que este vulnera disposiciones constitucionales como el derecho al trabajo, el principio de progresividad de los derechos humanos, la reserva legal, la suficiencia del salario y la libertad sindical, entre otros.

Recorte ilegal

El recorte que el instructivo aplicó a las bonificaciones de los funcionarios públicos está fuera de la Constitución, en la cual en el numeral 1 de su artículo 89 señala claramente que «Ninguna ley podrá establecer disposiciones que alteren la intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales».

Asimismo, la naturaleza del acto es de dudosa legalidad, pues la resolución de la Onapre es un acto administrativo dictado por un organismo que tiene como competencia elaborar el presupuesto nacional y ayudar a la Oficina Nacional del Tesoro a ejecutarlo, de acuerdo con la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público. La Onapre no está facultada en ningún caso para decidir temas como las remuneraciones del personal de la administración pública; eso es potestad de los departamentos de personal y recursos humanos de los distintos organismos.

Pese a sus efectos en los ingresos de los funcionarios, las autoridades han defendido el instructivo e insisten en que están con la clase obrera. «El instructivo lo que en realidad dice es que no hay recursos, no hay medios para resolver las necesidades», declaró el diputado Pedro Carreño en una sesión plenaria hace unos días.

Señales contradictorias

La manera como fue aprobada la resolución de la Onapre, sin que mediara consulta con los representantes de los trabajadores, ratifica el nulo diálogo social existente en el país. Desde que el chavismo llegó al poder en 1999 las autoridades han rechazado sentarse en una misma mesa con los sindicatos y gremios empresariales para discutir los aumentos salariales y otros asuntos que afectan a ambos grupos.

Hasta ahora esto solo ha ocurrido en una sola ocasión, en abril pasado y a instancias de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que viene abogando por recuperar el llamado diálogo tripartito.

El instructivo también va a contracorriente de lo declarado por Maduro el 1 de mayo, cuando afirmó lo siguiente:

«En medio de la guerra económica he dado una orden y aquí la ratifico, se deben discutir y mejorar todos los contratos y convenciones colectivas de todos los trabajadores del país, sin excepción. Salarios, tablas salariales y contratos colectivos para avanzar».

En la práctica, el acto administrativo ha reescrito todas las convenciones colectivas, desmejorando sensiblemente los ingresos de los funcionarios públicos. Esto último no es poca cosa, pues el Estado es el principal empleador en Venezuela: 5.509.563 personas trabajan en algún organismo público, casi 4 millones de ellas en el sector militar, de acuerdo con un informe publicado por Transparencia Venezuela y en el cual se citan datos de la propia Onapre.

A lo anterior hay que sumar que el actual salario mínimo es insuficiente para cubrir la canasta básica, por lo que la reducción de los ingresos de los funcionarios no hace más que contribuir a complicar su supervivencia y la de sus familias. En mayo la canasta básica se ubicó en 482 dólares, por lo que se necesitarían 16 salarios mínimos para cubrirla.

En pie de guerra

El instructivo ha sacado a la calle a docentes, enfermeras y enfermeros y empleados administrativos de distintos sectores, activos y jubilados, con lo cual parece que la protesta social se está reavivando en el país. Solo en julio se registraron 143 manifestaciones contra la decisión de la Onapre, según reportaron el Observatorio de Conflictividad Social de Venezuela y el Instituto de Altos Estudios Sindicales (Inaesin). En lo que va del año se han contabilizado 15% más acciones de calle que en 2021.

Las movilizaciones hasta ahora han servido para que las autoridades den algunos pasos atrás. Por ejemplo, la ministra de Educación Universitaria, Tibisay Lucena, anunció en días pasados que los trabajadores de la educación recibirían la totalidad de los 105 días del bono vacacional previstos en el contrato colectivo. Asimismo, el pasado 12 de agosto Maduro destituyó al jefe de la Onapre, Marco Polo Cotenza.

Sin embargo, estas medidas no parece que pondrán fin a las protestas, pues los sindicatos desean que la norma sea anulada.

¿Y el TSJ qué ha dicho?

Sin sorpresas. El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a través de la Sala Político Administrativa, más allá de admitir un par de demandas de nulidad contra el instructivo presentadas por las universidades nacionales Universidad Central de Venezuela (UCV), Universidad Nacional Experimental Politécnica Antonio José de Sucre (Unexpo), Universidad Pedagógica Experimental Libertador (UPEL) y Universidad de Caracobo (UC) por un lado, y la Universidad de los Andes (ULA) por el otro, perdió la oportunidad de otorgar justicia a los empleados públicos, puesto que desestimó las solicitudes de suspenderlo de manera cautelar mientras duraba el juicio de nulidad. Esto demuestra, una vez más, que el TSJ es poco dado a emitir fallos que de algún modo incomoden al Ejecutivo nacional y omite pronunciarse sobre la pérdida que el instructivo está generando en el bolsillo de los trabajadores del sector público.

Y a ti venezolano, ¿cómo te afecta?

El malestar social provocado por el instructivo de la Onapre deja en claro que, pese a que el Gobierno de Maduro se ha autodenominado como «obrero», mantiene una política contraria al sector y no duda en darle zarpazos cuando lo estima conveniente.

Es además otra prueba de que la Constitución es letra muerta en el país, porque pese a que ella prohíbe cualquier desmejora en los derechos laborales, estos son cercenados por las autoridades sin que el Poder Judicial tome cartas en el asunto. No podemos olvidar que siete casas de estudios solicitaron al TSJ la suspensión cautelar del instructivo hasta que se dicte una decisión definitiva sobre su apego a la ley, pero el máximo juzgado rechazó hacerlo, sin importar que los ingresos de los funcionarios estén siendo efectivamente reducidos, afectando, entre otros derechos, el de la tutela judicial efectiva.

La única manera de evitar que el malestar social continúe creciendo y que las ya depauperadas condiciones de los funcionarios públicos activos y jubilados empeoren es que el Ejecutivo nacional revoque el cuestionado acto administrativo.

23 de agosto 2022

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