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La descentralización en la defensa del orden constitucional y democrático.

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Artículos de opinión
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Tiempo de lectura: 5 min.

Esas palabras corresponden al Presidente de la Diputación de Huelva, España, Ignacio Caraballo, en el marco de las palabras de bienvenida a los más de 20 países que asistieron al XXII Encuentro Iberoamericano de Autoridades Locales celebrado en esa población española en abril de 2017.

El XXII Encuentro tuvo por tema el Desarrollo productivo e identidad cultural como motores de la competitividad territorial, la agenda de trabajo abordó los siguientes aspectos: Cooperación y Agenda 230 de Desarrollo Sostenible; Alternativas para el Desarrollo Agrícola; Marca y Competitividad Empresarial y Territorial, por último el Desarrollo Económico y Territorial.

Francisco Alburquerque, asesor internacional en Desarrollo Económico Local, en una conferencia magistral en ese XXII Encuentro Iberoamericano de Autoridades Locales, afirmó que “en un momento de crisis social, institucional y climática, los gobiernos locales deben fortalecerse y ejercer más plenamente su actividad política, de forma conjunta con la participación de la ciudadanía”.[2]

En este momento de crisis social e institucional, Venezuela no puede asumir la descentralización, el fortalecimiento municipal y la participación comunitaria como herramientas para el desarrollo integral porque simplemente son ignorados y desconocidos por el régimen de Nicolás Maduro.

El Plan de la Patria 2013-2019, hoja de ruta política del gobierno, omite cualquier mención a la descentralización, al municipio, a las autoridades locales y condiciona la participación a los órganos del poder popular.

Para el régimen de Nicolás Maduro, la construcción del socialismo Bolivariano del Siglo XXI exige la consolidación y expansión del poder popular y de la democracia socialista, para lo cual planteó la necesidad de impulsar la transferencia de competencia en torno a la gestión y administración de lo público desde las distintas instancias del Estado hacia las comunidades organizadas (Objetivo 2.3.3 Plan de la Patria 2013-2019).

La transferencia de competencias desde el Poder Público a las comunas, comunidades organizadas y demás organizaciones del Poder Popular se asume en la hoja de ruta del gobierno para el periodo 2013-2019, a través del Consejo Federal de Gobierno, mediante una la planificación adecuada del desarrollo territorial, a través de la cual el régimen aspira alcanzar el objetivo nacional 2.5 que propone la irrupción definitiva del Nuevo Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia.

Esa política nacional de transferencia se concreta con la aplicación del Decreto Rango, Valor y Fuerza de Reforma del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica para la Transferencia al Poder Popular de la Gestión y Administración de Servicios, Bienes y Otras atribuciones (2014).

Para que las transferencias de servicios, bienes y competencias, puedan desmantelar el modelo de Estado Federal descentralizado, claramente el régimen necesita de esa supuesta Asamblea Nacional Constituyente que se ha convocado, a los fines de constitucionalizar definitivamente el modelo de Estado Comunal. A tal fin, como lo indica la propia Convocatoria del 1 de mayo de 2017, en la agenda programática de esa Constituyente está prevista la constitucionalización de nuevas formas de democracia participativa y protagónica, a partir del reconocimiento de los nuevos sujetos del Poder Popular, tales como las Comunas y Consejos Comunales, Consejos de Trabajadores, entre otras formas de organización de base territorial y social de la población.

En este sentido, una Asamblea Constituyente lo único que haría es constitucionalizar el modelo comunal de Estado, para así justificar su definitiva implantación en un eventual, dudoso y supuesto marco constitucional más favorable.

El llamado que hizo la Unidad el pasado 20 de junio del 2017 a asumir la defensa de la democracia y de la constitución a través de los artículos 350 y 333 de la Constitución, encuentra en la descentralización, en los principios constitucionales de la libertad para participar y asociarse, así como también, en el reconocimiento del municipio como única forma de organización del territorio nacional, tres importantes razones, para desconocer a un régimen que de manera evidente actúa no sólo fuera del marco constitucional, sino también, ajeno al respeto a los valores, principios y garantías previstos en la propia Constitución.

Restituir la vigencia de la Constitución significa reivindicar la descentralización como política nacional, y orientarla hacia la profundización de la democracia, el acercamiento del poder a la población y la promoción de mejores condiciones para el ejercicio de la democracia como para la prestación eficaz y eficiente de los cometidos estatales, tal y como está expresamente señalado en el artículo 158 de la Constitución.

Descentralización, participación ciudadana y municipios reconocidos como actores del desarrollo efectivo, son ingredientes básicos en una receta que permita a la democracia y al desarrollo local encontrar espacio en las agendas políticas de nuestras autoridades municipales.

En este sentido, resulta oportuno señalar que el 7 de julio de 2016, la Asamblea Nacional, aprobó un Acuerdo en Rescate a la Descentralización, en el cual asumió formalmente el compromiso por darle vigencia a la Constitución de 1999, especialmente en lo que se refiere al artículo 4, 6, 157 y 158 a los fines de procurar la construcción de un verdadero Estado Federal Descentralizado.

En ese Acuerdo, la Asamblea Nacional reconoce que la descentralización podría facilitar que las gobernaciones, alcaldías y las mismas comunidades organizadas puedan de manera mucho más efectiva combatir la pobreza que es uno de los problemas fundamentales del país, por lo tanto, así como lo expresó la Conferencia Episcopal en la carta a Elías Jaua expresando su rechazo a la Constituyente, si el Gobierno aplicara la Constitución, los problemas que hoy nos agobian como sociedad podrían ser solucionados con mayor rapidez y efectividad.

En ese Acuerdo se estableció, entre otros aspectos, la necesidad de sancionar una Ley Orgánica de Hacienda Pública Estadal, aprobada en primera discusión; así como también, la necesidad de reformar la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y la del Consejo Federal de Gobierno, entre otras leyes que claramente reivindicarían además el rol del municipio en el desarrollo integral y garantizaría rescatar la participación ciudadana como principio efectivo para la cohesión social.

Esas reformas legales mencionadas, podrían a través de su desarrollo normativo, reordenar el diseño institucional de nuestro Estado Federal Descentralizado y de manera efectiva resolver el paralelismo que supone el estado comunal y que se ha pretendido implementar a lo largo de estos años, fuera del marco constitucional. Todo ello, sin necesidad de nuevas leyes y menos aún de una reforma constitucional.

[1]20minutos.es Inaugurado XXII Encuentro Iberoamericano de Autoridades Locales en pleno 525 aniversario. 25 de abril 2017. Online en: http://www.20minutos.es/noticia/3021236/0/inaugurado-xxii-encuentro-iber...

[2]Huelvared.com Destacan la fortaleza de los gobiernos locales en el Encuentro Iberoamericano que se celebra en Huelva. 26 de abril de 2017. Online en: http://huelvared.com/2017/04/26/destacan-la-fortaleza-de-los-gobiernos-locales-en-el-encuentro-iberoamericano-que-se-celebra-en-huelva/

PolitiKa UCAB, junio 23, 2017

https://politikaucab.net/2017/06/23/la-descentralizacion-en-la-defensa-d...