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Actitudes, lenguaje y mensajes

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Apreciación de la situación - 80

La reciente decisión de las señoras que rigen al poder electoral hace difícil reconocerles como rectoras, ya que, en definitiva, el título les queda grande, especialmente cuando incurren en la ligereza de remitir su arbitraria decisión de las condiciones para la recolección del 20% de las firmas para habilitar el RR, a la oficina de prensa del propio ente rector. Debió dar la cara el único rector electoral quien, de manera informal, ofreció declaraciones a los medios de comunicación presentes relacionadas con la decisión de las señoras.

La arbitrariedad de las condiciones impuestas es de tal nivel, que ninguna de ellas, que tienen experticias en aparecer delante las cámaras con caras de que se la están comiendo, se sintió con el suficiente valor para entrar en escena. Esta actitud por parte de ellas, no puede ser otra que la demostración del poco respeto que sienten por los ciudadanos, a los que desde hace tiempo han menospreciados para el cumplimiento de sus funciones electorales. Vale decir, finalmente se quitaron la careta, en consecuencia, la oposición democrática debe prepararse para recibir, de ahora en adelante, cualquier tipo de desplante por unas personas que perdieron toda vergüenza y prácticamente lo que les falta es presentar su credencial de activistas del PSUV oficialmente.

Por otra parte, y a riesgo de parecer justificar lo injustificable, creo que los dirigentes de la oposición deberían cuidar en sus mensajes algunas palabras o frases que en el corto plazo pueden complicarle su actuación pública e inducen a creencias que crean falsas expectativas a sus seguidores. Dos palabras a las que se le ha dado un uso frecuente, y hasta abusivo últimamente, son “inconstitucionales” e “inaceptables”. Ahora casi todo, según la oposición, es inconstitucional y en otras condiciones inaceptable, pero cuando investigamos un poquito en el texto constitucional resulta que si están previstas y en consecuencia pueden ser aceptables aunque de hechos sea arbitrarias.

Si revisamos lo ateniente al poder electoral y sus funciones, en relación a sus últimas decisiones tomadas, encontramos solo dos parágrafos incisos en el artículo 293:

1. Reglamentar las leyes electorales y resolver las dudas y vacíos que éstas susciten o contengan.

5. La organización, administración, dirección y vigilancia de todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular de los poderes públicos, así como de los referendos.

De estos dos artículos se puede inferir que el CNE tiene plena facultades constitucionales para hacer lo que está haciendo, así no nos guste. Al no prever la Constitución Nacional (CN) algún tipo de mecanismo que pueda objetar las decisiones que el directorio adopte, el mismo, como se dice en criollo, cobran y se dan el vuelto y en las condiciones de mayoría numérica en el directorio actual, difícilmente sus decisiones se pueden calificar inconstitucionales e inaceptables, excepción hecha a lo referente al 20% de recolección por estado, lo que sin duda puede ser inaceptable para la lógica electoral y de jurisprudencia, pero a la luz del parágrafo 1 del art. 293 referido, el ente electoral puede resolverlo a su manera, no podemos olvidar que estas señoras son partícipes activas de un régimen dictatorial. Igual ocurre con los lapsos de tiempo interpretados a su conveniencia o lo que diga el jefe de régimen.

Por supuesto, la CN es profusa en términos como la soberanía popular, la voluntad popular, la eficiencia administrativa, la celeridad procesal, la igualdad popular y un largo etcétera que deberían, en un gobierno democrático, suponer que se debe favorecer al pueblo en cualquier acto administrativo que involucre al estado y sus instituciones. Pero esto no es un gobierno ni Estado democrático y mucho menos de derecho.

La reflexión final tiene que ver con que el uso indiscriminado de los términos inconstitucional e inaceptable especialmente cuando no están bien sustentados, puede inducir a las mayorías, pero principalmente a dirigentes políticos, a adoptar posiciones de “no hay vuelta atrás” que cierran las puertas a otras opciones que en situaciones políticas de transición, como es nuestro caso, normalmente no solo son posibles sino hasta necesarias.

Lester L López O 23/09/16

lesterllopezo@gmail.com / @lesterllopezo