En todos los niveles y modalidades del sistema educativo del país, el tema de conversación entre obreros, empleados y docentes, está relacionado con el pago de las bonificaciones contractuales destinadas al disfrute de sus vacaciones. Todos, sin excepción, recuerdan el desagradable momento que vivieron cuando el régimen de Nicolás Maduro ordenó el año pasado, en forma burlista, que el pago se hiciera en “clave de Fa”, lo que significaba “Fraccionado y Aplanado” y así se hizo, lo que desencadenó múltiples protestas a nivel nacional.
Para su irresponsable decisión, el régimen puso en práctica una normativa especial que la bautizó como el “Proceso de Ajuste del Sistema de Remuneración de la Administración Pública, Convenciones Colectivas, Tablas Especiales y Empresas Estratégicas”.
Esta norma, creada en marzo pasado por la Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE), adscrita al Ministerio de Economía, Finanzas y Comercio Exterior, especifica criterios para aplicar el incremento salarial decretado por el presidente Nicolás Maduro en el primer trimestre de 2022, desaplicando los contratos colectivos vigentes y estableciendo unilateralmente un tabulador de beneficios que reduce el salario integral de los trabajadores entre 40 y 70%, lo que violenta al menos media docena de disposiciones constitucionales.
Los sindicatos y gremios de educación denuncian que el instructivo viola acuerdos de las convenciones colectivas vigentes y disminuye los montos de las bonificaciones. Por ejemplo, no toma en cuenta la antigüedad del personal, recortó las primas, contravino los acuerdos de las convenciones colectivas en materias como bonos para uniformes y días festivos, modificó el criterio de las inter-escalas salariales, ignorando los distintos porcentajes de cálculos para salarios, según el tipo de personal, grado y nivel, modificó unilateralmente la manera de calcular los beneficios, como las bonificaciones por antigüedad y las primas de especialización o profesionalización, por uniformes y por hijos, los docentes ya no recibirán un pago equivalente al 30% de su salario por tener una licenciatura, sino de 25%; quienes tenían maestrías ya no ganarán una asignación mensual equivalente a 50% de su sueldo, sino de 35%; y aquellos con doctorados pasaron de percibir 60% de bonificación a 40%.
Para cuidar sus espaldas y mantener las ilegales normativas, el régimen procedió a tomar sus decisiones en reuniones solo con organizaciones afectas, creadas bajo el concepto de paralelismo sindical y dejo por fuera a grupos gremiales legitimados para participar, representar y defender los derechos e intereses al menos de los profesores universitarios. Por ejemplo, a la Federación de Asociaciones de Profesores Universitarios de Venezuela (FAPUV) no se le permitió participar en esos espacios de discusiones y decisiones gremiales.
A un año y tres meses de esa arbitraria e ilegal imposición de una normativa por parte del régimen, a través de la ONAPRE, los trabajadores del sector educativo nuevamente sufrirán, en carne propia, la reducción de sus beneficios laborales. Toca en el mes de julio de este año 2023 el pago del bono vacacional que, al mantenerse congeladas las tablas salariales, el cálculo de los montos del bono será similar al del año 2022.
De mantener el mismo pago, se va a producir una pérdida económica superior al 85% con relación al año pasado. En aquel momento del 2022, el dólar tenía una cotización de 4,38 bolívares por unidad y ahora el dólar está en aproximadamente 30 bolívares por unidad, lo que representa un incremento del 93% en el valor del dólar y un detrimento igual del valor del bolívar.
Un ejemplo concreto puede ayudar a la comprensión de los problemas que giran alrededor del bono vacacional: un profesor titular recibió (Fraccionado y Aplanado), en el 2022, aproximadamente 3.500 bolívares que, a un dólar cotizado en ese momento en 4.38, correspondía aproximadamente a 800 dólares de bono vacacional. Ahora en el 2023, con la congelación de los contratos colectivos y la aplicación de la normativa ONAPRE va a recibir el mismo monto de 3.500 bolívares, pero ¡¡¡con un dólar a 30!!!lo que se traduce en que solo va a recibir 116 dólares de bono vacacional, lo que representa una drástica reducción de sus beneficios en más del 85%.
Este hecho, arbitrario e ilegal, vulnera disposiciones constitucionales como el derecho al trabajo, el principio de progresividad de los derechos humanos, la reserva legal, la suficiencia del salario y la libertad sindical, entre otros. Asimismo, la naturaleza del acto es de dudosa legalidad, pues la resolución de la Onapre es un acto administrativo dictado por un organismo que tiene como competencia elaborar el presupuesto nacional y ayudar a la Oficina Nacional del Tesoro a ejecutarlo, de acuerdo con la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público. La Onapre no está facultada en ningún caso para decidir temas como las remuneraciones del personal de la administración pública; eso es potestad de los departamentos de personal y recursos humanos de los distintos organismos.
Además, el momento requiere una posición clara y determinante de los directores de escuelas y liceos, de los rectores y consejos universitarios y de las organizaciones gremiales estudiantiles, obreros, empleados y docentes en la denuncia y reclamo de este nuevo robo de los derechos laborales de los trabajadores.
Pudiéramos comenzar, solicitando que en la elaboración de las nóminas se incorpore en los cálculos de la Bonificación Vacacional 2023 la incidencia del Bono de Guerra Económica. El Bono de Alimentación (Cesta Ticket) o Bono de la Salud en el caso del personal jubilado y pensionado. Y continuar nuestra protesta en las calles del país hasta lograr un cambio de gobierno que se desempeñe en el marco de la Constitución y las Leyes y el respeto a los Derechos Laborales de los Trabajadores.