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Nota breve sobre el desacato a la Asamblea Nacional

Opinión
Artículos de opinión
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Hay una gran preocupación sobre la inasistencia a la comisión parlamentaria que debe valorar el decreto de emergencia económica, de cuatro ministros del gabinete ejecutivo del señor Maduro. En Aragua en Red y los más de nuestros contertulios, nos preguntamos sobre las sanciones que pudieren aplicarse a este desacato.

Precisemos. Este es un asunto que toca a la política del gobierno, pero igualmente es un asunto de naturaleza jurídica. Nuestra legislación ordinaria impone sanciones a las faltas o delitos en que puedan incurrir particulares y funcionarios en el ejercicio de sus funciones públicas.

Si viviéramos en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, como lo establece el artículo 2 de nuestra Constitución necesariamente, un desacato a la comparecencia formulada, como el que recién ocurrió en el parlamento de los ministros, habría que aplicar las sanciones previstas en la ley sobre el régimen para la comparecencia de funcionarios y funcionarias públicos y los o las particulares ante la Asamblea Nacional o sus comisiones; es decir, estamos hablando del acatamiento al ordenamiento jurídico de la nación, o dicho de otra manera, que ninguna actividad desarrollada por algún órgano administrativo puede eludir al Derecho, que en términos de la doctrina político administrativa, constituye la sumisión plena de la Administración, léase gobierno en este caso, a la Ley y al Derecho.

Sin embargo, no nos engañemos, el Poder Ejecutivo, en cabeza del presidente de la República, personifica todo el quehacer nacional, con exclusión desde hace menos de un mes, del parlamento nacional, por ello, no me cabe duda, y aquí todos sabemos, en Venezuela es difícil echar por la borda a algún ministro que tenga el respaldo de quien está sentado de verdad en la silla.

Sin menoscabo de las sanciones administrativas, léase multas, que prevé la indicada Ley sobre el Régimen para la comparecencia de funcionarios y funcionarias públicos, que van desde trescientas Unidades Tributarias (300 U.T.) a seiscientas Unidades Tributarias (600 U.T.), en el caso de los ministros es ciertamente letra muerta por la conducta arbitraria de este gobierno, tambien la ley previene, para los de a pie, arresto proporcional, por multa no satisfecha, a razón de un día de arresto por Unidad Tributaria, además de la pena accesoria de suspensión del empleo.

Por lo demás, el decreto no pudo aprobarse y dejará su vigencia, no solo porque los ministros no comparecieron, sin justificación legal alguna, a dar la información requerida por los legisladores a fin de formarse criterio y documentarse sobre el decreto de emergencia económica, tambien porque su contenido no previene en detalle, las medidas económicas para atender la grave situación económica que padecemos.

La Asamblea Nacional continuará trabajando para mantener su independencia y autonomía y dejar sentada su vocación democrática y pedagógica por un futuro luminoso para nuestro país.