El pasado 17/04/2023, el Rector de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador UPEL, decidió suspender las actividades en el gimnasio “Manuel Gallegos Carratú” del Instituto Pedagógico de Caracas IPC, pues la instalación no estaba en condiciones para seguir siendo usada hasta que no se lograra su reparación. Esta decisión fue reclamada por los socios del Club de Baloncesto “Spartan”, quienes alegan tener un contrato firmado con las autoridades del IPC para el uso de la referida instalación. A más de tres meses de ese hecho, la situación sigue sin resolverse. Por el contrario, ahora surgen nuevos elementos que, involucran a otras seis instalaciones deportivas en la trama de “los convenios o contratos”.
El problema generado alrededor de las instalaciones deportivas del Instituto Pedagógico de Caracas (IPC) sigue sin tener una solución definitiva. Estudiantes y profesores de esa casa de estudios a diario comentan sobre lo que allí está pasando y no logran entender como un convenio para el uso de los espacios deportivos pueda llegar a estar por encima de las obligaciones académicas institucionales. Todas esas inquietudes o preocupaciones de la comunidad universitaria requieren una explicación transparente de las operaciones, legales y contractuales, que dieron paso a los convenios con particulares, para el uso de esas instalaciones deportivas. El silencio sobre esta materia solo conduce a interpretaciones carentes de una base documental que sustenten cualquier tipo de comentario o señalamiento.
En ese sentido es procedente que el organismo de Control Fiscal de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (UPEL) proceda de manera inmediata a la realización de una auditoría interna, solicitando en primer lugar la información pormenorizada de los contratos suscritos, bajo el Régimen de Concesión y/o arrendamiento, relacionados con las instalaciones deportivas del IPC con el objetivo de confirmar el control y seguimiento de los contratos aprobados y firmados.
Las instalaciones objeto de esta auditoria serían: la piscina, el campo de béisbol, el gimnasio de baloncesto, el local de gimnasia rítmica, el Gimnasio del Pueblo, el campo de fútbol y la pista de atletismo.
El proceso de la auditoria debe orientarse hacia la revisión de los expedientes de concesión o contrato, para poder establecer quien o quienes son los firmantes particulares e institucionales y determinar si tienen la cualidad para hacerlo, la fecha de inicio y culminación, cobertura de daños y los montos económicos a ser cancelados. Así como también, resulta imperativo conocer los horarios de uso y los mecanismos para atender y resolver cualquier reclamo que se presente.
Desde el punto de vista institucional sería de suma importancia también conocer los Instrumentos de Control Interno, el Manual de Normas y Procedimientos, los Reglamentos y el Manual Organizativo que sirven de estructura legal a los convenios o contratos firmados y la distribución de los ingresos económicos recibidos.
Estos requerimientos no son producto de una visión particular, sino que por el contrario están fundamentados en el Artículo 7 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal. Tal solicitud es necesaria para poder evaluar objetivamente la legalidad de los contratos, otorgados y suscritos, con entes privados relacionados con las instalaciones deportivas del Instituto Pedagógico de Caracas.
De realizarse esta auditoría, se le pondría punto final a todo el entramado de desinformación que rodea el uso de las referidas instalaciones y de conseguirse irregularidades en el proceso, facilitaría el determinar las responsabilidades del caso. A su vez, este precedente administrativo permitiría establecer y fortalecer las bases jurídicas y contractuales para futuras concesiones. Correspondería al Consejo Universitario de la UPEL elaborar y aprobar una normativa específica regulatoria de las alianzas o convenios con terceros para el uso de las instalaciones deportivas y el transparente manejo de los recursos económicos generados.