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Humberto García Larralde

Revolución (¿?) bolivariana

Humberto García Larralde
Si uno revisa las ocurrencias políticas que anunciaba Hugo Chávez, impresiona su fuerte adjetivación ideológica, sobre todo hacia el final de su mandato. El desmantelamiento del Estado de derecho –porque a eso se abocaron mayormente—se cobijaba en una retórica grandilocuente, adornada con las consignas “revolucionarias” que mejor encajaban.

Victoria popular inocultable

Humberto García Larralde
El 28 de julio de 2024, el pueblo venezolano logró un triunfo contundente sobre la dictadura, eligiendo a Edmundo González Urrutia como presidente de la República para el período 2025-31, con el 67% de los votos emitidos. Nicolás Maduro, conforme a lo certificado en el 85% de las actas oficiales de mesa que pudieron ser publicadas, obtuvo sólo un 30%. 

Una narrativa hueca, desgastada y sin asidero

Humberto García Larralde

Los movimientos populistas construyen narrativas que aprovechan resentimientos, envidias y ansias de revancha de aquellos que creen ser víctimas de engaños perversos. Se proyectan como la fuerza capaz de reparar sus agravios, reclutándolos, así, para conquistar el poder. Central es la identificación de los supuestos culpables de sus desdichas. Con una retórica maniquea llena de odios, edifican contraposiciones simbólicas, con base en mentiras y medias verdades para exacerbar las pasiones en su contra.

Bancarrota

Humberto García Larralde

El término “bancarrota” se refiere a una situación en la cual una empresa o un individuo carece de los recursos con qué hacerles frente a sus compromisos financieros. Su condición es de insolvencia, ya que el valor de sus activos no alcanza para cubrir el de sus pasivos, ni para generar los ingresos que permitieran su refinanciamiento. Está en quiebra, excluidas sus posibilidades de acceder al crédito. En países como EE.UU.

Decreto de apariencia

Humberto García Larralde

El colectivo que se arroga funciones de Asamblea Nacional aprobó, el jueves 10, el Decreto de Estado de Emergencia presentado por el usurpador Nicolás Maduro. Tal estado lo autoriza el artículo 338 de la CRBV, “cuando se susciten circunstancias económicas extraordinarias que afecten gravemente la vida económica de la Nación.