Consejo de Derechos Humanos. Quincuagésima primero periodo de sesiones.12 de septiembre 2022 a 7 de octubre 2022. Tema 4 de la agenda. Las situaciones de derechos humanos que requieren la atención del Consejo. Conclusiones y recomendaciones.
Conclusiones
- El establecimiento de la región del Arco Minero y la expansión de la actividad minera ilegal en el estado Bolívar ha creado un contexto en el que se han cometido violaciones de derechos humanos y delitos. La Misión sigue preocupada por las violaciones de derechos humanos cometidas por funcionarios del Estado y fuerzas de seguridad, tales como la privación arbitraria de la vida, la detención arbitraria y la tortura u otras formas de maltrato. La Misión ha documentado presencia continuada de grupos criminales armados en el estado de Bolívar, en particular en territorios indígenas, y la amplia gama de crímenes que estos han cometido contra la población de la región. La Misión también ha investigado la violencia sexual y de género por parte de actores tanto estatales como no estatales, y se muestra preocupada por la falta general de protección del Estado hacia las personas vulnerables, en particular los niños. Todas estas cuestiones requieren de una mayor investigación.
- En algunos de los casos detallados en este informe, la Misión tiene motivos razonables para creer que las autoridades del Estado han incumplido sistemáticamente su obligación de prevenir, investigar y sancionar las violaciones de los derechos humanos y los delitos. Como se indica en el informe, la Misión tiene motivos razonables para creer que la FANB se vio directamente implicada en graves violaciones de los derechos humanos al reprimir a la población local, incluidos los pueblos indígenas, al tiempo que a menudo dejó desprotegida a la población minera frente a los delitos cometidos por grupos criminales armados.
Recomendaciones
La Misión exhorta al Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela a:
- Poner en marcha investigaciones independientes, objetivas e imparciales sobre los incidentes que conforman los casos ilustrativos en el presente informe, relativos a violaciones de derechos humanos y delitos en el Arco minero del Orinoco y el municipio de Gran Sabana, en el estado de Bolívar, incluyendo privaciones arbitrarias de la vida, detenciones arbitrarias y tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes.
- Asegurar que las fuerzas de seguridad del Estado, incluyendo policiales y militares, llevan a cabo sus operaciones de cumplimiento de la ley en un marco de estricto respeto y protección de los derechos humanos de toda la población del estado de Bolívar, y particularmente los pueblos indígenas y la población minera.
- Sancionar a los militares y funcionarios estatales responsables de las violaciones de los derechos humanos y delitos identificados en el presente informe, aplicando las sanciones penales y medidas disciplinarias correspondientes, de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley.
- Garantizar el cumplimento del derecho de acceso a la justicia y a la reparación para las víctimas y familiares de víctimas de los casos de violaciones de derechos humanos y delitos que se describen en el presente informe.
- Redoblar esfuerzos para asegurar la implementación efectiva de la Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia; establecer un sistema de recopilación sistemática y desagregada de datos estadísticos de violencia sexual y de género; y proteger, acompañar y asistir a las víctimas de dicha violencia, especialmente mujeres, niñas y niños.
- Llevar a cabo esfuerzos decididos para detener las actividades ilegales de grupos criminales, así como de grupos armados irregulares, que actúan en el estado de Bolívar y otras partes del país, asegurando en todo momento el respeto por los derechos humanos y particularmente los de las comunidades afectadas y de los pueblos indígenas.
- Investigar todos los indicios de aquiescencia o colaboración entre las autoridades civiles y militares con las actividades de los grupos armados criminales, tomar las medidas necesarias para exigir responsabilidad a dichas personas y adoptar todas las medidas necesarias para prevenir todo tipo de cooperación ilegal en el futuro.
- Adoptar las medidas necesarias para hacer efectivos los derechos de los pueblos indígenas, tal y como han sido reconocidos por la Constitución y la legislación venezolanas, el Convenio 169 de la OIT y otras las normas internacionales, y en particular sus derechos a la tierra, el territorio y los recursos naturales y a la consulta previa. El Estado debe tomar medidas decididas para avanzar en la demarcación y titulación de los territorios indígenas en el estado de Bolívar y otras áreas del país.
- Poner en práctica todas las medidas legislativas, administrativas y de cualquier otro carácter que sean necesarias para detener la minería ilegal del oro y otros metales en el Arco Minero del Orinoco y otras áreas del estado de Bolívar, incluyendo las áreas protegidas o ABRAE, en consulta plena con los pueblos indígenas.
- Investigar los indicios de posible enriquecimiento ilícito por parte de autoridades civiles y militares, así como de otras personas políticamente expuestas, en actividades ilícitas vinculadas a la extracción, producción y comercialización del oro, y llevar a los responsables a la justicia.
- Cooperar activamente con el ACNUDH, los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas y el sistema interamericano de derechos humanos para abordar la urgente situación de los derechos humanos en la región del Arco Minero y otras zonas del país que enfrentan situaciones similares.
Recomendaciones a la comunidad internacional
- Los Estados deberían considerar la posibilidad de iniciar acciones legales contra los individuos responsables de las violaciones y los crímenes identificados en el presente informe, de conformidad con su legislación interna.
- Los Estados deberían poner en práctica mecanismos adecuados para evitar el lavado de oro, así como el lavado de dinero vinculante al oro, procedente de la minería ilegal en el estado de Bolívar y otras partes de la República Bolivariana de Venezuela.
- La Corte Penal Internacional debería evaluar si las violaciones y los crímenes documentados en la presente investigación caen bajo su jurisdicción y, en caso afirmativo, considerar si la República Bolivariana de Venezuela está llevando a cabo investigaciones genuinas y enjuiciando a los individuos identificados en el presente informe, en particular a los de nivel medio y alto de responsabilidad.
- En el marco de los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humaos, las empresas que forman parte de la cadena de valor del oro y de otros minerales estratégicos deberían llevan a cabo la debida diligencia en materia de derechos humanos para identificar, prevenir y remediar posibles riesgos derivados de las minerales procedentes de la República Bolivariana de Venezuela.
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