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Opinión

Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, Relatoría Especial para los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales

Principios Interamericanos sobre Libertad Académica y Autonomía Universitaria

PREÁMBULO

REAFIRMANDO la necesidad de asegurar en el hemisferio el respeto y la plena vigencia de las libertades individuales y de los derechos fundamentales de todas las personas a través del Estado de Derecho, al igual que la importancia de promover debates y estándares para fortalecer la protección y garantía de la libertad académica en las Américas.

RECONOCIENDO que la libertad académica es un derecho humano independiente e interdependiente, que cumple con una función habilitante para el ejercicio de una serie de derechos que incluyen la protección del derecho a la libertad de expresión, el derecho a la educación, el derecho de reunión, la libertad de conciencia, la libertad de asociación, la igualdad ante la ley, la libertad de conciencia y de religión, el derecho a los beneficios de la cultura y el progreso científico, así como los derechos laborales y sindicales, todos estos reconocidos en la Declaración Americana sobre los Derechos y Deberes del Hombre, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como en el protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales -"Protocolo de San Salvador"-, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer -"Convención De Belem Do Pará"-, la Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y formas conexas de Intolerancia , la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, el Convenio 169 de la Oficina Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales, entre otros instrumentos internacionales y constituciones nacionales;

ENFATIZANDO la función habilitante de la libertad académica para consolidar la democracia, el pluralismo de ideas, el progreso científico, el desarrollo humano y de la sociedad, y para la garantía plena del derecho a la educación, por lo que los obstáculos frente a esta aplazan el avance del conocimiento, socavan el debate público y reducen los espacios democráticos;

CONSCIENTES de que el conocimiento es un bien público, social y pilar fundamental de la democracia, el Estado de Derecho, el desarrollo sostenible, el pluralismo de ideas, el progreso científico y el mejoramiento de la persona humana y de la sociedad, siendo un requisito indispensable para una sociedad libre, abierta, pluralista, justa y sin discriminación;

DESTACANDO que el libre acceso a la información y a la educación a través de, entre otros, el acceso a Internet, las nuevas tecnologías, las bibliotecas, y las publicaciones en y fuera de línea en su conjunto aumenta exponencialmente las posibilidades de universalización del derecho a la educación y del acceso al conocimiento, empodera a las personas, fortalece las relaciones entre los pueblos, brinda condiciones para cerrar las brechas de calidad de vida entre lo urbano y lo rural, y fomenta la diversidad de posturas sobre asuntos de interés público;

RESALTANDO que estudiantes, profesorado, personal académico, investigadoras e investigadores y demás personas e instituciones de la comunidad académica juegan un rol esencial como catalizadores, generadores de conocimiento y agentes para el descubrimiento, la autorreflexión, el progreso, la promoción de los principios democráticos, la apropiación de los derechos humanos, el respeto en la diversidad, el combate del autoritarismo en las Américas, la formación de personas, la respuesta y búsqueda de soluciones ante desafíos que enfrenta la humanidad y están sujetas a especial vulnerabilidad en contextos autoritarios, pues pueden afrontar restricciones, riesgos y violaciones de sus derechos humanos a raíz de su investigación, pensamiento y expresiones críticas, especialmente cuando se involucran en la discusión de asuntos de interés público, por lo que gozan de una especial protección;

RECORDANDO el alcance dado por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales("CESCR") sobre la libertad académica y autonomía institucional en su Observación General No. 13 sobre el derecho a la educación (artículo 13) de 1999, basada en la Recomendación de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO de 1997) sobre “El estado del personal docente de educación superior” como una libertad con una protección sobre el individuo y con una dimensión institucional materializada en la autonomía universitaria; así como el artículo 14 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas y el Plan de Acción de Rabat de la oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

RECORDANDO que el derecho a la educación tiene las finalidades de aportar al pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, de fortalecer el respeto por los derechos humanos, el pluralismo ideológico y las libertades fundamentales, al igual que una función para mitigar el impacto psicosocial en situaciones de emergencia, conflicto o crisis; que la mercantilización de las actividades académicas puede actuar en detrimento de dichas cualidades y que los Estados están en el deber de avanzar de forma progresiva la enseñanza gratuita;

SEÑALANDO preocupación por las denuncias existentes en varios países del hemisferio sobre represión a colectivos estudiantiles y sindicatos universitarios, al igual que acoso, hostigamiento, ataques, recortes presupuestales a instituciones académicas y retaliaciones de distinta índole en contra de integrantes de la comunidad académica por razones arbitrarias o discriminatorias;

VALORANDO el rol de las diversas declaraciones formuladas por la comunidad académica a nivel global para la conceptualización y la consolidación de estándares de protección y garantía de la libertad académica, siendo de especial relevancia para el hemisferio la Declaración de Principios sobre Libertad Académica y de Cátedra de la Asociación Americana de Profesores Universitarios y de la Asociación de Facultades Americanas, así como la Declaración de Lima sobre Libertad Académica y Autonomía de las Instituciones de Educación Superior;

TOMANDO EN CONSIDERACIÓN los Principios de Abiyán sobre las obligaciones de los Estados de proveer educación pública y regular el involucramiento privado en la educación, como los estándares aplicables del informe “Empresas y Derechos Humanos: estándares interamericanos” de la Relatoría Especial sobre Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA) de la CIDH;

RECONOCIENDO la necesidad de proteger efectivamente la libertad académica en las

Américas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en respaldo de la Relatoría Especial sobre Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA) y de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE), en virtud de las funciones conferidas por el artículo 106 de la Carta de las Organización de los Estados Americanos, en aplicación del artículo 41.b de la Convención Americana sobre Derechos humanos y el artículo 18.b de su Estatuto; adopta la siguiente Declaración de Principios;

PRINCIPIOS

Principio I Ámbito de protección de la libertad académica

La libertad académica implica el derecho de toda persona a buscar, generar y transmitir conocimientos, a formar parte de las comunidades académicas y a realizar labores autónomas para llevar a cabo actividades educativas de docencia, aprendizaje, enseñanza, investigación, descubrimiento, transformación, debate, búsqueda, difusión de información e ideas y de acceso a educación de calidad de forma libre y sin temor a represalias. Adicionalmente, la libertad académica tiene una dimensión colectiva, consistente en el derecho de la sociedad y sus integrantes a recibir las informaciones, conocimientos y opiniones producidas en el marco de la actividad académica y de obtener acceso a los beneficios y productos de la investigación e innovación.

La libertad académica se protege de igual manera adentro y por fuera de los centros educativos, así como en cualquier lugar donde se ejerza la docencia y la investigación científica. La comunidad académica es un espacio para la deliberación sobre aspectos que conciernen a la sociedad. Por esto, la libertad académica se protege tanto en entornos de educación formal como no formal, y también comprende el derecho a expresarse, a reunirse y manifestarse pacíficamente en relación con los temas que se investigan o debaten dentro de dicha comunidad en cualquier espacio, incluyendo los distintos medios de comunicación, al igual que para exigir mejores condiciones en los servicios de educación y a participar en organismos académicos profesionales o representativos.

La libertad académica abarca la difusión y debate de conocimientos basados en la propia experiencia o campo de investigación, o en asuntos relacionados con la vida académica en general. Este derecho también abarca la libertad de trabajadoras, trabajadores y estudiantes de instituciones académicas para expresarse con respecto a dichas instituciones y sobre el sistema educativo, entre otros.

La protección de la libertad académica también comprende la posibilidad de que la educación en el interior o hacia los pueblos indígenas responda a sus necesidades particulares, abarcando su historia, sus conocimientos y técnicas, sistemas de valores y aspiraciones sociales, económicas y culturales, al igual que la garantía de recibir oportunidades de educación en su propia lengua indígena o en la lengua que más comúnmente se hable en el grupo a que pertenezcan

La libertad académica protege la diversidad de métodos, temáticas y fuentes de investigación acordes con las prácticas y reglas internas de cada disciplina;

Principio II Autonomía de las instituciones académicas

La autonomía es un requisito imprescindible para la libertad académica y funciona como garantía para que las instituciones de educación superior cumplan su misión y objetivos de producción y difusión del conocimiento. Como pilar democrático y expresión del autogobierno de las instituciones académicas, la autonomía garantiza el ejercicio de la enseñanza, la investigación y los servicios de extensión, al igual que la toma de decisiones financieras, organizacionales, didácticas, científicas y de personal. En virtud de este principio, las regulaciones estatales sobre educación deben estar encaminadas a la garantía del proceso de aprendizaje, enseñanza, investigación y difusión de forma plural, participativa y democrática y garantizar el autogobierno de las instituciones académicas que incluye, entre otros, el libre funcionamiento de los planteles docentes o cuerpos estudiantiles.

La distribución de recursos no puede convertirse en una herramienta de ataque contra instituciones y grupos académicos, ni de amenaza al pensamiento crítico. El presupuesto público debe observar la proporcionalidad necesaria para que todas las instituciones de educación superior puedan desarrollar sus actividades con igual autonomía. La transparencia es un requisito indispensable para los Estados en sus gestiones presupuestarias.

La autonomía también acarrea deberes y responsabilidades de las instituciones de educación superior en el cumplimiento de las finalidades del derecho a la educación y en el respeto de los derechos fundamentales de las personas que integran su comunidad académica. En virtud de esos deberes y responsabilidades, estas instituciones están en la obligación de brindar transparencia en su gestión, financiación y toma de decisiones, establecer políticas y procedimientos que garanticen la estabilidad laboral y la toma de decisiones basada en requisitos equitativos y razonables y garantizar el debido proceso en decisiones que afecten los derechos de quienes forman parte de su comunidad académica. Asimismo, se debe garantizar y no interferir en las libertades de conciencia, expresión, asociación, reunión, conciencia, religión o ejercicio de los derechos laborales y sindicales, al igual que el uso y goce de los aspectos materiales e inmateriales de los derechos de autoría y otros derechos sobre bienes materiales o inmateriales apropiables susceptibles de tener un valor, como demás derechos humanos reconocidos internacionalmente.

En aplicación del derecho a la libertad académica sin ningún tipo de discriminación, las políticas de evaluación en las instituciones académicas deben apuntar a reducir las limitaciones u obstáculos que enfrentan colectivos y personas sujetas a especial protección por haber sido históricamente excluidas o estar en mayor riesgo de ser discriminadas, adoptando medidas afirmativas para favorecer su plena participación;

Principio III No discriminación

La libertad académica debe ser promovida, protegida y garantizada en igualdad de oportunidades sin discriminación por ningún motivo, inclusive basada en motivos de opiniones políticas, origen étnico-racial, nacionalidad, edad, género, orientación sexual, identidad y expresión de género, idioma, religión, identidad cultural, opiniones políticas, o de cualquier otra naturaleza, origen social, posición socio económica, nivel de educación, situación de movilidad humana, discapacidad, características genéticas, condición de salud mental o física, incluyendo infectocontagiosa, psíquica incapacitante o cualquier otra naturaleza.

Dichas categorías son consideradas como sospechosas en el marco del derecho internacional e interamericano de los derechos humanos y, por consiguiente, cualquier distinción o trato diferenciado basado en ellas deberá someterse a un test estricto de proporcionalidad. Esto implica que la adopción de cualquiera de estas medidas debe perseguir fines que no sólo sean legítimos en el marco de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, sino además imperiosos. Requiere, además, que el medio escogido sea adecuado, efectivamente conducente y necesario en el sentido de que no pueda ser remplazado por un medio alternativo menos lesivo. Adicionalmente, los beneficios de adoptar la medida tienen que ser claramente superiores a las restricciones que ella impone a los principios convencionales afectados con la misma. En tales medidas, ninguna norma, acto o práctica discriminatoria basada en dichos criterios sospechosos de discriminación, sea por parte de autoridades estatales o por particulares, puede disminuir o restringir, de modo alguno, los derechos de una persona en el ejercicio de su libertad académica.

Los Estados tienen un deber de armonizar su obligación de no discriminar con el respeto de la libertad religiosa en el marco de las instituciones de educación de vocación religiosa. La aplicación de este principio de no discriminación no puede proyectarse de tal forma que impida la existencia de esas asociaciones religiosas. Sin embargo, el respeto a la libertad religiosa no autoriza la fundamentación en dogmas religiosos para incurrir en violaciones al principio de no discriminación o contrariar obligaciones de derechos humanos. En todo caso, los Estados deben adoptar marcos regulatorios que establezcan medidas como certificaciones de idoneidad de docentes para ejercer la enseñanza en instituciones educativas de carácter religioso, siempre que se apeguen a dicho test estricto y que no tengan efectos desproporcionados sobre las personas afectadas por decisiones en la aplicación de estos.

Los Estados están en la obligación de eliminar condiciones de discriminación estructural en el ámbito académico por lo que deben establecer, entre otras, medidas que permitan y fomenten el acceso equitativo al mismo, especialmente a través de la adopción de medidas en favor de colectivos o personas históricamente excluidas o con mayor riesgo de ser discriminadas. Además de esto, los Estados están en la obligación de establecer medidas afirmativas que garanticen un desarrollo profesional equitativo y sin discriminación, especialmente a través de la reducción de brechas de remuneración, oportunidades, becas, como medidas de estabilidad laboral y acceso para dichas personas o grupos. En particular, deben adoptarse medidas encaminadas a la erradicación de obstáculos enfrentados por las mujeres en la academia en comparación con las de sus colegas hombres en razón de prejuicios, costumbres o prácticas basadas en estereotipos de género, raza u otros motivos de discriminación.

Principio IV Protección frente a interferencias del Estado

Cualquier interferencia estatal en los currículos y programas académicos debe cumplir requisitos de legalidad y finalidad legítima en el marco de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, así como idoneidad, necesidad y proporcionalidad bajo los preceptos de una sociedad democrática. Las finalidades legítimas para las interferencias pueden incluir, entre otras, la erradicación de la discriminación contra determinados grupos o personas, o la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres. No obstante, en razón de lo dispuesto por la jurisprudencia interamericana, la legitimidad de un fin no necesariamente implica la legalidad, idoneidad, necesidad o proporcionalidad. Las interferencias desproporcionadas de los Estados en los currículos y programas académicos a través de, entre otras, la imposición de lineamientos contrarios a las finalidades de la educación como derecho, impactan severamente la libertad académica.

Lo anterior impacta negativamente esta libertad mediante la imposición de presiones indirectas sobre los contenidos curriculares a través de los requisitos de acreditación profesional o de exámenes de Estado, o sobre las actividades asociadas a la actividad académica como la asistencia y participación en espacios como conferencias, investigaciones y reuniones académicas. Lo mismo sucede con el discurso negativo por parte de alto funcionariado en contra de dichas instituciones, de la comunidad académica o de personas que la integran; la adopción u omisión en la revocatoria de normas que establecen discriminaciones sobre personas o grupos en contravía de lo expuesto en el principio III; la omisión en la implementación progresiva de la educación gratuita; el establecimiento de barreras discriminatorias de acceso, permanencia y egreso; y la aplicación de medidas presupuestarias o con impacto en el presupuesto de las instituciones académicas con el fin de castigarlas, premiarlas o privilegiarlas. En ese mismo sentido, el cierre o la no renovación de acreditaciones de instituciones, bibliotecas, laboratorios u otros espacios en los que se desarrolla la actividad académica como represalia por disentir de la visión ideológica del gobierno;

Principio V Protección frente a los actos de violencia

El asesinato, secuestro, intimidación, acoso, hostigamiento, amenazas, la violencia basada en género y demás agresiones contra las personas en razón de su participación en la comunidad académica o del ejercicio de actividades, al igual que los ataques físicos contra instituciones, bibliotecas o laboratorios violan los derechos fundamentales de las personas, coartan la libertad académica y siembran la autocensura en la sociedad. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada. En la aplicación de dicho deber de prevención e investigación, los Estados deben aplicar un enfoque que reconozca y responda a los impactos y modalidades diferenciadas e interseccionales de violencia física y psicológica de acuerdo con los estándares interamericanos sobre la materia;

Principio VI Inviolabilidad del espacio académico

La intervención de las fuerzas de seguridad del Estado en las instituciones académicas violenta su autonomía y genera un efecto amedrentador sobre la comunidad académica. Si bien dichas intervenciones pueden darse en casos excepcionales y en virtud de los deberes Estatales de preservar la seguridad, estabilidad y gobernabilidad democrática de los Estados, estas deben darse dentro de los límites y conforme a los procedimientos que permitan preservar tanto la seguridad pública como los derechos humanos, por lo que los Estados no pueden invocar la existencia de situaciones excepcionales como medio para suprimir o denegar, desnaturalizar o privar de contenido real la libertad académica, la autonomía universitaria o, en general, los derechos garantizados por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, o como justificación para practicar o tolerar actos contrarios a normas imperativas de derecho internacional. La aplicación de la legislación de seguridad nacional, las normas antiterrorismo y en general cualquier acción de las fuerzas de seguridad sobre los campus deben cumplir con los estándares de proporcionalidad, razonabilidad, legalidad y necesidad;

Principio VII Restricciones y limitaciones a la libertad académica

Los Estados están en la obligación de generar un ambiente favorable para la participación en las instituciones de educación superior, al igual que para la investigación, el debate, la difusión del conocimiento académico. Esta disposición no debe limitar los espacios de cooperación entre el sector público y la academia en el desarrollo de investigaciones y otros proyectos con fines públicos.

La libertad académica excluye de forma expresa cualquier propaganda a favor de la guerra o la apología del odio contra cualquier persona o grupo de personas por cualquier motivo, inclusive nacional, étnico, racial, religioso, sexo, género, identidad de género, orientación sexual o cualquier otra que constituya incitación a la violencia o cualquier otra acción ilegal. Para calificar un discurso como de propaganda a favor de la guerra o apología al odio se requerirá de estricto cumplimiento de la prueba de umbral contenida en el Plan de Acción de Rabat de las Naciones Unidas.

Cualquier interferencia a la libertad académica debe cumplir requisitos de legalidad, finalidad legítima, idoneidad, necesidad y proporcionalidad de conformidad con la de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en una sociedad democrática, que salvaguarden frente a la arbitrariedad por parte de las autoridades tanto dentro como por fuera de las instituciones académicas, de acuerdo a lo establecido por los estándares interamericanos.

La acreditación profesional, los exámenes estatales y otras formas de concesión de licencias cumplen una función crucial para garantizar la calidad de las instituciones de educación superior. Sin embargo, estos procedimientos no podrán ser usados para impedir o tomar represalias contra contenidos académicos legítimos. Los requisitos legales o reglamentarios excesivos para el funcionamiento, la supervisión, la sanción o la evaluación de la calidad de las instituciones académicas destinados a tomar represalias o a limitar de otro modo la conducta académica de manera incompatible con el principio III constituyen una violación de la libertad académica.

Las restricciones ilegítimas a la libertad académica pueden generarse por actos u omisiones provenientes de agentes estatales, grupos de poder o de particulares, pudiendo provenir inclusive de parte de actores de las propias instituciones académicas;

Principio VIII Prohibición de la censura y excepcionalidad del ejercicio punitivo estatal

La imposición de restricciones estatales para la investigación, discusión o publicación de determinados temas, al igual que la imposición de restricciones de acceso a publicaciones, a bibliotecas o bases de datos físicas o en línea, constituyen censura previa, expresamente prohibida en el artículo 13.2 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos y contraria al derecho a la educación en los términos del artículo 13 del Protocolo de San Salvador.

Es contrario a la libertad académica y a los derechos interdependientes con ella cualquier medida estatal encaminada a imponer limitaciones discrecionales o fomentar tabúes con respecto a cualquier campo del conocimiento, personas, ideas, o cualquier aspecto reconocido dentro del ámbito de protección descrito en el principio III.

La aplicación de procesos administrativos o disciplinarios sobre instituciones o personas en el ejercicio de la libertad académica, al igual que la imposición de sanciones ulteriores de carácter laboral o civil, deben darse bajo la aplicación de reglas mínimas de transparencia, debido proceso, garantías judiciales y no discriminación, y deben fundamentarse en criterios que cumplan requisitos de legalidad, finalidad legítima en el marco de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, idoneidad, necesidad y proporcionalidad bajo los preceptos de una sociedad democrática. En este sentido, son contrarias a la libertad académica la imposición de restricciones frente a la crítica por parte de integrantes de la comunidad académica con respecto a las instituciones de educación superior o al sistema educativo, al igual que frente a las decisiones personales de aplicar posturas alejadas de las posiciones oficiales de las instituciones de educación superior de las que se forma parte, que no cumplan con dichos criterios.

El uso del derecho penal para castigar a personas en ejercicio de su libertad académica es incompatible con las protecciones que brinda el sistema interamericano a ese derecho. Cualquier interferencia estatal para castigar la posible comisión de un ilícito por parte de una persona que se encuentra en el ejercicio legítimo de su libertad académica debe analizarse con especial cautela, ponderando al respecto la extrema gravedad de la conducta desplegada por el posible autor, el dolo con que actuó, las características del daño injustamente causado y otros elementos que pongan de manifiesto la absoluta necesidad de utilizar, en forma verdaderamente excepcional, el ejercicio del poder punitivo del Estado;

Los Estados deben presumir la buena fe de las opiniones e informaciones difundidas por integrantes de la comunidad académica generadas a partir de la participación en procesos de investigación bajo la aplicación de cualquiera de los métodos científicos aceptados por la comunidad académica;

Principio IX Protección y prevención frente a acciones u omisiones de particulares

El deber de garantía de los Estados también incluye la imposición de medidas para prevenir, investigar y sancionar vulneraciones a la libertad académica por parte de particulares y para responder a los riesgos diferenciados en razón de los criterios sospechosos de discriminación indicados en el principio III incluyendo, entre otros, la adopción de protocolos de atención, investigación y sanción a la violencia y acoso sexual, al igual que a la violencia contra las mujeres o la violencia basada en orientación sexual o identidad de género y otras formas de opresión o discriminación, y la creación o promoción de mecanismos de revisión externa e independiente sobre decisiones sancionatorias o meritocráticas de las instituciones académicas. En todo caso, el diseño y la aplicación de estos protocolos debe tener un enfoque de no revictimización y de avanzar en contrarrestar patrones socioculturales basados en premisas de inferioridad o superioridad de cualquiera de los géneros o papeles estereotipados para hombres y mujeres que legitiman la violencia contra las mujeres;

Principio X Educación en derechos humanos

En razón de las obligaciones internacionales sobre el derecho a la educación en derechos humanos y a la eliminación de todas las formas de discriminación, los Estados deben adoptar medidas, incluyendo planes nacionales, para garantizar que todas las personas son educadas en derechos humanos, de conformidad con la Convención Americana sobre Derechos Humanos y demás instrumentos internacionales aplicables, a lo largo de toda la vida y que las instituciones de enseñanza pública y privada desarrollen currículos y programas para garantizar la educación en derechos humanos de manera interdisciplinaria y en todos los ciclos de enseñanza con perspectiva de igualdad de género e interseccionalidad, garantizándose también la educación sexual integral.

Debe protegerse la libertad de expresión y de cátedra en cuanto a los contenidos de tales materias, sin perseguir a quienes las enseñan, ni establecer restricciones discriminatorias sobre personas en condición de vulnerabilidad. Adicionalmente, los Estados tienen el deber de promover e implementar el diseño y aplicación de programas educativos integrales que promuevan una cultura de derechos humanos, contrarrestando todos los prejuicios y prácticas que afiancen, promuevan o instiguen la discriminación contra personas y colectivos en situación de especial vulnerabilidad o discriminación histórica. Los Estados deben asegurar que todo su funcionariado reciba formación en derechos humanos de manera programática y continua.

Principio XI Acceso a la información

Cuando las personas integrantes de la comunidad académica o cualquier otra procuran acceder a estadísticas, bases de datos y demás información que estén en poder del Estado, lo hacen en ejercicio de su derecho fundamental de acceso a la información pública en conexión con el derecho a la libertad académica y todos los derechos humanos relacionados. Los Estados están obligados a garantizar el ejercicio de este derecho a través de la respuesta pronta y adecuada a solicitudes de información, la divulgación proactiva y el acceso público, libre y oportuno a estadísticas, bases de datos y demás fuentes relevantes para el desarrollo de la actividad académica. Este principio sólo admite limitaciones excepcionales que deben estar establecidas previamente por la ley y ser necesarias y proporcionales para cumplir fines legítimos en el marco de lo dispuesto por la Convención Americana sobre Derechos Humanos;

Principio XII Internet y otras tecnologías

Toda persona tiene derecho de realizar sus actividades académicas por cualquier medio y forma. Dado el carácter esencial que juegan Internet y otras tecnologías en el acceso, difusión y disfrute del derecho a la educación y al conocimiento en la comunicación de ideas y de opiniones a través de espacios como aulas, instituciones, bibliotecas o bases de datos virtuales o modalidades de educación a distancia o en línea, entre otros, los Estados deben establecer medidas para avanzar en la garantía del acceso universal a Internet, la eliminación de la brecha digital p y el aprovechamiento de dichas tecnologías por parte de la comunidad académica. Complementariamente, el respeto de la libertad académica implica, entre otras cosas, que los Estados se abstengan de establecer censura o limitaciones arbitrarias sobre Internet o de interferir de forma indebida en el desarrollo de las actividades académicas en espacios virtuales.

Las plataformas que sirvan de intermediarias para acceder a contenidos que surgen de la aplicación de métodos científicos aceptados por la comunidad académica pueden contribuir a la garantía del derecho a la libertad académica a través de: la transparencia en los criterios que jerarquizan los resultados de las búsquedas; la ponderación sobre el alcance de la personalización de resultados cuando se dispone de sólida evidencia científica sobre el tema consultado; el fomento a la diversidad geográfica, racial, de género y orientación sexual en las personas a cargo de la programación y el fortalecimiento del dialogo con la comunidad académica para aprovechar el potencial de internet en la divulgación de los conocimientos;

Principio XIII Aplicación transversal en instituciones públicas y privadas

Estos principios deben ser igualmente aplicados en las instituciones públicas como privadas de enseñanza, tomando en consideración el deber de los Estados de respetar y garantizar el derecho a la libertad académica y a la autonomía universitaria, adoptando medidas efectivas, incluyendo medidas regulatorias, de supervisión y rendición de cuentas, para asegurar el derecho a la educación y otros derechos cuando actores privados estén involucrados, incluyendo su aplicación extraterritorial;

Principio XIV Protección de la movilidad y cooperación internacionales

La libertad académica incluye la libertad de buscar, recibir y difundir información e ideas de todo tipo, sin importar las fronteras. Siendo el intercambio académico internacional, incluidas las conferencias, investigaciones, estancias de investigación, intercambios y reuniones académicas, aspectos fundamentales de la vida académica y expresiones necesarias de la libertad académica, los Estados no impedirán arbitrariamente que las personas salgan o entren en sus fronteras con el fin de limitar o detener el intercambio o la circulación transfronteriza de ideas y promoverán la movilidad y la cooperación académica internacionales.

Principio XV Diálogo inclusivo en el marco de la educación superior

Los Estados están en la obligación de fomentar espacios de diálogo entre todos las partes interesadas e involucradas en la actividad académica con el fin de promover el debate sobre el respeto y garantía de la libertad académica y la implementación de estos principios.

Principio XVI

Deber de implementación

Los Estados, las instituciones académicas y otros miembros de la sociedad deben adoptar medidas afirmativas, dentro de sus capacidades, destinadas a la aplicación práctica de los principios mencionados. Este deber se extiende a todas las personas dentro de las instituciones de educación superior, así como a terceros y particulares relacionados con la actividad investigativa y académica en general.

 24 min


Manuel Delgado Campos

La desgracia que viene sufriendo el pueblo venezolano desde hace muchos años y cuyas causas tienen aún muchos más, ha sido analizada y descrita por muchos autores y especialistas desde diferentes puntos de vista, abarcando múltiples aspectos que incluyen lo económico, social, sanitario, educativo, agrícola, industrial, comercial y paremos de contar, porque ha sido todo o casi todo lo que se ha trastocado durante los más de veinte años que lleva al mando del país, el régimen ahora comandado por Nicolas Maduro y, durante mucho tiempo, por Hugo Chavez (QEPND).

Por lo tanto, es como llover sobre mojado adentrarme en la discusión de temas que, en su mayoría no soy especialista. Sin embargo, quiero expresar mi opinión sobre lo que hemos hecho y lo que deberíamos hacer, individual y colectivamente, para llevar al país a una situación medianamente aceptable y continuar hasta que sea realmente satisfactoria para la mayoría de los venezolanos.

Muchos compatriotas, y realmente fueron muchos, apoyaron, por múltiples razones, al régimen que recién se instauraba. Motivaciones filosóficas, ideológicas, partidistas y de interés económico, personal y grupal, prevalecieron en esas decisiones. Algunos hasta lo tomaron como una especie de venganza contra el estatus vigente hasta 1998.

Otros, muchos también, fuimos, aunque a veces lo neguemos, indiferentes en mayor o menor grado con relación a la situación que presentíamos iba a suceder. En general, aún los convencidos de que íbamos por mal camino no hicimos el esfuerzo suficiente o tomamos decisiones erradas para enmendar lo que se veía venir. Bueno, eso pasó y trajo las consecuencias que ahora estamos pagando todos, incluyendo muchos de los aparentemente son beneficiados económicamente, porque ellos también sufren de las falencias a las cuales está sometido el país, producto de políticas erradas y actuaciones desmesuradas, corruptas, delicuenciales.

Por lo tanto, debemos centrarnos en lo que deberíamos hacer de ahora en adelante individual y colectivamente. Lo que correspondería hacer por el bien de todos, a cada ciudadano y cada organización o institución de la denominada sociedad civil, para lograr el restablecimiento del estado de derecho lo cual, al final de cuentas arropa todo, desde la recuperación de la institucionalidad perdida hasta la libertad individual, de trabajo, de empresa, de pensamiento y expresión. Institucionalidad para fomentar la actuación honesta de individuos y organizaciones y, en consecuencia, generar el progreso continuado que Venezuela requiere con urgencia.

Bien sean empleados dependientes, trabajadores independientes, emprendedores, pequeños, medianos o grandes empresarios, jubilados, y cualquiera otro ciudadano, independientemente de su credo religioso, sexo u orientación política, todos deben utilizar sus energías en pro de una Venezuela decente, digna, no perfecta pero si perfectible, porque lograrlo es posible con el el esfuerzo conjunto de quienes de buena fe crean en ello.

Responsabilidad especial les toca a los forjadores de opinión como lo son los periodistas, escritores, articulistas y editores entre otros. Su opinión es siempre oída o leída por muchos y en tal sentido, orienta el comportamiento de la población. Se espera de ellos un sólido compromiso con el respeto a la ley y a la convivencia democrática.

Debemos ejercer diariamente el derecho a manifestar y protestar de manera pacífica pero evidente ante cualquiera agresión del régimen contra nuestros derechos ciudadanos, de cualquier naturaleza. Cada protesta por suave o sutil que sea es un granito de arena que se aporta y que vale la pena juntar. Perdamos el miedo porque ya más no podemos perder. Si alguien aún disfruta alguna prebenda la perderá a corto o mediano plazo, pero de manera indigna por falta de la lucha justa. El legado a nuestros hijos y nietos, más allá de los bienes materiales, debe ser el orgullo de haber combatido el mal haciendo el bien.

La Sociedad Civil representada por todas las organizaciones no dependientes del Estado, tales como sindicatos, asociaciones técnicas, profesionales y científicas, ONGs, fundaciones y similares debe actuar fuertemente en pro del restablecimiento del estado de derecho porque en ello se les va la vida. Basta ya de cobijarse bajo la excusa del apoliticismo, cuan diferente del apartidismo. Toda organización ha de tener una definición política acorde con sus objetivos, enmarcados dentro del estado de derecho nacional e internacional y atendiendo a la convivencia social y ecológica.

Toda agrupación u organización como parte de la ya mencionada Sociedad Civil, está en el derecho y en el deber de hacer valer el ejercicio y respeto de la Ley. Solo eso les permitirá su cabal funcionamiento y supervivencia a largo plazo. Expresado en términos coloquiales, de nada servirá hacerse los locos porque eso los hará sucumbir ante las apetencias malsanas de los personeros del régimen y, tarde o temprano, dejarán de ser lo que son.

A manera de ejemplo, el régimen ha logrado si no destruir, minimizar los sindicatos, asociaciones profesionales y fundaciones no afectos al oficialismo. Los cuales han logrado sobrevivir gracias a la solidaridad de sus asociados a quienes han servido, a pesar de las circunstancias, con gran honestidad y capacidad de sacrificio. Actuamos con valentía, honestidad y solidaridad o estamos perdidos.

Los dirigentes políticos y, en general, los miembros de partidos u organizaciones de corte similar y que funcionan como grupos de opinión, deben actuar con mucha firmeza y determinación en cuanto su oposición al régimen que oprime al pueblo venezolano. Pero deben actuar con mucha moderación y sindéresis cuando se trata de las relaciones dentro y entre las organizaciones opositoras al oficialismo. Aunque haya una amplia divergencia de criterios, esta no puede ser superior al objetivo común a todas las organizaciones y al pueblo venezolano: Restauración de la democracia plena, la libertad y el estado de derecho. La unidad cuando ha sido bien entendida y aplicada ha rendido frutos; aprendamos de esas lecciones y actuemos en consecuencia.

Vale la pena mencionar que muchos dirigentes políticos actuales deben ''bajarle dos'' a sus críticas y declaraciones, a veces altisonantes por decir lo menos. Todos son útiles en pro de objetivos comunes, pero no todos deben estar en primer plano. Hay quienes lo harían mucho mejor como asesores o consejeros, siempre que sea para bien. El exceso de protagonismo puede ser dañino para la persona misma, para su organización y para el país. Calma y cordura sería una buena postura. A este respecto es importante dar paso a nuevos liderazgos y a los liderazgos regionales bien entendidos. Eso también ha dado buenos frutos, siempre y cuando todo se conjugue en pro del magno objetivo de beneficiar al pueblo venezolano, deseoso de libertad, bienestar y de ejercicio libre de sus derechos.

Profesor Jubilado UCLA

17 de enero de 2022

 5 min


Ángel G. Hernández

“Debemos enfrentar lo desconocido, como tal, el gran Dragón del Caos o la Reina Terrible, y no sabemos cómo hacerlo para empezar y transformar lo desconocido en conocimiento procesable y articulable".

Jordan Peterson

El Tricentenario de la Universidad Central de Venezuela continúa opacado por las sombras y, en una casa como esta, la tempestad no es una necesidad; todo lo contrario, el albor y el claror están en nuestra naturaleza primigenia. La esperanza y la fuerza nos conducen, siempre, a la luz. En un artículo anterior era lo pedido y reclamado a las autoridades universitarias y muy especialmente a la Rectora de la UCV. Considero una súplica y una muestra de confianza remanente decirles: con una promesa, no sin compromiso, bastaría para iniciar el despeje de lo sucedido con la administración de los recursos profesorales del Fondo de Jubilaciones de la Universidad Central de Venezuela (FONJUCV). “Rectora, está en sus manos y en su conciencia”.

Hasta hoy al igual que antes, sólo existe un silencio aterrador por todas las importantes y diferentes personas que, con variados roles, están involucradas en su calidad de miembros del máximo órgano del gobierno de la UCV, el Consejo Universitario. Por ello se acudió, en busca de información, al resto de las autoridades presentes en el CU: Vicerrectores y Decanos porque la responsabilidad del voto es personalísima en los asuntos decididos por el cuerpo, Y, aquí el asunto se agrava. El apoyo a la propuesta en el tema del CEDIVI se realizó con una redacción orwelliana. Es decir, sustituyendo las palabras que, tradicionalmente dan juicio, entendimiento y razón a lo decidido, con otras portadoras de la ambigüedad y la duda como si de política y diplomacia se tratara. En lugar de decir con diáfana e inteligible voz, aprobado se usaron expresiones, inteligentes, en un presunto intento de huir a la responsabilidad y obedecer o ser fiel a lo acordado, ¿quién sabe? En realidad, no sé, pero tenemos derecho a preguntar y tener respuestas válidas.

La Comisión nombrada por CU para examinar, en este caso, los escritos presentados por el ex - Vicerrector Administrativo y respondidos por la Rectora, nos fueron entregados por el Vicerrector Académico Nicolás Bianco y por el Secretario Amalio Belmonte. Entre otras cosas nos indicaron la conveniencia de sesionar en la sede física del CU y no retirar el documento consignado fuera del lugar. Por contrario al principio de confianza depositado en nosotros y de la libertad para debatir, la recomendación no se aceptó y como tal las autoridades presentes así lo admitieron. La redacción era imprecisa y confusa en cuanto al significado de “examinar”. Se nos comunicó lo que se quería decir con examinar, la documentación, era realizar la tarea de acuerdo a los procedimientos y normas legales que lo sustentan e informar nuestra opinión. En el caso del CEDIVI la solución me pareció y me sigue pareciendo sencilla. Esto puede resolverse revisando las actas y las grabaciones -en parte para captar el espíritu de lo expresado- correspondientes a las sesiones o sesión en las que se preparó y se dio paso al discutido hecho de la operación de compra del CEDIVI.

Lo anterior lo he citado para mostrar la falta de voluntad para explicar, a la comunidad y al país, parte del cúmulo de objeciones realizadas a la compra del CEDIVI. En el caso del destino del resto de los fondos del Fondo del FONJUCV, si bien el CU no ha hecho autorización alguna para retiro de activos, si es de su obligación exigir la rendición de cuentas, así como es nuestro derecho recibir el mismo trato.

Aun cuando se abusa del ánimo disminuido del venezolano para interpelar por lo que es suyo y tiene derecho, ha de tenerse en mente que la academia es empecinada por naturaleza en lo referente al deseo de conocer. Dos caminos existen frente a la búsqueda de información cierta y nutritiva. Uno, desesperarse ante la confusión y la obstinación de una incuestionable verdad coloreada de negro con fondo negro. Y, el otro, insistir y perseverar para hallar formas de borrar el fondo negro. Esta última es la que debe privar en la comunidad universitaria si nos atenemos al principio de vencer la sombra.

En ausencia de alguna razón aceptable por parte de las autoridades de la UCV, la esperanza como espera para que un deseo se haga realidad, debe ser transformada. La pedagogía de la esperanza de Paulo Freire nos habla de una necesidad ontológica del ser humano que los mueve y marca una dirección y si, por casualidad o intención, esa esperanza se pierde, no nos amilanemos. Hagamos nuestro el concepto de la esperanza Fenrir de la mitología nórdica. Un estado de ser animado por el coraje frente a la pérdida de esperanza. Y, debe estar muy presente que la dirección a que apuntamos es a la del rescate de los principios universitarios y ciudadanos y no a la recuperación de lo que pueda haber desaparecido o malgastado, si así fue.

Las autoridades universitarias han creado caos y vientos cargados de humedad anunciando tormentas. La energía para cargarlos con velocidad y capacidad de destrucción moral deviene del silencio, de ignorarnos y negarnos lo más preciado por un humanista o un investigador, alcanzar algún grado de certidumbre con la información sustantiva disponible. En otras palabras, lo que se nos está negando es la materia prima para la construcción de confianza en una comunidad con historia y que ha estado muy orgullosa y expectante de cuidarla en tanto a sus ideales y valores. Mal haríamos si limitáramos a la acción a saber la verdad sobre nuestra vergüenza. Debemos concentrar esfuerzos y emplearlos hasta alcanzar un fin superior con el trabajo disciplinado y honesto. Es una obligación identificar un camino para la UCV del cual podamos sentirnos inspiradores y constructores con sentido realista intelectualmente y de urgencia en la Venezuela de hoy para generar conocimiento, bienestar y cultura.

Esperando alguna réplica, inclusive de disgusto y protesta, mi próxima entrega estará dirigida a un sueño. Se trata de presentar a grandes trazos una universidad hipotética del siglo XXI para luego convenir sobre lo posible, aquí y ahora, en un mundo globalizado que ya ha establecido criterios sobre lo que es y no es una auténtica universidad. En ese campo todavía queda mucho que aportar sin complejos y excusas baladíes.

En esta penumbra que, augura tempestad, es imposible siquiera imaginar una universidad auténtica que no sea una excentricidad de tal.

Ph.D., Profesor Titular. UCV, Ex-Decano de La Facultad de Ciencias (1975-1978) y Ex – Vicerrector Académico (1980-1984).

Desde la Presidencia de APUCV Nº 65

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Eddie A. Ramírez S.

No es novedoso que analistas del exterior nos adviertan que no prevén una solución política a corto plazo. Recientemente, lo recalcó el Departamento de Estrategia de Inversiones del Credit Suisse. Localmente preferimos ser optimistas. Apostamos al corto plazo, pero cabe preguntarnos si estamos contribuyendo a que eso suceda. Del lado de los demócratas se plantean diferentes soluciones ¿Cuál es la adecuada?

La intervención: Un grupo plantea que la solución es una intervención de nuestros militares. Nos sumaríamos a esta opción si percibiéramos que tiene una probabilidad razonable de que suceda. Cierto que grupos de oficiales con pundonor han manifestado su descontento, por lo que están presos o exiliados. Menos probable es una intervención de fuerzas extranjeras o de militares nuestros hoy exiliados. Desde que se creó el ejército profesional, ninguna invasión ha sido exitosa.

La insurrección popular: Otro grupo menciona que hay que crear una fuerza interna de ciudadanos dispuestos a rebelarse. Esta propuesta requiere poder de convocatoria, tiempo y mucho trabajo. Sus proponentes pueden intentarlo.

Hay cuatro grupos más, cada uno convencido de ser dueño de la verdad: el referendo revocatorio presidencial, la Asamblea Constituyente, elecciones adelantadas o esperar hasta el 2024. Oponerse a alguna de esas opciones es de necios. Lo procedente es evaluarlas.

El referendo: es muy atractivo. Se podría realizar este año y no requiere la unidad de la oposición. El escollo, y no es pequeño, es que el arbitrario reglamento aprobado por el CNE hace casi imposible convocarlo. Se requiere presión nacional e internacional para cambiarlo. Hay que intentarlo como medio de lucha y por aquello de que la peor diligencia es la que no se hace, pero sin frustrarnos si no se logra. Por otra parte, lo racional sería ir al referendo con un candidato presidencial seleccionado, ya que la elección sería a los 30 días. El problema es que quizá eso sea como alborotar un avispero.

La Asamblea Constituyente: También seduce. Amerita que los partidos de oposición se pongan de acuerdo para postular candidatos unitarios. Sus proponentes predicaron inicialmente que sería organizado por los ciudadanos. Conscientes de que el oficialismo no aceptaría el resultado, ahora predican que se realizaría a través de la ONU, organismo que tiene una estructura electoral. Suena acertado, pero para ello el régimen debe autorizar su ingreso a Venezuela y permitirle que organice la elección, lo cual no es concha de ajo.

Elecciones adelantadas: Ojalá, pero requiere implosión dentro del madurismo.

Esperar el 2024: Organizarnos, renovar la dirigencia y esperar hasta el 2024. Esta es la opción menos deseable. Cada día que pasa es de sufrimiento para los venezolanos. Sin embargo, a pesar del rechazo generalizado, está sobre la mesa.

Las opciones mencionadas son viables, unas más, otras menos. y podemos simpatizar con cualquiera, pero pareciera que las más requieren un acuerdo con el régimen para que puedan realizarse. Ante un totalitarismo, aderezado con otros ingredientes non sanctos, y que no está dispuesto a dejar el poder, no vale el argumento de que todas están en la Constitución.

¿Qué hacer? Una opción que vale la pena explorar es que nuestra dirigencia deje en hibernación o latencia a sus respectivos partidos, que se cohesione alrededor de la tarjeta de la unidad, firme un pacto de gobernabilidad por unos tres períodos presidenciales en los que presentarían un solo candidato con un programa mínimo de gobierno. Esto permitiría que renazca la confianza de los ciudadanos con la dirigencia. Tiene el peligro de que los activistas de los partidos no se motiven a luchar. No es fácil. Requiere liderazgo, patriotismo y visualizar que, si no se hace algo diferente, el régimen podría perpetuarse en el poder.

Es necesario crear un gran movimiento de ciudadanos identificados con sus dirigentes y dispuestos a presionar para que pueda darse cualquiera de las opciones. Además, hay que descartar la prédica de que no se puede ganar una elección y aceptar que lo que se requiere es unidad, buenos candidatos y testigos en todas las Mesas ¿Que el régimen dará zarpazos para desconocer el resultado? ¡Claro que sí! Por eso se requiere liderazgo y organización para contrarrestar los atropellos. En Barinas se pudo.

Como (había) en botica:

Entendamos que no se legitima a un usurpador por pagar los impuestos o por sacar un pasaporte, mucho menos por acudir a una elección, por intentar revocarlo o reconocer que es un presidente de facto.

Bravo por la valiente Tamara Sujú, tanto por su trabajo en la defensa de los derechos humanos, como al negarse a conciliar con el hijo de Maduro.

Acaba de cumplir cien años el distinguido poeta Luis Beltrán Mago. El apreciado bardo se mantiene en excelentes condiciones físicas y mentales. Todos los días escribe un soneto.

¡No más prisioneros políticos, ni exiliados!

eddiearamirez@hotmail.com

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Carlos Raúl Hernández

“Tienen miedo, porque le duele una muela y deben sacársela/ Se les quemó la sopa y quieren otra/ Su esposo es bajito y desea uno más alto/ Aquel piensa que su mujer es muy flaca y la quiere más voluptuosa/ A este le aprietan los zapatos, y los de su vecino le quedan bien/ Al poeta se le acabaron los versos y no se le ocurren nuevas imágenes/ Al pescador no le pican los peces/ Así se unen a la revolución/ porque la revolución les dará un pez, un poema, un nuevo par de zapatos una nueva esposa o esposo y la mejor sopa del mundo”... (En Marat-Sade de Peter Weis).

La pobreza no produce cambios políticos, sino gente afanada en conseguir alimentos para su familia. Esto lo tenía muy claro Jorge Giordani, pero no “el embajador” Gustavo Tarre. Con frecuencia menciono a Samuel Huntington, Crane Brinton, Gordon Tullock, quienes, entre otros, plantearon esa tesis que ilumina la ciencia política, desafortunadamente no muy conocida o entendida: las revoluciones, desde la americana, la francesa, la rusa (y ahora la chilena), nacen en períodos de crecimiento económico acelerado que derriba las barreras sociales y facilita a los revolucionarios hacer confluir los múltiples resentimientos de la condición humana con el fin de destruir la cohesión social. Chile superó los estragos de la pandemia y llegó a la exorbitante tasa de crecimiento de 17% en diciembre 2021 y 5.7% de inflación, esta última por efecto de retiros de ahorros aprobados por el Congreso, que dispararon la liquidez monetaria.


Una vida asegurada permite lanzarnos a manifestar en cueros a la calle, introducirnos objetos en el cuerpo, y quemar piras de televisores, teléfonos, sistemas de sonido, computadoras. Una inolvidable señora entrada en carnes y con su voluminosa desnudez pintada de verde, pedía constituyente porque en Chile había “una dictadura sexual” creada en la Concertación. No eran manifestaciones de madres famélicas o enfermos sin medicinas – tienen el mejor sistema de salud de la región- sino protestas ecológicas, culturales et.al., porque, como todo país desarrollado, Chile es de clases medias, y 70% de su población recibe ingresos de entre 600 y 725 dólares mensuales. Desde 2011, fecha de la emergencia política del hoy presidente Boric, se inició una ofensiva global de cientos de páginas Web, para desvalijar el llamado “modelo chileno”, oferta kapitalista.


El método, “buscar lo oculto” detrás de las cifras conocidas, usando para ello fake news, postverdades, con exitosos resultados políticos. El innombrable coeficiente de Gini, que compara el decil de menores ingresos con el decil de mayores ingresos, daría una sociedad “desigual”, aunque casi 80% de la población tenga ingresos de clases medias bien situadas. Según este “instrumento”, España, Italia, Australia, quedan par y par con Burkina Faso, Liberia y Uzbekistán. Los países más igualitarios del mundo serían Kazajistán, Azerbaiyán y Kirgistán. Dudo que semejante cosa sirva para algo. A pesar de “Gini”, Chile aparece entre los 25 “menos desiguales” (junto a Camerún y Venezuela) pero la señora pintada de verde habla de la horrenda desigualdad. Se escandalizan de que 20% de la población perciba 60% de los ingresos porque se imaginan unos cuantos jeques en Cadillacs de oro, pero la respuesta es mucho más simple.


Ese 20% son las grandes y medianas empresas que no es que “se quedan con la riqueza”, sino que la producen, y como sabe cualquier estudiante de economía, la distribuyen a través de salarios, capital variable (CV) inversiones en tecnología, instalaciones, capital fijo (CF) e impuestos en un país de inversión creciente (Chile tiene en treinta años un promedio de crecimiento por encima del mundial). 50% de la mano de obra percibe 560 dólares y otro 25% gana 730 dólares, largamente los salarios más altos de Latinoamérica. Lo dicho hasta ahora no significa necesariamente un pronóstico del club gato negro sobre el futuro del país de Pablo Neruda, Nicanor Parra y Gabriela Mistral. Los líderes del sistema político chileno se dejaron quitar el poder de las manos, porque, como en Venezuela y muchos otros países, no tuvieron capacidad política para responder al descrédito contra las instituciones que crearon ese nivel de vida desde la miseria anterior.


Gabriel Boric tiene en sus manos ahora el destino de los chilenos y “la historia no es previsible porque depende de la aleatoriedad y la voluntad de los protagonistas”, como demuestran muchos, entre ellos Humala. Rubricado por Michelle Bachelet y Ricardo Lagos, derrotó a un adocenado, mediocre y reaccionario candidato que pretendía ser el nuevo Paul Schafer de una especie de Colonia Dignidad. Los puntos principales de su agenda: la “constituyente”, la eliminación de los fondos de pensiones, el indigenismo anacrónico, son lo contrario de lo que necesitan para dar otro salto en su nivel de vida y desarrollo: estimular inversiones globales y locales en educación superior, y formar mano de obra en altas tecnologías. Pinochet implantó reformas económicas casi al mismo tiempo que Deng Xiao Ping en China y más tarde Bolivia. Lo afinaron, pulieron y mejoraron el Partido Socialista y la Democracia Cristiana en los treinta años de la Concertación, pero a diferencia, en un sistema constitucional de alternabilidad intachable. No fue la “extrema derecha” que dice la ignorancia.

@CarlosRaulHer

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Ismael Pérez Vigil

A la memoria de José Ignacio Rey, S.J., fallecido el 14 de enero de 2022, para quien: “Ser cristiano es renunciar al egoísmo y morir a sí mismo, por amor a los demás”. Descansa en paz, amigo y maestro.

Las lecciones a aprender de lo ocurrido en Barinas son bastante obvias y han sido resaltadas por una buena cantidad de analistas políticos y periodistas. Resumiendo las más importantes, y no aspiro a ser original en esto, es que el pueblo barines demostró sobradamente tres cosas: una, que es posible la vía electoral para obtener victorias que ayuden a recuperar poder y debilitar al régimen; dos, que la abstención a quién beneficia es al régimen, sobre todo, esa “abstención boba”, que nadie organiza ni le da contenido político; y tres, lo más importante, que la unidad es esencial para lograr los objetivos políticos en contra de este régimen de oprobio. Las victorias más importantes contra este régimen siempre han sido por la vía electoral, cuando se participa masivamente y de manera unida.

Quizás lo que valga la pena es resaltar algunas de las reacciones de los analistas políticos y comentaristas, sobre el tema, y sobre todo los riesgos y los peligros que podrían estar implícitos en lo ocurrido.

Lo lamentable de algunas posiciones radicales −y otras menos extremas, pero también radicales− que minimizan la importancia de lo ocurrido en Barinas y su significado, es que −además de la mezquindad− en el fondo son posiciones elitistas, que muestran un profundo menosprecio, desprecio, en la capacidad del pueblo para entender lo que ocurre políticamente en el país y cuál es su mejor opción para superar las crisis. El pueblo no es infalible, se equivoca en sus decisiones políticas −23 años de chavismo y lo que observamos en otros países de América Latina, así lo demuestran−; pero, de allí a pensar que cualquier gesto por librarse de ese error y amenaza es ignorancia o ingenuidad, es −como dije− un profundo prejuicio y menosprecio acerca de la capacidad popular por encontrar la salida a una situación que nos afecta a todos. Pero dejemos hasta aquí este tema, lamentable, y veamos algunos de los peligros que enfrentamos en la oposición, tras el triunfo electoral en Barinas.

El peligro fundamental, que ya hemos confrontado en pasadas ocasiones es el triunfalismo y lo que los especialistas en “mercadotecnia”, denominan la “extensión de la línea”, que llevándolo a la política es esa tendencia de querer extrapolar éxitos, indudables, pero parciales −en este caso locales− a otras áreas e instancias del país. De esta manera, ante la perspectiva que luce insoportable −y lo es− de aguantar hasta que se cumpla el cuestionado periodo presidencial, en 2024, no hay ninguna duda de la necesidad de buscar una vía para una salida a esta profunda crisis en la que nos consumimos, a este proceso de destrucción del país.

Surgen, de lo ocurrido el 21N en el país y el 9E en Barinas, dos posibilidades, una ineludible y otra inmediata. La ineludible es la necesidad de renovar la dirigencia política, los partidos y construir una organización popular vigorosa para resistir a la tiranía que nos agobia. La inmediata, que puede contribuir a la primera, es la opción del Referendo Revocatorio; opción que se abrió a partir del 10 de enero de este año, válida, a la mano e inobjetablemente constitucional, prevista en el artículo 72 de la Constitución. Además, es una opción que permite unificar a todo el país opositor, en un propósito único y compartido, sin disputas de liderazgo o de poder, pues no hay −al menos en lo inmediato− ningún cargo en juego.

Además, de que, bajo las propias reglas de la Constitución promovida por el régimen, se abre la posibilidad de revocarlo, qué duda cabe que la legitimidad del proceso electoral del año 2018 está en entredicho y que Nicolás Maduro ejerce la presidencia de hecho, con el apoyo de la fuerza armada y de las instituciones que controla. Asentados esos hechos básicos, hay que reconocer que la discusión de este tema es compleja y aun no se ha dado a fondo y porque el tema escapa a los aspectos meramente formales y jurídicos y se hunde en los políticos y estratégicos.

No basta que el RR sea una opción “constitucional” o suponer que será exitosa porque las encuestas muestran que el gobierno ha perdido una buena parte del apoyo popular; es necesario analizar el tema desde el punto de vista de la eficacia política. Y allí es donde hay que afinar el análisis de riesgos y dificultades. Como preludio de lo que será esta discusión, hay que decir que lograr un referendo revocatorio no es una tarea sencilla, libre de dificultades; el régimen pondrá todo tipo de obstáculos para impedir que se realice, pues de llevarse a acabo no está en juego una alcaldía o una gobernación, sino el núcleo mismo del poder.

Bien sabemos por las dos experiencias anteriores, que el gobierno se empleará a fondo para impedirlo o retrasarlo lo suficiente para que sus efectos sean nulos. En 2004 lo retrasaron un año, mientras el populismo demagógico de las llamadas “Misiones” le permitió a Chávez Frías recuperarse de la baja popularidad que el fracaso de su gestión comenzaba a mostrar. En 2016, el régimen de Nicolás Maduro, a través del TSJ y el CNE, organismos que controlaba y controla hoy, puso todo tipo de obstáculos y requisitos absurdos −contra la propia Constitución que ellos promovieron− para impedir que tan siquiera se pudieran recoger las firmas para activarlo y una vez que se dieron cuenta que nada impediría que se recogieran esas firmas, apelaron en varios Estados a jueces penales, incompetentes en la materia electoral, sin atribuciones para ello, para que detuvieran el proceso, en complicidad con el CNE; nada augura que ahora será distinto, sobre todo, porque el régimen está consciente de su falta de popularidad, del agotamiento de su “modelo económico” y que está frente a un peligro real de ser revocado por vía popular.

Además de los impedimentos, triquiñuelas y trampas que interpondrá el régimen, veamos algunos obstáculos reales, organizativos, a los que nos enfrentamos para activar un RR. Lo primero es que para activarlo es necesario reunir 4 millones 300 mil firmas, que son el 20% del actual registro electoral. Teóricamente es posible, pues en el último proceso electoral, el del 21N, que fue el más participativo desde el del año 2015, los votos por candidatos no oficialistas −que teóricamente serian votos a favor de un referendo revocatorio− fueron unos 4 millones 800 mil. Habría un margen de unas 500 mil firmas.

Pero hay una dificultad adicional, y es que −si no hay cambio en la legislación en la materia, cosa que no se prevé− ese 20% de firmas se debe recoger por Estado, y según las cifras del último proceso electoral, hay ocho Estados (Anzoátegui, Aragua, Carabobo, Cojedes, Delta Amacuro, Distrito Capital, La Guaira y Miranda) en donde el número de votos obtenidos por la opción no oficialista, fue inferior a ese 20%. Un solo ejemplo, en el Estado Barinas, con un proceso electoral reciente y exitoso, en donde participó más del 55% de los electores, es necesario recoger 121.528 firmas, lo que significa que el 70% de los que votaron por la oposición tendrían que firmar la solicitud del referendo. En esos ocho Estados donde la votación no oficialista no supera el 20% necesario para convocar el RR, ¿Estarían dispuestos los “chavistas” a firmar para lograrlo?, es de dudar.

Si no es fácil la tarea de recoger firmas para activar el revocatorio, después, lograr los votos suficientes para revocar el mandato, es también una tarea ciclópea. Si se logran superar todos los obstáculos que pondrán y reunir las firmas para activar el referendo, para que quede revocado el mandato implica reunir el día de la votación un voto más de los 6.245.862 que, según el CNE, obtuvo Nicolás Maduro en 2018 en su cuestionado proceso electoral.

Teóricamente, a favor de intentar el proceso está la alta votación opositora, en su evento más significativo, el de la elección de la AN de 2015, que superó los 7 millones de votos, por lo que se supone que habría votos suficientes para revocar el mandato presidencial; además porque el registro electoral, desde esa época hasta hoy, se ha incrementado en un 45%, y sabemos que esa cifra está subestimada, pues el proceso de inscripción solo se ha abierto en contadas y efímeras ocasiones; sin embargo, también desde esa época hemos tenido varios procesos electorales en donde la apatía electoral y la abstención han sido altas −en 2017, 2018, 2020 y 2021− y además tenemos una alta migración o éxodo hacia el exterior de venezolanos con derecho a voto, que algunos aseguran que pasa de los 4 millones, la mayoría opositores; en este momento quienes teóricamente podrían votar en el exterior, por estar inscritos, serían solo unos 107 mil electores. Lograr que se abra el registro en el exterior y que se habiliten centros de votación donde ejercer ese derecho, no será tarea sencilla y encontrará toda la resistencia del régimen, que es quien controla los recursos para hacerlo y que puede modificar la ley y el reglamento electoral para que sea posible.

Estamos frente a un verdadero dilema. Pedir a la población que espere al 2024 para sacar del poder al régimen de oprobio y seguir sufriendo las penurias actuales, es frustrante y desmoralizante; pero emprender la difícil vía del revocatorio, que de no lograr activarlo o de no conseguir la revocatoria del mandato, puede ser un revés político más frustrante y demoledor, sin especular acerca de la significación que pudiera tener sobre la “legitimación o deslegitimación” de Nicolas Maduro, el fracaso en un evento que pretendió revocarlo. De tomar la decisión de buscar la revocatoria del mandato, será necesario estar preparados para evitar frustraciones y decepciones en la población.

https://ismaelperezvigil.wordpress.com/

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Américo Martín

En 1950 culmino mis estudios de educación primaria. En septiembre de ese mismo año entraré al Liceo Andrés Bello, cuyo prestigio toca el cielo. Está a la altura y aún supera a los mejores planteles privados, en su mayoría religiosos: La Salle, San Ignacio, San José de Tarbes, el Colegio Alemán (más tarde Humboldt). La educación en institutos educativos oficiales era entonces excelente. Brillaban también el Fermín Toro, el Luis Ezpelosin, el de Aplicación y la estupenda Normal Miguel Antonio Caro, fuente de buenos maestros y de muy importantes líderes políticos y educacionales.

Era una educación de mucha calidad, democrática, civilista y participativa, que había sido fuertemente impulsada por los gobiernos de Medina y Betancourt. El presidente Medina concibió las Repúblicas Escolares y el de Betancourt las masificó.

El Liceo Andrés Bello era un punto luminoso en mi modesto barrio. El Colegio Los Caobos, el Santa Rosa de Lima, donde mi madre ha puesto a estudiar a la “Nena”, el Liceo Andrés Bello y la Escuela Experimental de Venezuela eran cuatro destacados centros de enseñanza ubicados en El Conde.

Pero todavía curso el primer año. Soy un “labista” de nuevo cuño. Encuentro a un “paisano” de la comunidad de El Conde, a quien conozco casi por referencias desde la infancia. En el liceo lo veo de nuevo. Estudia en la sección “A”. Nace entre nosotros una buena amistad que se solidificará andando el tiempo. Es Rómulo Henríquez.

Tiene fama de político, al igual que Alfredo Maneiro, mi antiguo y efímero condiscípulo margariteño del Colegio Los Caobos.

En el colegio no se hablaba de política; en el liceo, mucho. El coronel Carlos Delgado Chalbaud era el presidente de la Junta Militar que depuso a Gallegos.

Los adecos y los comunistas eran los más aguerridos contra los militares golpistas. Copei y URD conservaban estatus legal. Eso por cierto no les impedía ejercer la crítica contra el régimen militar.

Se organiza la plancha “Libre”. Maneiro es el candidato de los partidos ilegales, y aunque como ya he dicho era adeco de “respiración”, sufragué por el PAL, la plancha socialcristiana. Todo inducido por una compañera de sección que en medio de requiebros me arranca el voto. Al final para nada, porque la muchacha cargaba un novio y no tenía la intención de cambiarlo.

Lucho –mi padre– ha construido una amplia quinta en Altamira con un enorme jardín de grama natural a su lado. Ha puesto demasiado en esa obra, dirigida y supervisada en sus detalles por él. Pero no tiene mentalidad capitalista. Sólo aspira a repartir las casas a cada hijo, como ha prometido. Mientras tanto, lo indispensable para viajar con María. Lo demás, sobra y molesta. Su futuro se abre frente a sus ojos y guarda un milagroso parecido con el aventurero errar por el mundo que trajo a Venezuela la familia trashumante comandada por su padre, mi abuelo, el pater familiæ. Viajar y viajar hasta que el cuerpo aguante. Así eran los vikingos. Así era Lucho.

Me duele confesar que, llevado por la pasión revolucionaria, cometí el abuso inmerecido de convocar varias reuniones políticas no exentas de peligro en nuestra casa de Los Lagos. ¡Exponer a un hombre en cierto modo inocente como Lucho a una represalia inesperada, me asalta como un amargo recuerdo del ciego frenesí revolucionario que me embargaba!

Una de las reuniones fue particularmente delicada: el secretariado ampliado del MIR que en 1964 decidirá formalmente mover el partido a la guerra, se celebró en ese lugar. Mi padre, con su irrenunciable alma de anfitrión, nos hizo llegar unas cajas de cerveza fría. Solidario con su hijo, otra vez metido en la clandestinidad, construyó una cueva secreta en una parte baja de la ladera de la casa, al lado de donde había ubicado su extraño taller de trabajo. Pero nadie descubriría el refugio. Estaba mágicamente escondido en una habitación para huéspedes. Si se encendía una luz conectada con un switche arriba en la sala de la casa principal, yo me metía en mi cueva y allí ni el más hábil de los perseguidores podría haberme encontrado. Un señor que trabajaba para mi padre, hombre fornido como pocos, me dijo una vez:

Las cosas que el señor Martín hace son bien difíciles de desarmar.

¿Qué más puedo decir de ese personaje nada común, tan afectuoso con su familia y amigos y sobre todo tan responsable? Puedo agregar algo con la ayuda del poeta, pintor y narrador Francisco Massiani. El hombre era mago. Mago de trucos, por supuesto, aunque a veces podía uno preguntarse si lo eran de veras. En la tropilla dirigida por el pater familiæ en la ruta de Chile a Cumaná, predominaba un toque histriónico. Representaron obras teatrales o se retrataron como si lo hubieran hecho.

El mago Lucho hacía con las manos pases “magnéticos” que maravillaban hasta a los más escépticos. Ponía una caja de fósforos en el suelo y concentrando en ella la mirada movía misteriosamente las manos. Sin haberla tocado físicamente la caja se desplazaba ante el asombro colectivo.

Fuerza de voluntad, fuerza de voluntad repetía con grave voz, mientras el objeto se animaba.

Los presentes pasaban la mano para ver si había algún hilo minúsculo o si estaba moviendo el suelo, pero era inútil: no había conexión física entre el mago y la caja y en cuanto a mover el suelo, ni siquiera provocando un temblor de tierra.

Muchos años después, entre conversaciones sobre barcos, viajes, poesía, pintura, Piedra de Mar y tangencialmente la inefable política, Pancho y yo caemos en el tema de Lucho, a quien conoció cuando su padre Felipe Massiani y él viajaron con los míos en el barco inglés Reina del Pacífico. De Chile a Venezuela. Había caído Pérez Jiménez, mis padres deseaban abrazarme en libertad y Felipe y Pancho anhelaban regresar a respirar la democracia recuperada. Pancho recuerda las artes mágicas de Lucho. Las había presenciado durante la travesía, y me habla de sus frustrados intentos por descubrir el truco, si en realidad se tratara de trucos.

Movía con el pensamiento los objetos, me explica Pancho todavía intrigado, yo lo vi con mis propios ojos estando en el barco, in situ, hace más de cincuenta años.

-Después me encerraba en mi camarote para tratar de repetir aquello. Le daba, le daba, la cabeza comenzó a dolerme, y nada. ¡Nunca se supo cómo hacía eso!

Es cierto, nunca se supo y ahora, perdidos los detalles en el tiempo, menos se sabrá.

Twitter: @AmericoMartin

Américo Martín es abogado y escritor.

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