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Opinión

Luis Alberto Petit Guerra

Estas líneas no se escriben con algún criterio o sesgo ideológico, pues su autor es solo un profesor universitario, jamás militante en algún partido, abogado constitucionalista, ex juez civil-mercantil, y convencido “demócrata” para respetar la pluralidad de ideas y de convicciones. Tampoco estas líneas se escriben en defensa de alguna potencia extranjera, llámese EEUU, Rusia, China, Cuba, etc.; pues representan más bien breves apuntes en defensa de un país (plural) posible: llamado Venezuela, que pierde –o está perdiendo- su Estado social de derecho; en su maniquea “lectura” de que ello significa socialismo. Entonces no se complace a ningún bando ni intereses; se habla para intentar digerir un complejo proceso “leyendo” la Constitución.

Para entender cómo llegamos acá, debemos subrayar concretamente en clave “evolutiva” (o más involutiva) de que esto es la consecuencia de aquello. Históricamente nuestra democracia ha carecido de una sólida institucionalidad, con amplísimos niveles de corrupción y una clara intromisión de la política partidista en el sector justicia (1958-1998); pero es a partir de los últimos tiempos cuando se agravan las cosas (1999-2019), ampliando la corrupción y politizando más al poder judicial, pero peor: usando al poder judicial para fines “políticos”, como un brazo asociativo de una ideología y un sistema dominante. En consecuencia, con esta premisa se sabe que no es mi discurso en defensa del pasado ni del presente.

Es por esa condición que me urge explicar (a los europeos) que el Diputado Juan Guaidó, en su carácter de Presidente de la Asamblea nacional (único órgano de representación popular en donde reside la soberanía y el control político del resto de los poderes del Estado) «no se autoproclamó» presidente interino del poder Ejecutivo. Es consecuencia, de graves y especiales circunstancias que superan la normalidad “política”, cuando el Parlamento actuando con las competencias constitucionales, declara la usurpación del Poder ejecutivo de parte de Nicolás Maduro, en una nueva –e inédita- situación- que el propio sistema constitucional es capaz para responder si los actores se articulan como parece. Por consiguiente, Juan Guaidó solo «asumió» como Presidente (interino) del poder Ejecutivo juramentándose (como acto formal) en una Asamblea de ciudadanos en forma “pública” para llenar tal vacío. Asume el cargo (provisionalmente) ejerciendo así una competencia “exclusiva” en su rol de Presidente del parlamento, porque ningún otro poder del Estado tiene esa facultad (de representar y acompañar al Pueblo para desconocer un régimen que ha usurpado algún poder o que pretende dejar sin efecto la Constitución por cualquier tipo de acto).

En medio de la crisis más aguda de su historia, Venezuela colapsa como democracia, cuando tal crisis de carácter política, social, económica, moral, cultural; se convierte en una crisis humanitaria (que golpea a todos por igual y que hace que millones de compatriotas salgan del país: incluso caminando hacia las fronteras para no morir de hambre o por falta de medicinas). Se “enseñó” a que el “pueblo” padeciera graves carencias en los derechos mínimos vitales más básicos (el discurso oficialista insistía ¡no importa que andemos desnudos; no importa que no tengamos qué comer, lo que importa es la revolución¡). Entonces la «vida digna» como categoría constitucional habría perdido “vigencia” en el tiempo. Para el gobierno, esa dignidad es tener a un pueblo haciendo “filas” para recibir bolsas de comida (racionadas); acostumbrarlo a tener que madrugar también para cobrar una simple e ínfima pensión; cobrar bajísimos salarios; dar ciertos bonos y demás subvenciones siempre improductivas; no tener medicinas, ni servicios de sanidad; dar mala educación; prestar pésimos servicios de electricidad, agua, aseo; proveerles de una “vivienda” (en su posesión pero no en propiedad) siempre que sea fiel a su ideología. Para ejercer tal control “social”, había que idear los mecanismos para suspender disimuladamente (también la Constitución que ellos mismos promovieron) y es así cuando se suspende todo concurso público para ingresar a la administración pública (para crear un sólido sistema clientelar). Esto también explica el control (por vía de la sumisión) del resto de los poderes del Estado designando no a funcionarios autónomos e independientes (de carrera); sino a “militantes” de una tendencia ideológica absolutista, excluyente, sectaria (siendo suficiente la lealtad revolucionaria).

Este bizarro sistema empezaría sin embargo hacer metástasis. El argumento del régimen para anular las competencias del Parlamento (en manos de la oposición) empieza a descubrirse. Esta no es una conjetura, como “prueba” (en cuanto a la falta de autonomía e independencia judicial) la propia afirmación del antiguo ex diputado chavista, acérrimo defensor de la revolución; que cumpliendo funciones de magistrado de la Sala Electoral (al menos usaba una toga para parecerse como tal) y que actualmente en el “imperio” yankee por protección de asilo, reconoció públicamente que él se prestó al juego del gobierno con la inefable sentencia cautelar (que él no redactó, que lo llamaron para “firmar”) donde alevosamente “suspendía” la proclamación de los diputados indígenas; evitando que la oposición política por primera vez tuviera amplio control del Parlamento con mayoría calificada de las 2/3 que le hubiere permitido remover a todos los órganos del Estado (Defensor del Pueblo, Ministerio Público, Directores del Consejo Nacional Electoral con cargos vencidos y los Magistrados del TSJ. Esa “jugada” maestra (Machiavelo dixit), fue el pretexto de la Sala Constitucional (con la ya notoria falta de autonomía) para inventarse la tesis de que el Parlamento estaba en “desacato” por haber incorporado en su seno a dichos diputados (que además, ya habían sido proclamados paradójicamente días atrás por el mismo órgano electoral designado por el oficialismo). A partir de allí, ya no hay “caretas”. Según la justicia, todo acto del Parlamento no tenía efecto alguno, el parlamento no podía ni siquiera hacer control político; no podía interpelar ministros; no podía iniciar investigaciones, no podría impugnar los presupuestos que presentara el Ejecutivo; no podía oponerse a los endeudamientos del gobierno, etc.

Pero las cosas van cambiar. Ese pueblo que alguna vez fue el caudal electoral (y clientelar), había paulatinamente ejerciendo su derecho a protestar, a manifestar, a resistir para exigir cambios urgentes ante la precaria situación del drama humano. Para entender la motivación de estas protestas debe tenerse presente que son el resultado de amplio descontento, cuando se cierran todas las vías políticas de participar activa y pacíficamente (se niega referéndum revocatorio por parte de la justicia; se niega a partidos políticos a participar en ciertos eventos; se “duplican” los organismos paralelos allí donde la oposición ejerce control como sindicatos, gobernaciones y alcaldías; se persigue y encarcela a los líderes de la oposición política, se les encierra o se van al exilio). También la ciudadanía puso sus presos (que suman de miles) y sus muertos (que suman de cientos) todos por ejercer su derecho a manifestarse y protestar. Cada luto, cada lágrima sumaba de miles y se iban a multiplicar.

Este cuadro dantesco (¡con el perdón de Dante¡) no queda allí, porque cuando Venezuela se salió del sistema Interamericano de Derechos Humanos que reconoce la jurisdicción de la Corte Interamericana de DDHH y en paralelo había formalizado (también) la voluntad de salir del seno de la Organización de Estaos Americanos (OEA); al no contar con un poder judicial autónomo e independiente; a ese Pueblo venezolano solo le queda su natural y más sagrado derecho: “Artículo 350 Const. El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos”. Dada la suma de tantos factores como persistentes violaciones de los derechos humanos, sin debido proceso justo, sin cárceles humanizadas; sin jueces naturales, sin respeto a la libertad de expresión, sin respeto a la manifestación y la humillación de convertir a los ciudadanos en súbditos, las cosas estaban alineadas para una extraordinaria materialización de este desconocimiento. Se desarrolla en la práctica ese binomio de Pueblo- parlamento; primeramente, en cuanto al pueblo “físicamente” mediante los distintos hombres, mujeres, jóvenes, ancianos incluso algunos niños (en la calle) y, segundo, mediante el Parlamento (a través de la representación constitucional y plural de ese Pueblo, art. 201 Const) para juntos desconocer tal régimen. Pero, ¿cuáles son las implicaciones de esto? Implica entonces que no puede reconocerse los efectos al evento electoral de mayo de 2019 (la mal llamada elecciones presidenciales efectuadas sin las debidas garantías; convocada por la también írrita Asamblea Nacional Constituyente y ejecutadas por un órgano de notoria parcialidad “política” que es el Consejo Nacional Electoral) existiendo nulidad absoluta por consecuencia del art. 25 Constitucional. Como el anterior período presidencial del entonces presidente en funciones venció el 09 de enero de 2019, conforme al art. 231 Constitucional el nuevo Presidente del poder Ejecutivo (en teoría: sería aquel designado en unas elecciones libres, democráticas y participativas) para iniciar el nuevo período (2019-2014) y cuyo acto de juramentación debía hacerse ante la sede del Parlamento en fecha 10 de enero de 2019. En virtud de estas circunstancias especiales, el Parlamento (donde convergen todas las fuerzas políticas, de centro, de izquierdas, de derechas, etc.) y depositario auténtico del poder soberano de ese país plural republicano (único órgano de carácter representativo conforme art. 201 CRBV que no tiene algún otro de los poderes del Estado), ha venido ejecutando una serie de acciones excepcionales pero siempre dentro del marco constitucional para garantizar (precisamente) el restablecimiento a su vaciamiento material. Ejecutando a tales fines, la activación de las vías internacionales para dejar sin efecto la decisión “gubernativa” de sacar a Venezuela del seno de la OEA (cuyos efectos se materializan dentro de los dos años siguientes a su formal solicitud “oficial”) y demás actos para mantener el hilo constitucional respecto al “ejercicio” de las competencias del Poder Ejecutivo cuya autoridad ha sido declarada usurpada. Esta situación excepcional (de la usurpación del poder Ejecutivo declarado por el Parlamento) genera un vacío de los titulares del resto de los Poderes que debe inmediatamente ser resuelta por los mecanismos del sistema. En tal modo, establece el art. 333 Constitucional: “Esta Constitución no perderá su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella. En tal eventualidad, todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia”.

Ante tales efectos, a Juan Guaidó le corresponde ser Presidente (interino) por aplicación del art, 333 Const., para que “cese” la usurpación declarada por el único órgano con legitimación democrática y entonces, precisamente en garantía de aquella, deba éste llevar a cabo un proceso electoral libre para restablecer la poca institucionalidad que quedaba. Entonces, no ha habido tal auto proclamación de Juan Guaidó como señalan algunos medios pro oficialistas; porque siendo que es a éste a quien corresponde «asumir» la Presidencia en los casos –como el descrito- al no haber un Presidente legítimamente electo; el Pueblo (directamente) y a través del parlamento (indirectamente) ha decidido desconocer a aquel como la misma Constitución establece. Venezuela jamás ha importado Libertadores cuando hemos necesitado enfrentar la ignominia; esos libertadores ya están en las entrañas en ese Pueblo que se merece un mejor país; un mejor destino, una vida digna (realmente) sin manipulaciones enfermizas ni extremismos trasnochados. Nuestro ADN libertario vuelve a ponerse a prueba.

1 (i) Ex Juez Civil mediante concurso de oposición (Caracas); (ii) Doctor en Derecho Constitucional, Universidad de Sevilla (España), (iii) Máster en Derecho Constitucional, Universidad de Sevilla (España), (iv) Especialista en Derecho Procesal Constitucional, Universidad Monteávila (Venezuela); (v) Especialista en Derecho Procesal, Universidad Central de Venezuela, (vi) Investigador del programa de Doctorado en Derechos Fundamentales y Justicia Constitucional, Universidad de Pisa (Italia); (vii) publicaciones y/o conferencias en Argentina, Bélgica, Brasil, Canadá, Colombia, Costa Rica, Chile, España, Ecuador, Italia, México, Panamá, Perú, Paraguay, Uruguay, Vaticano, Venezuela. Correo electrónico: luispetitguerra@hotmail.com

 9 min


​José E. Rodríguez Rojas

En su reciente toma de posesión Nicolás Maduro hizo un balance de sus logros utilizando cifras manipuladas que no reflejaban la realidad del país. No abordó el tema económico. Un balance de su gestión en esta materia lo ubica como el presidente con el peor desempeño en el mundo, según la revista The Economist. Lo desastroso de su desempeño y la crisis generada han conducido a tensiones en el gobierno que pueden facilitar una transición, cosa que la gran mayoría de los venezolanos deseamos.

En su reciente toma de posesión Nicolás Maduro hizo un balance de los logros de su gestión como presidente. Este balance estuvo lleno de cifras manipuladas y no ajustadas a la realidad. Uno de los logros que mencionó fue el del aumento de la matrícula universitaria y la creación de seis nuevas universidades. Los que hacemos vida en las universidades sabemos que la realidad es otra. La matrícula de las universidades públicas ha disminuido abruptamente por la deserción estudiantil que se ha producido, entre otras razones debido a la emigración. Una elevada proporción de los estudiantes se ha incorporado a la masa de millones de venezolanos que huyen del infierno bolivariano. Se crean nuevas universidades cuando a las existentes se les asignan presupuestos insuficientes que les impide su normal funcionamiento. Los salarios de hambre que devengan los profesores los ha obligado a buscar ingresos complementarios que ha generado un ausentismo generalizado. Las renuncias de los docentes es cosa del día a día, que ha dejado cátedras y laboratorios al garete. Los robos de equipos y cables, aunado a los frecuentes cortes de luz completan un panorama que tiene a las instituciones universitarias cercanas al colapso.

En el balance de los logros de su gestión, Maduro no hizo referencia al tema económico y al desastre que ha generado su política económica. Esta tarea la emprendió la revista inglesa The Economist en uno de sus recientes números. Al analizar su desempeño en esta materia el semanario inglés califica a Maduro como el presidente con peor desempeño en el mundo. Por su incompetencia el ex sindicalista está estableciendo un record planetario. Su desempeño es peor que el del anciano Mugabe, presidente de Zimbawe, que ocasionó una de las peores crisis que enfrentó ese país pero tuvo la sensatez de corregir el camino andado, cosa que no ha hecho el mandatario local.

En el balance hecho por el semanario ingles se señala que el régimen de Maduro, para pagar la deuda externa, redujo las importaciones lo que devino en escasez y hambre. Imprimió dinero para financiar el elevado déficit presupuestario. Ambas decisiones impulsaron la inflación la cual probablemente alcance el millón por ciento en el año 2108. La asignación de dólares preferenciales para las importaciones esenciales fue discrecional favoreciendo a empresarios leales que se enriquecieron. El valor del bolívar en el mercado negro colapsó. Durante el gobierno de Maduro la producción se ha reducido abruptamente lo cual se refleja en la contracción del PIB a la mitad.

El ex sindicalista devenido en presidente, respondió a la crisis con medidas incompletas, como una inadecuada devaluación del bolívar oficial o políticas que han empeorado las cosas, como el control de precios. En la medida que las reservas internacionales colapsaron èl gobernante venezolano generó un default parcial de la deuda externa de PDVSA y la República. Evitó el default total hipotecando los campos petroleros de gas y extracción de oro a las empresas públicas de Rusia y China. En agosto del año pasado Maduro realizó una reconversión monetaria que le redujo cinco ceros a la moneda, creando una nueva moneda “el bolívar soberano”. Pero sin ninguna medida adicional que aliviara el déficit y la escasez, la nueva moneda perdió el 95% de su valor contra el dólar.

Incluso si el precio del petróleo se incrementara es poco probable que Venezuela se beneficie. Ello ocurre porque el gobierno ha destruido a PDVSA. Por un lado PDVSA debe financiar programas sociales, adicionalmente a ello suministra gasolina a los venezolanos casi gratis. Envía petróleo con descuento a los países amigos como Cuba. La inversión y la exploración han disminuido. El deterioro de PDVSA se ha acelerado con Maduro, quien designó como presidente de la empresa a un general sin ninguna experiencia en la industria petrolera. En estos momentos cuando el país enfrenta un default parcial de su deuda, Venezuela produce menos petróleo que en la década de 1950. La producción per cápita se ubica a niveles de la década de 1920, cuando se inició la explotación petrolera.

La consecuencia de todo esto es la miseria y el deterioro de la calidad de vida. Se ha agudizado el deterioro de los servicios eléctricos y de agua potable, debido a la corrupción, la desinversión y el ausentismo de los trabajadores que no pueden vivir de sus salarios y deben rebuscarse. La violencia se ha disparado y los servicios de salud se han deteriorado bordeando el colapso. Cerca de tres millones de venezolanos han emigrado y es probable que en el futuro inmediato lo hagan cinco millones más, dependiendo de lo que suceda con el ingreso perolero y las remesas. Millones de venezolanos se preguntan en los actuales momentos si se van o permanecerán en el país. Esta decisión depende de la evolución de la situación económica del país en el futuro inmediato. Lo cual nos lleva a otra pregunta: ¿Cuánto tiempo más podrá el gobierno de Maduro resistir las presiones internas y externas?

Por un lado, el llamado Grupo de Lima se ha alineado con el presidente de la Asamblea Nacional reconociéndolo como la única autoridad legítima en el país. En este sentido Juan Guaidó se perfila como la cabeza del cambio en Venezuela según Luis Vicente León de Datanálisis. Sin embargo, según León, la mayor amenaza a la permanencia de Maduro en el poder proviene de sus propias filas. La deserción en el chavismo supone un enorme peligro. Algunos sectores del gobierno temen quedar atrapados en Venezuela cuando se produzca un repentino cambio en el poder. Ellos podrían estar tentados a negociar un acuerdo con la oposición dirigido a la creación de un gobierno de transición. Las tensiones en el gobierno entre dos fracciones, una inclinada a negociar y otra resistente a ello, puede generar una implosión en el gobierno. De ser esto verdad, es probable que en la actual coyuntura la fracción inclinada a negociar se imponga y facilite la concreción de un gobierno de transición que nos conduzca a unas elecciones libres y competitivas.

Referencia: The Economist. 2019. Maduro digs in for another six year term. Enero 10.

Profesor UCV

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Durante la marcha convocada el 23 de enero, el presidente de la Asamblea Nacional, Juan Guaidó, juró asumir “formalmente las competencias del Ejecutivo Nacional como el presidente encargado de Venezuela para lograr el cese de la usurpación, un gobierno de transición y tener elecciones libres”.

Algunos medios han considerado que Guaidó se autoproclamó. Sin embargo, y de acuerdo a la Constitución, no es posible hablar de autoproclamación en este caso.

Así, se entiende como autoproclamación cuando una persona asume el ejercicio de determinado cargo por su propia voluntad, sin contar con la autoridad legal para actuar de esa manera. En otras palabras: cuando toma el poder por sus propias manos y no en virtud de un título jurídico legítimo.

A partir del concepto de autoproclamación, si Guaidó hubiese asumido el título de presidente encargado por voluntad propia, debería entonces hablarse de autoproclamación. Por el contrario, si obró con la autoridad legal requerida, entonces no cabría hablar de autoproclamación.

Desde el punto de vista jurídico, la proclamación de Guaidó se realiza en virtud de lo dispuesto en el artículo 233 de la Constitución. Así, de acuerdo con la interpretación de ese artículo, si para el momento en el cual inició el período presidencial el pasado 10 de enero no hay presidente electo, el presidente de la Asamblea Nacional se encarga de la Presidencia de la República hasta que se convoque a elecciones libres y transparentes.

Al haber establecido la Asamblea que el evento del 20 de mayo no puede ser reconocido como una elección libre y transparente, y que Nicolás Maduro estaba usurpando el cargo de presidente de la República desde el 10 de enero, día en el cual finalizó el período presidencial 2013-2019, e inició el nuevo período presidencial 2019-2025, no habría entonces presidente electo.

Ante esta situación, el artículo 233 de la Constitución otorga a Guaidó, como presidente de la Asamblea Nacional, la autoridad para encargarse de la Presidencia de la República. No obstante, como la Presidencia de la República está siendo usurpada –situación no prevista en el citado artículo 233– entonces, la Asamblea Nacional debe adoptar todas las medidas necesarias para restablecer el orden constitucional y hacer cesar lo que considera una usurpación, con fundamento en los artículos 333 y 350 de la Constitución.

En conclusión: Guaidó no se autoproclamó como presidente. Por el contrario, en su declaración del 23 de enero ratificó el cumplimiento del deber que le impone el artículo 233 de la Constitución, a saber, encargarse de la Presidencia de la República, dado que no hay en Venezuela un presidente electo. Para garantizar el ejercicio efectivo de la Presidencia, la Asamblea Nacional –como única autoridad electa en Venezuela– deberá dictar todas las medidas que aseguren el cese de la usurpación de la Presidencia.

¿Y la juramentación?

Explicado lo anterior, nos preguntamos por qué Guaidó prestó juramento en medio de una manifestación.

Como dije, el artículo 233 de la Constitución le atribuye al presidente de la Asamblea Nacional la autoridad para encargarse temporalmente de la Presidencia de la República en una situación excepcional (ausencia del presidente electo para el día inicio del período presidencial). Esa autoridad aplica de pleno Derecho, es decir, no es necesario cumplir ninguna formalidad, pues solo esto garantiza que, al menos en el plano jurídico, exista continuidad administrativa.

Luego, en estricto sentido constitucional, Guaidó es titular interino de la Presidencia de la República desde las 12 de la noche del día 11 de enero, vale decir, en el preciso instante en el que expiró el período 2013-2019.

Sin embargo, a pesar de ser titular, no se encuentra en plena posesión, pues la Asamblea Nacional considera el cargo actualmente usurpado. Es por esto que, desde el propio 10 de enero, la Asamblea Nacional asumió el compromiso de dictar todas las medidas necesarias para hacer cesar la usurpación, tal y como fue decidido en los Acuerdos del 15 y del 22 de enero.

Por todo lo anterior, la Asamblea Nacional dispuso la posibilidad de asumir progresivamente algunas de las competencias de la Presidencia, como en concreto sucede con el manejo de las relaciones internacionales, especialmente luego de que diversos Estados reconocieran a Guaidó como presidente encargado de Venezuela.

Debe entonces concluirse que el 23 de enero, Guaidó ratificó su decisión de dar cumplimiento al mandato que le otorga el artículo 233 de la Constitución, ante un cabildo abierto –figura reconocida en el artículo 70 constitucional como mecanismo de participación ciudadana–.

Pero insisto: eso no significa que Guaidó se autoproclamó o se autojuramentó. En realidad, el presidente de la Asamblea Nacional ratificó expresamente su voluntad de cumplir lo que la Constitución de Venezuela le impone, a saber, asumir la titularidad del cargo de presidente encargado, siempre de acuerdo con las decisiones que dicte la Asamblea Nacional para asegurar el cese de la usurpación.

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La Sala Constitucional (SC) del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratificó con la sentencia n.° 4 de 2019 la inconstitucionalidad de las actuaciones del Poder Legislativo Nacional, ya declarada en múltiples sentencias desde 2016. Además, acusó a la Asamblea Nacional (AN) de usurpación de funciones del Ejecutivo al nombrar a un representante ante la Organización de Estados Americanos (OEA) y declaró nuevamente su desacato, exhortando como ya lo hizo en su sentencia n.° 3, al Ministerio Público (MP) para que proceda, “de manera inmediata”, a determinar su responsabilidad penal.

Al respecto, aclaramos que la SC se pronunció nuevamente de oficio, como ya lo hizo en su tercera sentencia del año, en la que desconoció a la directiva de la AN, sus actos y remitió la sentencia al MP para que estableciera su responsabilidad penal por el “acto de fuerza” en el que incurrió, constituido por el acuerdo de usurpación de la presidencia por parte de Nicolás Maduro.

Sobre ambas sentencias hay que advertir que la Constitución en su artículo 334 establece que “en caso de incompatibilidad entre esta Constitución y una ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales, correspondiendo a los tribunales en cualquier causa, aún de oficio, decidir lo conducente”, es decir, está claro que para que pueda haber una actuación de oficio del juez debe haber una causa (juicio o proceso) abierta, por tanto, la causa no puede ser iniciada por el propio juez, como hizo en cambio la SC en los casos de las sentencias 3 y 4.

Esto es así porque el juez por la naturaleza de sus funciones, como se desprende de los principios de independencia judicial de la Organización de Naciones Unidas (ONU) (ver especialmente el capítulo sobre Independencia judicial y sus artículos 3 y 5), no puede conocer de un caso, sino “una cuestión que le haya sido sometida”, ya que ello da pie a la politización de la justicia y a desvirtuar su rol esencial, que es el de dirimir un conflicto entre partes y controlar el poder.

No obstante esto, el artículo 89 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (LOTSJ), señala que el máximo tribunal del país puede actuar aun de oficio (sin aclarar que es en el marco de un juicio, lo que lo hace inconstitucional). Sin embargo, incluso según esa norma, el TSJ actuaría de tal manera sólo conforme a lo previsto en la ley, y en este sentido, el artículo 25 numeral 6 regula esta actuación, pero en un supuesto que nada tiene que ver con el de las sentencias arriba citadas.

Así pues, incluso en esas normas legales inconstitucionales, el legislador prevé que la actuación de oficio sea algo excepcional y esté debidamente reglada.

La reciente decisión de la SC resulta cuestionable, no sólo porque el juez actúa sin tener la competencia legal para ello, incluso conforme a una ley como LOTSJ, que como Acceso a la Justicia ha explicado es inconstitucional en gran medida, lo que demuestra su carácter politizado, sino también porque desde un punto de vista jurídico formal incumple con la estructura mínima de una sentencia de acuerdo al artículo 243 del Código de Procedimiento Civil (narrativa, motiva y dispositiva), por las siguientes razones:

1. Carece de narrativa (el recuento de los hechos que dieron lugar a la apertura del proceso y la descripción de este), pues omite los hechos ocurridos –lo que es obvio porque no los hubo–, y de allí el pronunciamiento de oficio, ya que no hubo demanda, ni contradictorio, ni juicio alguno.

2. La parte motiva (explicación de las razones por las cuales se toma la decisión) sólo queda expresada por el reenvío que hace respecto a otros fallos de la SC contra la AN.

3. La parte dispositiva (la decisión sobre el caso) resulta incongruente, porque no define cuál es el problema que se discute pero que, según la SC, ha resuelto al declarar la nulidad de los actos del órgano legislativo, ordenando al MP que realice las investigaciones pertinentes para determinar la responsabilidad penal de los miembros de la AN por violación al texto constitucional y por la ruptura de la forma de gobierno y de Estado constitucionales.

A partir de lo antes expuesto y la evidente ilegitimidad e ilegalidad con la que actúa el TSJ desde hace tiempo, en especial desde diciembre de 2015, sólo resta calificar a la sentencia como un acto carente de validez jurídica absoluta.

En cuanto al tema de fondo de la sentencia, que consiste en declarar nulo el acuerdo de la AN por la usurpación de las funciones del Ejecutivo Nacional al nombrar a un “representante especial” ante la Organización de Estados Americanos (OEA), siendo que el presidente de la República es quien, según la Constitución, puede designar a diplomáticos, está claro que Maduro en la actualidad no es presidente ya que nunca fue electo, aunque el TSJ se empeñe en decir que sí, al no haber habido una elección en la fecha constitucionalmente establecida, ni haberse dado luego (en mayo de 2018) con las mínimas condiciones conforme a la ley de la materia.

Sin embargo, debe señalarse que, ante la situación de ilegitimidad en la que se encuentra el Poder Ejecutivo a través del gobierno de facto de Nicolás Maduro, resulta falaz la tesis del TSJ de la “usurpación de funciones” por parte de la AN, cuando existe una ausencia absoluta de los presupuestos jurídicos básicos para que pueda configurarse este vicio o irregularidad constitucional, por carecer de investidura pública la persona que actúa como tal, es decir, como funcionario del Estado.

Por ello, mal puede argüir la SC la comisión de la usurpación de funciones por parte del órgano parlamentario, sobre todo cuando es el órgano a quien le corresponde constitucionalmente rescatar la ruptura del hilo constitucional y democrático del país, conforme a lo dispuesto en el artículo 233 de la Carta venezolana.

¿Y a ti venezolano, cómo te afecta?

La última sentencia de la SC deriva de su afán de seguir manteniendo el maquillaje democrático que dice tener su laboriosa función judicial, pero para defender un régimen inconstitucional, que además ahora es completamente ilegítimo, ya que todos sus poderes, salvo el legislativo, lo son.

La sentencia n.° 4 pretende invalidar una vez más a la AN por medio de actos que quiere hacer parecer como sentencias, pero que no cumplen ni con los requisitos mínimos de un acto de tal importancia jurídica, y sobre la base del caduco argumento del “desacato”, clave para la profundización de la grave crisis institucional que vive el país al eliminar todo control que en una democracia debe tener el Poder Ejecutivo, y transformarlo en un poder absoluto, de hecho y autoritario. Ello ha llevado al país a un quiebre institucional sin precedentes, que ha dejado a la población sin siquiera un mínimo acceso a la justicia, sin medios para hacer efectivos sus derechos, hoy en día vulnerados o anulados por el poder.

Enlace a la nota: https://goo.gl/UthapC

 5 min


Jesús Seguías

Micro Análisis

1. Hoy, 23 de enero, se dio en toda Venezuela la mayor movilización de masas de todos los tiempos. Antes habíamos visto mayores movilizaciones en Caracas más no así en el resto del país. Hoy vimos a un país entero expresándose con indignación.

2. El rechazo al gobierno de Nicolás Maduro hizo posible que chavistas y opositores salieran agarrados de la mano a decir “basta ya”. Una consigna central lo resume todo: “No quiero bonos, no quiero (cajas de comida) CLAP, lo que yo quiero es que se vaya Nicolás”. Hasta los policías del Estado Carabobo, dirigida por un chavista, se plegó a los manifestantes. Igual están haciendo militares que ya no quieren reprimir.

3. Este poder de convocatoria tan gigantesco por sí solo fue la mayor victoria de hoy, independientemente de la decisión de Juan Guaidó de juramentarse como presidente interino. Fue el primer ensayo masivo de sinergia entre opositores y chavistas de base, lo cual es un golpe político de inmensa envergadura para el gobierno. Es el nuevo mapa político de Venezuela.

4. La jura de Juan Guaidó (la cual llenó de alegría y esperanzas a la mayoría de los venezolanos) sorprendió a casi todos los demás factores de la oposición. Ni Primero Justicia (excepto Borges), ni AD, ni Un Nuevo Tiempo, ni AP, ni muchos otros sabían de este golpe de timón.

5. El acuerdo opositor era seguir unidos y dejar unos días más para continuar presionando y haciendo valer las fortalezas de la oposición (Comunidad Internacional, Asamblea Nacional y ahora el poder de movilización de calle) ante un gobierno muy debilitado y con inmensas fisuras internas.

6. El objetivo era forzar a una salida negociada y evitar la guerra. Pero Guaidó compró la tesis de María Corina Machado, López, Borges, Ledezma, Arria y tantos otros. Pero también es la tesis de Estados Unidos y el grupo de Lima. Y esto es mucho decir.

7. Una vez más la oposición unida es sorprendida por “hechos cumplidos” de algunos de sus dirigentes, obligando a todos los demás a plegarse para evitar costos políticos. Hasta ahora todos esos hechos cumplidos han terminado en fracaso. No sabemos si el de hoy tendrá el mismo destino. Pareciera que no. Las condiciones son diferentes. Hay que esperar 72 horas.

8. Antes de la jura de Guaidó, el TSJ que opera en Venezuela decide exhortar a las autoridades competentes a aplicar la ley a los diputados de la AN. Es decir, encarcelarlos. Posiblemente estaban al tanto de la decisión que ya había tomado desde el día anterior Guaidó y decidieron pasar al contra ataque. ¿Tendrán fuerza para hacerlo?

9. Ya todo cambió en Venezuela a partir de hoy 23 de enero. Entramos en la fase más dura de la confrontación que ha marcado al país durante 20 años.

10. Ahora el juego queda en manos de los militares venezolanos y/o de los militares extranjeros.

11. Una vez auto juramentado Guaidó, Estados Unidos (en una acción sincronizada previamente) desconoce a Nicolás Maduro como Presidente de la República y reconoce a Guaidó como presidente transitorio.

12. Como respuesta Maduro rompe relaciones con USA y da 72 horas para que todo el personal diplomático estadounidense abandone el país.

13. Si el personal diplomático USA abandona el territorio de Venezuela está reconociendo de hecho el mandato de Maduro.

14. Si en las próximas 72 horas los estadounidenses no abandonan el país (porque el único que lo puede solicitar sería el presidente reconocido por Washington, es decir, Juan Guaidó), ¿se atreverá Nicolás Maduro a expulsarlos por la fuerza o a bloquearlos como hicieron los seguidores de Jomeini contra la embajada de USA en Teherán? Si no lo hacen, estarán demostrando entonces que ya perdieron el poder. Y si lo hacen, entonces Estados Unidos se verá obligado a enviar a sus tropas a Venezuela, lo cual tampoco es una decisión fácil por las implicaciones que conlleva.

15. Sin duda, lo gobiernos de Trump y Maduro están frente a dilemas de alto calibre. ¿Ambos habrán pensado bien las decisiones que acaban de tomar? Más aún, ¿están dispuestos a llegar hasta las últimas consecuencias?

16. Algunas frases disparadas por Diosdado Cabello y Nicolás Maduro hoy revelan mucha inseguridad sobre su futuro. Están conminando a los que vienen detrás que se hagan cargo si algo les pasara. Por algo lo dicen.

17. La gran incógnita: ¿los militares venezolanos de las FANB (porque hay paramilitares también) estarán dispuestos a inmolarse por Nicolás Maduro en una confrontación bélica con la mayor potencia del mundo? Pero además, ¿tienen poder y organización para operar hoy día con espíritu de cuerpo, inclusive para exigir la renuncia de Maduro? ¿O entrarán en desbandada? ¿Quién se hará cargo de la seguridad interna en el país? Lo dejamos hasta aquí por ahora...

18. Las próximas 72 horas serán las más largas de los últimos tiempos.

@jesusSeguias

www.GerenciaPolitica

23 de enero de 2019

 3 min


Daniel Gómez

Paolo Giordano, economista principal de Integración y Comercio del BID, dice a Alnavio que “24% de las exportaciones venezolanas entre enero y agosto de 2018 se destinaron a los Emiratos Árabes”. No pudo precisar el contenido de las ventas, pero hay un antecedente. En 2017 los Emiratos Árabes compraron 1.030 millones de dólares de oro venezolano, según la ONU.

Con las ventas en el extranjero de Venezuela desplomándose hasta en China, hay un dato que sorprende. “24% de las exportaciones venezolanas entre enero y agosto de 2018 se destinaron a los Emiratos Árabes Unidos, casi siete veces más de lo que se exportó en 2017”.

Lo dice a ALnavío Paolo Giordano, economista principal de Integración y Comercio del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), y responsable del último informe sobre exportaciones de la entidad.

Giordano recuerda que, por falta de información oficial (el Banco Central de Venezuela no presenta informes desde 2015), “las exportaciones totales del país son estimadas” y no cuentan con “datos disgregados”.

Entonces, para proyectar la información, el BID se remite a las importaciones que reportan los países al Fondo Monetario Internacional (FMI) y luego lo complementa con los datos de precios y producción de petróleo de la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP).

Cabe decir que esto no va de petróleo. Emiratos Árabes, conformado por los emiratos de Abu Dabi, Ajmán, Dubái, Fuyaira, Ras al-Jaima, Sarja y Umm al-Qaywayn, es un Estado rico en reservas de hidrocarburos, por lo que no necesita el oro negro. Necesita el otro oro.

¿Relaciones bañadas en oro?

El pasado noviembre, la agencia Redd Latam, citando datos de las Naciones Unidas, informó que Venezuela vendió a Emiratos Árabes 1.030 millones de dólares en oro en 2017 después de años sin apenas relación comercial.

“24% de las exportaciones venezolanas entre enero y agosto de 2018 se destinaron a los Emiratos Árabes Unidos, casi siete veces más de lo que se exportó en 2017”

El BID reitera que no posee datos desagregados, pero todo indica que esta relación siguió fortaleciéndose con envíos de oro. Aquí cobra relieve la denuncia que hizo en marzo de 2018 el periodista Javier Ignacio Mayorca, del Observatorio Venezolano del Crimen Organizado.

Ese mismo mes, en la noche del miércoles 28, efectivos de la Fuerza Armada Nacional trasladaron, en 57 cajas, 2,1 toneladas de oro del Banco Central al Aeropuerto Internacional de Maiquetía para un vuelo especial hacia Emiratos Árabes. ¿Será ese el oro que disparó las exportaciones?

De lo que sí hay datos oficiales, disgregados y reportados hasta por el gobierno de Nicolás Maduro, es de su relación comercial con Turquía, país que en 2018 recibió 779 millones de dólares en oro venezolano.

Las relaciones entre Turquía y Venezuela están bañadas en oro

Venezuela, cuya producción petrolera está colapsada, no tiene qué exportar. De ahí que las ventas hacia Suramérica cayeran 64,5% en 2018. Hacia el total de Latinoamérica y el Caribe, 48,7%. Hacia Estados Unidos, 30%. Hacia la Unión Europea, 36%. Hacia Asia, 19,5%. Y hacia China, 18%. Todo esto según el informe del BID y Giordano.

La vía de escape para captar divisas está siendo el oro. Oro que en 2011 el expresidente Hugo Chávez nacionalizó y depositó en el Banco Central. Entonces las reservas eran de 350 toneladas y hoy, según denuncia la oposición, corren el riesgo de desaparecer. En este sentido, los últimos datos vienen de un informe del FMI del pasado mayo. Este dice que, en enero de 2018, las reservas de oro venezolano eran de 150,2 toneladas.

ALnavío

Miércoles 16 de enero de 2019

https://alnavio.com/noticia/16826/economia/a-que-se-debe-el-boom-de-las-...

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Con voz propia

Nuestra historia que prodigó valientes y pulcros hijos, como el Simón Bolívar que además de su Patria Venezuela fue el Libertador de la Bolivia que fundó, Ecuador, Colombia y Perú, hoy está subyugada por inescrupulosos militares que usurpando su venerable nombre, implantan la peor dictadura, como la que padecemos.

Militares han sido los 140 que nos han gobernados en los 207 años de vida republicana, frente a solo 30 civiles, que alcanzaron los 40 años continuos de la Democracia reconquistada el histórico 23 de Enero de 1958 e interrumpidos por la avidez castrenses de perpetuarse en el Poder. Honor a esos insignes entre quienes resalta el prestigioso rector de la UCV José María Vargas primer gobernante civil del país.

Sin desestimar el resto de valientes defensores de la libertad, agreguemos los nombres de los iniciales Presidentes elegidos por votación directa, universal y secreta: Manuel Felipe de Tovar y Rómulo Gallegos, el primero del siglo XIX y el segundo en el XX.

Militares fueron los de la lucha por emancipación, tal es el caso de Juan de Escalona, capitán del Batallón Veterano quien ocupó la Presidencia del triunvirato designado por el Congreso Nacional el 5 de marzo de 1811. Lo encabezaba el jurista civil Cristóbal de Mendoza, pero entonces se encontraba en Barinas y asumió una semana después.

El Precursor Francisco de Miranda siendo Presidente de los Estados de Venezuela recibió por decreto del Triunvirato ejecutivo del 23 de abril de 1812, con el rango de Generalísimo, el cargo de Dictador Plenipotenciario.

Recurridas contra la dictadura son las expresiones de Simón Bolívar, quien ejerció la Presidencia en cuatro períodos. En orden cronológico, algunos de sus mensajes:

"Huid del país donde uno solo ejerce todos los poderes: es un país de esclavos”; Más cuesta mantener el equilibrio de la libertad que soportar el peso de la tiranía. La dictadura fue consecuencia de la necesidad de mantener unida la Gran Colombia.

Hace 61 años se manifestó la dignidad de las Fuerzas Armadas que también la institucionalidad lucha por recuperar con el derribo de la dictadura del General Marcos Pérez Jiménez, impuesta ante el fraude plebiscitario al desconocer Asamblea Constituyente de Oposición.

Tal nobleza se concretó en la Junta Cívico-Militar de Gobierno que presidió el Contralmirante Wolfgang Larrazábal, Comandante de la Marina secundado por las FAN en general.

Como en tiempos inmediatos a la gloriosa invocación del institucionalizado Día Nacional de la Democracia, este 23 de Enero es conmemorado. La cúpula de la FAN, denominación actual en singular, rechaza y reprime con violencia tal lo hizo en algunas zonas, entre ellas la de Maracay. Una vez más revela la mencionada cúpula su vinculación directa con el castro comunismo cubano. En la apertura de su discurso del acto para enfrentar las marchas de Oposición, el vocero oficial ideólogo teniente Diosdado Cabello, lo inició con un mensaje de salutación a la memoria del comandante en jefe Fidel Castro Ruz.

Para infortunio de venezolanos defensores de los derechos humanos, este régimen militar supera en saldo de represión a la deplorable dictadura perezjimenista. Asesinatos de actores políticos, presos incluida una significativa cifra de efectivos militares, bestiales torturas que hacen llamar SN, siglas de la criminal seguridad Nacional, al Sebin (servicio de inteligencia), enjuiciados, exiliados, inhabilitación de partidos políticos. Y ni se diga de la narcorrupción a la cual ha degenerado el absolutista régimen castrista.

Con la sana intención de reflexión, hemos reseñado sobre quienes nos han gobernado y lo que aún lo están haciendo.

Al MARGEN. Navegando entre dos aguas, remando con proa al presidente en el mundo calificado de usurpador e ilegitimo, están partidos que se dan de tercera fuerza. Vergüenza da negativa a participar en cabildos abiertos y sobre todo marcha del 23 enero. jordanalberto18@yahoo.com

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