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Opinión

Hace tiempo secuestraron la estatua de Colón del Paseo de su nombre en Caracas. Ya tendrá en el futuro un mejor monumento. Los mentecatos que lo hicieron dejaron su credencial de tales y hubieran querido arrestarlo, patearlo, arrojarle orine, pero como no pueden, se desquitan con vecinos que salen a manifestar. No merece maltratos el Almirante que realizó la más grande hazaña de la Humanidad, por encima de Alejandro, Aníbal, Julio César, Carlo Magno, Genghis Kahn: descubrir, conquistar y colonizar el Nuevo Mundo e incorporarlo a la Historia y la civilización. En Buenos Aires atontada por la mefítica atmósfera anticultural del kirchnerismo, degradaron a Colón de la Casa Rosada para arrumarlo en una caja en la Costanera Norte, donde espera justicia. Doble farsa porque los argentinos son los latinoamericanos que más presumen de apellidos europeos. La izquierda planetaria tuvo hace varias décadas un grave retroceso intelectual y cultural al siglo XVIII.
Con la aparición de los hippies, el regreso “a la naturaleza”, la increpación de la sociedad moderna, el ancentralismo, lo deseable, lo programáticamente revolucionario pasa a ser el subdesarrollo, el atraso, el primitivismo, la negación de Occidente. Por eso ridiculeces tales como el día de la resistencia indígena –si las abuelas se hubieran resistido a los abuelos, no estaríamos aquí– y los no descubiertos, enemigos personales de Don Cristóbal. Luego vinieron las bandas criminales Sendero Luminoso y Tupac Amarú disfrazadas de indigenistas, y más tarde la revolución bolivariana. La fuente manaba de los Jemeres Rojos de Cambodia, que ajusticiaban a quien usara lentes, hablara lenguas extranjeras, no tuviera cayos en las manos, o supiera leer, y sentenciaban corrupto al que vivía en ciudades. El documento fundacional del Foro de Sao Paulo es testimonio perfecto del anacronismo intelectual y político, apología del atraso, manifiesto reaccionario, culto al pasado.
La cultura para la pobreza
Como el grueso de los inventos del zurdismo trasnochado, cuando salen de los laboratorios académicos se convierten en desgracias para la gente de carne y hueso. Al principio lucía como ingenuidad de profesores descolgados algo que llamaban promoción cultural, un dislate para el que cualquier fabricación de papagallos, gofio, trompos, gurrufíos o perinolas artesanales, era preferible a Mozart. Erguían las creaciones del pueblo contra un músico capitalista escuchado por burgueses, y las maravillas del cine y la televisión eran instrumentos para alienar al pueblo y someterlo. Pero estas vaciedades se hacen crímenes cuando llegan al poder y se proponen perpetuar la vida ancestral de las comunidades indígenas en estado de naturaleza. Eso puede sonar bien desde un pupitre, pero en términos prácticos, es simplemente preservar una precaria existencia basada en el conuco, el analfabetismo, la pobreza atroz, la carencia de medicinas, viviendas, agua corriente, cloacas y electricidad.
Es lo que sufren en su versión más dantesca nuestras comunidades indígenas, que solo se superan por los efectos de la sociedad moderna. Son víctimas del adefesio intelectual que los fuerza a mendigar en las ciudades para poder subsistir con sus sutes. La democracia venezolana enfrentó y resolvió la problemática de esas comunidades y creó un ejemplo para cualquier pensamiento avanzado en el mundo: más allá, por encima de cualquier especificidad étnica, color de piel o lengua que hable, lo que hay es personas, seres humanos, ciudadanos. En gran parte de Latinoamérica –México, Centroamérica, Perú, Bolivia, Ecuador– no hubo democracias como el Pacto de Punto Fijo, las etnias originales se mantuvieron, según el desideratum de antropólogos anacrónicos, en ghettos, bolsones demográficos aislados, fuera de los procesos de integración y modernización
Mendigos de la revolución
Allí los indígenas afirmaron sus modos de vida y producción de miseria, pesca, caza, recolección y conuco. En Venezuela la democracia masificó para toda la población, incluidos, por supuesto ellos, los cuatro niveles educativos, servicios públicos, posibilidad de ascenso social. De allí que los pueblos en estado natural, con guayucos y churuatas, muertos de abandono, se redujeron a apenas 2% de la población. ¿Y qué se hicieron los demás? Son ingenieros, abogados, políticos, médicos, empresarios, comerciantes, trabajadores, maestros. Esa es la verdadera antropología al servicio de la gente y cuando vuelva la democracia, habrá que hacer un descomunal esfuerzo para repoblar de escuelas, liceos y universidades los estados donde hoy mueren de mengua las poblaciones indígenas como consecuencia de pensamientos fracasados, inservibles, malignos.
Muchos años atrás quien suscribe estaba en una reunión política en Pto. Ayacucho y un expositor dijo más o menos lo siguiente: “…por mi nombre y apellido sabrán que soy indígena. Y también soy ingeniero petrolero e hice un Ph. D. en Estados Unidos. Trabajo en Pdvsa y vivo en Anzoátegui, donde compré con mi trabajo una casa en la que hay aire acondicionado y piscina para mis hijos, uno de ellos, el mayor, estudiante de medicina. Eso que yo tengo es lo que aspiro para todos los indígenas de Venezuela y no me importan las teorías que quieren condenarnos a vivir siempre igual con la excusa de mantener mi cultura ancestral”.
@CarlosRaulHer
Fuente: http://www.eluniversal.com/noticias/opinion/abuela-indigena-resiste-abue...

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Con voz propia...
Una asonada militar que este 18 de octubre cumple 71 años, cobra actualidad cuando desde la oposición, ajustada a la Carta Magna, rechaza esas acciones pese a enfrentar un régimen identificado con insurgencias golpistas y desacreditado en acciones dictatoriales que someten al pueblo a la hambruna. Por ello le sancionan instituciones internacionales como ONU y se le aplica la Carta Democrática de la OEA.
La insurgencia, de aquel tiempo, que se venía gestando, quedó formalizada 5 meses antes en la Asamblea Revolucionaria constitutiva de la Unión Militar Patriótica (UMP), conformada por 13 jóvenes oficiales cuya más alta jerarquía llegaba al grado de mayor. Con excepción del teniente de la aviación Horacio López Conde, todos los demás integrantes eran andinos. Este, al servicio de la Casa Militar del presidente, General de División Isaías Medina Angarita, es designado enlace con la Fuerza Aérea. Nombraron un Comité Directivo conformado por los mayores Marcos Pérez Jiménez y Julio Cesar Vargas. Conspiraban abiertamente y lograron captar el apoyo del partido Acción Democrática (AD), legalizado el 29 de julio de 1941. Los tenientes Francisco Gutiérrez y López Conde contactaron a sus respectivos amigos Luis Beltrán Prieto Figueroa y Rómulo Betancourt.
"Admitimos que aspiramos a un golpe de Estado pacifico, es decir, que procuramos encontrarle una salida evolutiva a la compleja situación política del país”, arengó el líder adeco.
Para el historiador Manuel Caballero el golpe del 18 de octubre de 1945 dividió la historia contemporánea de Venezuela en un antes y un después. Entre otros propósitos se planteaba el sufragio universal y directo y luchar contra la corrupción y la autocracia.
Insurgieron casi a la mitad del “siglo de la paz”, con 27 años de dictadura militar y a un lustro de la transición a la democracia cuando apenas faltaban 6 meses para arribar a ese período.
Cronológicamente, dicho siglo XX (que en hechos comenzó en 1935) se inauguró con un gobierno proveniente de la llamada Revolución Liberal Restauradora, iniciada el 23 de mayo de 1899 con la “invasión de los 60” desde Colombia, bajo liderazgo del general Cipriano Castro.
Triunfante entró a Caracas a los 5 meses (23 de octubre) y provocó el desalojo del poder del general Ignacio Andrade, impuesto en elecciones fraudulentas, merideño y acusado por la oposición de ser colombiano.
“No más farsas, no más opresión, no más tiranías”, con esas frases asumió Castro el mando que recibió del presidente del Consejo de Gobierno, general Víctor Rodríguez, quien había sustituido temporalmente a Andrade.
El 19 de diciembre de 1907, el vicepresidente, general Juan Vicente Gómez da un golpe de Estado al declarar ausencia permanente de Cipriano Castro, quién lo dejó encargado al viajar al exterior para tratarse una enfermedad. Ejerce la presidencia directamente al hacerse elegir por el congreso 4 veces o indirectamente a través de civiles como José Gil Fortoul, Victorino Márquez Bustillos y Juan Bautista Pérez.
El general Eleazar López Contreras inició la transición a la democracia que ejerció Isaías Medina Angarita (un general civilista), hasta ser derrocado por el golpe, que se produjo el 18 de octubre y causó cien muertes y el doble en número de heridos. En Maracay se produjo el magnicidio del presidente (así denominaban a los actuales gobernadores) del estado Aragua, Aníbal Paradisi.
Al día siguiente se constituía la Junta Revolucionaria de Gobierno. Betancourt fue nombrado presidente; los otros fueron los adecos Prieto Figueroa, Raúl Leoni y Gonzalo Barrios; el independiente Edmundo Fernández; el mayor Carlos Delgado Chalbaud y capitán Mario R Vargas. Ninguno podía postularse a cargos de elección. Concluía así, la hegemonía andina de 46 años.
Al MARGEN. Buenas las denuncias del diputado Carlos Berrizbeitia sobre gastos de viajes presidenciales. ¿Qué espera la Comisión que preside para hacerlo con magistrados expres del Parlamento?
jordanalberto18@yahoo.com.

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Nuevamente se aflojan las cuerdas que sujetan el Poder Judicial al Derecho, y lo cierto es que ya no quedan muchas. El pasado agosto fueron publicadas las Normas de Evaluación y Concurso de Oposición para el Ingreso y Ascenso a la Función Judicial, dictadas por el Tribunal Supremo de Justicia. Como observatorio venezolano de justicia, debemos manifestar la preocupación que nos causan los errores e incongruencias de esas Normas, porque no permitirán que tengamos los jueces imparciales e independientes que necesitamos.
El 23 de agosto, y dos meses después de emitidas por la Sala Plena del TSJ, se dieron a conocer oficialmente mediante publicación en la Gaceta Oficial N° 40.972 las Normas que regirán los procedimientos necesarios para que un ciudadano pueda convertirse en juez y mantenerse en su cargo. Esto, aunado al hecho de que han transcurrido más de 10 años desde el último concurso de oposición, nos demuestra que el tema no es una prioridad y nunca ha habido prisa para resolverlo.
Ahora bien, el artículo 1 de las Normas asegura que su finalidad es cumplir lo establecido por el artículo 255 de la CRBV. Sin embargo, el artículo mencionado establece un único modo de ingreso a la carrera judicial: concursos de oposición públicos que aseguren la idoneidad y excelencia de los candidatos; garantizando además, la participación ciudadana en el proceso de selección. Desgraciadamente esto está lejos de lo que prevén las nuevas Normas.
Vale la pena resaltar que ya en 2005 se habían dictado otras normas que regulaban tales concursos (Gaceta Oficial N° 38.282 del 28-09-05) pero nunca se ejecutaron. Es decir, no se ha hecho concurso alguno desde entonces. Cabe preguntarse, ¿por qué crear un nuevo procedimiento si ni siquiera se realizó el anterior? En consecuencia el que dicten las normas no es garantía alguna de que se cumpla la Constitución.
Una vez más recordemos que desde hace más de 10 años no se realizan tales concursos, lo que ha ocasionado que la mayoría de los jueces del país sean jueces provisorios (alrededor del 60%). Esto nos lleva a la preocupante realidad: la mayoría de los jueces del país han sido nombrados a dedo, de espaldas a la Constitución y en precarias condiciones. Esto implica que pueden ser removidos con un simple oficio, por lo que es imposible contar con jueces imparciales e independientes, ya que están más pendientes de no ser destituidos que de proteger los derechos de los ciudadanos.
Aunado a ello, el artículo 5 de las Normas ratifica la estabilidad que deben gozar los jueces y señala que solo pueden ser suspendidos o destituidos mediante el procedimiento establecido en el Código de Ética correspondiente. Sin embargo, Acceso a la Justicia debe recordar que en sentencias recientes el TSJ decidió que el código de ética no sería aplicable a los jueces provisorios, privándolos del derecho al debido proceso y sujetándolos a la simple recepción de un oficio de destitución de manera sumaria. Si la mayoría de jueces son provisorios y no tiene derecho al debido proceso, ¿qué queda para los ciudadanos que estamos en sus manos?
Adicionalmente, en las normas el poder de decidir las condiciones, lapsos y en general el proceso de los concursos lo tiene una Comisión Judicial, a la que también se le otorga la potestad de nombrar y destituir libremente a los jueces sin obedecer a procedimiento alguno. En ese sentido, las Normas no implican un plan para acabar con la provisionalidad sino que la perpetúan, lo que responde a la necesidad de mantener el poder de elegir a dedo cuáles funcionarios integrarán los tribunales.
Sobre lo antes dicho, Acceso a la Justicia no puede dejar pasar que las Normas se contradicen al establecer –y luego vulnerar- los principios que deben regir los concursos de oposición, señalados en el propio artículo 6 de las mismas.
En primer lugar se menciona el principio de igualdad de trato, pero la Disposición Transitoria Primera ordena un “Concurso de Oposición Público a ser convocado de inmediato para los jueces y juezas activos”. Es decir, se privilegia a los jueces provisorios actuales, nombrados a dedo y que no cumplieron requisito alguno para serlo, excluyendo a otros ciudadanos que podrían estar mejor capacitados para el ejercicio de la magistratura.
Como si no fuera suficiente, la participación popular es otro principio que debe privar según las Normas pero solo está presente en dos elementos: el primero, la integración de los jurados por un miembro del Poder Popular (entidad dirigida según la ley que la regula a la construcción del socialismo, ideología que no representa a la generalidad de la población y que es además un concepto no contenido en la Constitución); el segundo, la presentación de objeciones y observaciones a las personas que resulten ganadoras del concurso, sin que exista obligación alguna de dar respuesta a las mismas, dejando a discreción del jurado tomarlas en cuenta o no por muy graves que sean (pongamos como ejemplo el que un candidato haya sido condenado por homicidio). Estas dos situaciones ponen de manifiesto una evidente violación del derecho de participación ciudadana, pues en la primera circunstancia se atiende a una parcialidad política y en la segunda se pueden obviar las objeciones presentadas sin dar ninguna explicación.
Finalmente las Normas permiten que la Comisión Judicial (aunque se hagan los concursos) siga nombrando a dedo a los jueces, en vez de utilizar a los que figuren de primeros en los respectivos escalafones para llenar las suplencias, lo que pone de manifiesto la intención de perpetuar la elección arbitraria de jueces.
En conclusión, las Normas no resuelven el grave problema que representa la designación a dedo de los jueces, puesto que no se espera con ellas que se abandone la provisionalidad que existe hace más de 16 años, ni se busca que los concursos garanticen el ingreso de las personas más capacitadas. Dadas las circunstancias, dichas Normas representan solo un grado más de separación entre el Derecho y el Poder Judicial.
¿Y a ti venezolano, cómo te afecta?
Un Poder Judicial no puede estar compuesto por jueces que teman perder sus cargos si no responden a una orden, que no tengan estabilidad o que de plano no estén capacitados para ocupar el lugar de ser garantes de la Constitución y las leyes de la República. Jueces así no pueden ser imparciales o independientes como exige la Carta Magna.
Por ello, no es que necesitemos más normas para regular los concursos de ingreso para jueces, pues lo que necesitamos es que la Constitución se cumpla para garantizar nuestro acceso a la justicia, y que esta sea imparcial y de calidad. La respuesta está en tener los jueces adecuados, y eso solo se puede lograr con un procedimiento libre y eficiente para seleccionarlos.
Enlace a la nota: https://goo.gl/iJljbt
Enlace a la infografía: https://goo.gl/lNjpMx
​Responsable de Medios
Acceso a la Justicia
El Observatorio Venezolano de la Justicia
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La cooperación eficaz con información pertinente que suministren acusados o imputados sobre la comisión de delitos, la identificación de responsables o ubicación de lo robado al Estado, será tomada en cuenta para aliviar las condenas en casos de corrupción.
La nueva Ley contra la Corrupción y para la Salvaguarda del Patrimonio Público, un proyecto engavetado desde 2011, fue aprobada en primera discusión en la Asamblea Nacional por iniciativa de los diputados Freddy Guevara e Ismael García. La misma trae elementos novedosos como el reconocimiento al arrepentido y el aprovechamiento de la información que éste pueda aportar, sobre todo para recuperar lo robado a la nación.
La recuperación de bienes y la extinción de dominio, aspectos que se complementarán con la Ley de Recuperación de Activos que actualmente elabora y somete a consultas la Comisión de Contraloría, es un aspecto fundamental. La Ley ratifica la plena vigencia de los convenios internacionales firmados por Venezuela con respecto a los delitos de corrupción, los cuales no prescriben, tal como lo establece la Constitución. Además, fortalece la cooperación jurídica internacional al autorizar a las instituciones nacionales a solicitar de autoridades extranjeras la información necesaria para realizar investigaciones, tomar medidas preventivas, confiscar bienes y solicitar extradiciones en los casos de corrupción.
Establece de manera clara que los funcionarios no podrán involucrarse ni utilizar los recursos públicos bajo su responsabilidad en actividades proselitistas, ello de acuerdo a la Constitución. Esta disposición enfrenta la idea difundida por el actual régimen según la cual el partido es el Estado y el Estado es el partido. Igualmente, se ataca el nepotismo, una de las desviaciones que caracteriza a la actual administración.
La rendición de cuentas de los recursos públicos que administre un funcionario, así como el cumplimiento de los objetivos y metas para los cuales fueron otorgados dichos recursos, será obligatorio. Ningún funcionario por alto que sea su nivel, podrá negarse a rendir cuentas ante las instituciones competentes en especial la Contraloría General de la República y la Asamblea Nacional, como viene sucediendo con el actual régimen.
Los funcionarios deberán realizar la consabida Declaración Jurada de Bienes y ahora, con la nueva legislación, también la Declaración Jurada de Intereses, es decir, deberán indicar tanto a la Contraloría General de la República como a su superior jerárquico, las actividades profesionales y económicas que desarrolla en su vida particular, lo cual pretende evitar el consabido conflicto de intereses.
Por primera vez se establecen sanciones contra la corrupción en el sector privado, tanto nacional como extranjero, relativos al otorgamiento de sobornos y se castiga a los cómplices necesarios de los funcionarios públicos.
Por otro lado, la Ley protege a la denuncia responsable como una de las principales instituciones garantes de un efectivo control social sobre quienes administran el patrimonio público.
La nueva Ley, sin embargo, presenta algunos puntos que deben ser mejorados. Entre ellos, la utilización de términos que deben ser adaptados a la legislación venezolana. Es el caso de la palabra blanqueo que debe ser sustituida por la de legitimación.
Por otro lado, siendo la utilización de empresas de maletín uno de los aspectos más comunes y nefastos de las tramas de corrupción en nuestro país, se debe reforzar la vigilancia y comprobación de la legalidad y legitimidad de las mismas, para lo cual no es suficiente que el funcionario constate el estatus en el Registro Nacional de Contratistas, el cual en este momento dista mucho de ser una fuente confiable de información.
Otra inexactitud de la nueva legislación es lo referente al uso de las cajas de seguridad bancarias, servicio que los bancos venezolanos descontinuaron hace tiempo. Sin embargo, no dice nada de las penas para los delitos relacionados con los movimientos digitales de capital ni el control sobre las negociaciones nacionales e internacionales de los títulos valores bajo custodia de la Oficina Nacional del Tesoro, el Banco Central de Venezuela o PDVSA, actividad que debe tener una vigilancia reforzada, visto lo que ha sucedido en estos últimos años.
Entre los aspectos más positivos, destaca lo relativo a la prevención. La nueva ley hace énfasis en la educación desde la familia y la escuela como herramienta fundamental para enfrentar la corrupción y la impunidad.
11 de octubre de 2016
www.carlostablante.com
@TablanteOficial

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El 22 de octubre del año 1941, hace casi tres cuartos de siglo, Daniel Canónico, un dios grandote y robusto que se disfrazó de picher, derrotó a la novena cubana tres carreras por una para que, contra el vaticinio de entendidos y profanos, e inclusive de brujos y astrólogos, Venezuela ganara el Campeonato Mundial de Béisbol. El Presidente Isaías Medina Angarita declaro ese día como fiesta y el béisbol tomó, para siempre, el titulo de pasatiempo nacional. Así quedó en los libros de historia, pero sobre todo en la cultura vernácula, volviéndonos a todos religiosos de una religión laica. Desde entonces los venezolanos tenemos, en la propia cédula de identidad, registrada la afiliación hacia alguno equipo, incluso para los que no saben lo que es un pisicorre o crean que el robo de base es un evento que se sanciona con prisión y la bola ensalivada, cosa de malos modales. Así, el béisbol se convirtió en el deporte que nos abastece de palabras y frases que nos resultan imprescindibles para contarnos y explicarnos la vida, el deporte del que estamos hechos los venezolanos, de acuerdo al excelente resumen sociológico expresado hace varios años en la cuña de un refresco.
II.
Desde hace setenta años en cada octubre se inicia nuestra temporada de béisbol, ese juego figurado por Jorge Luis Borges como un “libro raro que se escribe a la vista de los espectadores”. Esta vez, como en las anteriores más recientes, se comienza teniendo que vencer algunas trabas derivadas de la crisis económica que nos agobia, además de las que sempiternamente se originan por la dependencia del béisbol norteamericano y que generan dificultades diversas para conformar los equipos, determinando que jugadores pueden participar, por cuánto tiempo y de qué manera, todo conforme al interés del conjunto al que pertenecen en el así llamado béisbol organizado (el de Estados Unidos, se sobre entiende).
El país voltea, entonces, la mirada hacia este este juego curioso hecho de interrupciones y vacíos, en el que durante la mayor parte del tiempo los jugadores parecieran ser observadores y no protagonistas, y en el que el equipo que ataca no es el que tiene la pelota. Un juego que se rige por reglas muy complicadas y se calibra a través de sofisticadas estadísticas, conforme pauta la denominada “sabermetría”, y que no tiene límite de duración ni admite la posibilidad del empate. En suma, y como suele decirse, un deporte que se juega con una pelota redonda, pero que viene en caja cuadrada.
III.
Así, en este espectáculo que transcurre sobre un terreno dibujado como diamante, por estos días los venezolanos nos refugiamos para protegernos del país extraviado y hostil en el que, por ahora, transcurrimos. Para guarecernos a ratos, ratos que duran nueve innings, ejerciendo el derecho constitucional a la evasión, a sabiendas de que el exceso de realidad es nocivo para la salud, mucho más que el cigarro y la comida rápida o el sedentarismo. Nos cobijamos, así pues, bajo esa extraña y sabrosa sensación normalidad, la que nos deja ver que la vida venezolana también tiene escenarios amables, libres de la desazón que rige en las afueras del estadio.
IV.
En mi caso, y perdone el lector la referencia personal, cada octubre significa dedicar buena parte de mis angustias e ilusiones a Los Tiburones de La Guaira, equipo del que soy feligrés. En esta temporada que recién comienza será ir al estadio cuantas veces me lo permita el bolsillo y esperar que Osvaldo Guillén, el nuevo manager del equipo, pueda reeditar, en versión siglo XXI, la guerrilla guaireña a la que perteneció como jugador, la que nos dio nuestro último campeonato, hace tres décadas.
Harina de otro costal
Primero fue el Diputado Pedro Carreño. Luego, días después, han seguido otros líderes del Psuv y finalmente, hace poco, el propio Presidente Maduro. Palabras más, palabras menos han afirmado que no hay dinero para llevar a cabo las elecciones regionales y tampoco, según lo dejan caer, como sin querer queriendo, el referéndum revocatorio y hasta las elecciones presidenciales de 2018. Dicho en resumen, argumentan que, dada la grave situación del país, no tiene sentido pensar en tales eventos.
En estos tiempos venezolanos siempre hay lugar para nuevas sorpresas. Cierto, hasta ahora uno pensaba que la democracia no se valoraba en dinero. Ahora se entera de que la democracia puede suspenderse por falta de presupuesto. Es asunto muy grave, incluso anunciado como mera posibilidad.
El Nacional, miércoles 12 de octubre de 2016

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La Alianza Nacional Constituyente, ANC, se dirige a los venezolanos y a la comunidad internacional en estos momentos de profunda crisis nacional, situación que vulnera y afecta gravemente la soberanía nacional, sus instituciones, la paz social, la gobernabilidad, la convivencia democrática y su vigencia como nación.
Nos dirigimos a todos los que anhelan vivir en un país distinto, independiente, libre, solidario, justo, participativo, desarrollado y democrático. Nos dirigimos a todos los venezolanos, pero en especial a aquellos que:
• Desean que sus estados y municipios sean verdaderamente entidades federales fuertes y descentralizadas, que constitucionalmente gocen de la autonomía y recursos suficientes, que les permitan planificar su propio desarrollo y les sean transferidas competencias, servicios y bienes que les son propias;
• A los que aspiran que la Democracia y la Libertad sean valores consagrados constitucionalmente, y no puedan ser violados por nadie y se restablezca la autonomía de los poderes, la Cámara del Senado, establecer la Doble Vuelta electoral para los principales cargos de elección popular, participación paritaria en ámbitos legislativos del sector político y sociedad civil;
• A los que quieren gozar de una Justicia y seguridad jurídica descentralizada, de personas y bienes, que respete nuestros derechos humanos, con Cortes Supremas regionales que den celeridad procesal y humanice los penales;
• A quienes aspiran la reinstitucionalización y reingeniería de las Fuerzas Armadas y que estas retomen la razón de su existencia;
• A los que aspiran una educación para el desarrollo y que todos sus niveles sean descentralizados y estén al servicio prioritariamente del desarrollo regional y nacional;
• A todos los que creen que los valores de la ética y la confianza deben ser soporte principal en los ciudadanos y en especial en la actuación de los funcionarios públicos;
• A las familias que aspiran mediante una descentralización del sector vivienda, tener mejor y fácil acceso a ella y vivir confortablemente en viviendas dignas, adecuadas y disfrutar de una mejor calidad de vida;
• A quienes creen que mediante la descentralización del servicio de salud, aportes del sector minero e hidrocarburos, dispongamos de la infraestructura, planes y programas que garanticen asistencia oportuna a todos los venezolanos;
• A los que creen que Venezuela debe redefinir su posicionamiento internacional y la defensa y resguardo de su soberanía;
• A quienes defienden el derecho al trabajo y a la propiedad privada como medio de superación personal y nacional y aspiran hoy al retorno de los compatriotas que han emigrado a otros destinos buscando mejorar su calidad de vida;
• A todos los que aspiran que el destino de Venezuela este íntimamente ligado a un nuevo Proyecto de País que garantice el desarrollo social e integral sostenible de nuestra patria, y comenzar inmediatamente a transitar por ese camino de paz y libertad con reconciliación y justicia.
Nos dirigimos a todos los compatriotas que en medio de esta dramática situación existencial, creemos en la democracia como la mejor forma de gobierno y que en estos últimos, largos y agobiantes 17 años, hemos atendido todos los llamados hechos por los factores opositores al régimen; y que en los últimos 10 meses se inician con la jornada electoral del 6 de diciembre, apoyos masivos del 1ro. de septiembre, 21 de septiembre y fechas subsiguientes, donde encarnando el clamor por la necesidad y voluntad de cambio inmediato, hemos dado muestras contundentes y civilizadas de apoyo y respaldo a las alternativas democráticas que nos han sido presentadas como solución a la crisis que sufrimos, sin que este apoyo se haya retribuido en la solución a los graves e ingentes problemas que sufrimos.
Por el contrario, dolorosamente, se han agravado dramáticamente y la confrontación y el radicalismo han aumentado, el deterioro institucional, social y económico se ha incrementado sustancialmente y la Asamblea Nacional producto de un histórico respaldo electoral, luce lamentablemente disminuida por un TSJ al servicio del Ejecutivo Nacional empeñado inconstitucionalmente de inutilizarla.
La Alianza Nacional Constituyente, ha planteando ante el país y en reiteradas oportunidades a los sectores opositores organizados alrededor de la Mesa de la Unidad Democrática, MUD, que ante la necesidad de darnos una solución Constitucional, electoral, pacifica, incluyente, democrática, participativa y de reconciliación en justicia, se debe acudir a la fuente de la soberanía, que es el pueblo de Venezuela para convocar por iniciativa popular a una Asamblea Nacional Constituyente de carácter Originario, en acatamiento a los artículos 5, 70, 347, 348 y 349 constitucionales.
Ya al respecto, el 8 de marzo del presente año el Coordinador General de la MUD, Lic. Jesús Torrealba en nombre de esa organización, anunciaba al país la ruta acordada para salir de la crisis, donde señalaba la renuncia de Nicolás Maduro: aprobar una Enmienda Constitucional, iniciar el proceso de Referendo Revocatorio y por último un proceso Constituyente Originario. En este sentido indicó: “Reiteramos finalmente que, de persistir el gobierno en su práctica irresponsable de intentar bloquear los mecanismos constitucionales para la solución pacífica a la crisis, no dudaríamos en activar un proceso constituyente originario, que por su misma naturaleza estaría a salvo del saboteo de los poderes constituidos.”.
Respetuosamente exigimos a los factores de la oposición el respeto a la ruta acordada y expresada públicamente por los representantes oficiales de la oposición venezolana agrupados en la Mesa de la Unidad Democrática. Nosotros lo haremos.
Esta afirmación de la MUD hace un reconocimiento tácito a la condición supra constitucional de la iniciativa constituyente de carácter originario por iniciativa popular, haciendo de ella la solución integral a la crisis, y no la simple sustitución de un Presidente por otro, en la que se insiste mediante un mecanismo saboteado por el régimen, abogando incluso por la aplicación del Artículo 350 constitucional, referida su aplicación por el Pueblo Soberano al constituyente o al poder constituido por la extralimitación o interferencia o desacato del uno u otro, al hecho constituyente y no a los procesos refrendarios; por consiguiente se expone a la población a una confrontación con consecuencias graves e impredecibles que martirizan al pueblo y beneficia al régimen que no dudaría en activar su brutal represión y encarcelamiento de más venezolanos, situación ésta que rechazamos firmemente.
En este sentido, la Alianza Nacional Constituyente propone entonces a los venezolanos que sea el Pueblo Soberano en quien intransferiblemente reside la soberanía nacional, que sufre y padece más que nadie la crisis de la República, quien decida lo que por derecho le corresponde hacer como Depositario del Poder Originario, de darse mediante la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente de carácter Originaria, por iniciativa popular, un nuevo Pacto Social, traducido en una nueva Constitución, un nuevo ordenamiento jurídico, transformando y refundando al Estado.
Pacto Social que supere la polarización, la confrontación y priorice la reconciliación en justicia, convocado por el pueblo, con el pueblo y para el pueblo, realizada dentro del marco de un nuevo Proyecto País, proyecto perfectible ya a disposición y conocimiento de los más diversos sectores de la vida nacional, y que se traduzca en una nueva Constitución que recoja y traiga al presente, el futuro sentir y aspiración de los venezolanos del país que todos soñamos y aspiramos tener y disfrutar. Convocamos a todos los venezolanos miembros de Academias, Federaciones, Gremios, Universidades, Sindicatos, Militares activos y en situación de retiro, Iglesias, Organizaciones no Gubernamentales, Asociaciones Civiles, Juntas Comunales y población en general a que asumamos el deber patriótico y protagónico de convocar a un Proceso Constituyente de carácter Originario, no regulado por ninguna norma vigente ni por los Poderes Constituidos, en concordancia con los artículos 5, 70, 347, 348, 349 y 350 constitucionales.
Razón por la que ante cualquier intento de desconocer o interferir la voluntad del pueblo acudiríamos sin dilación a las disposiciones contenidas en el Artículo 350 constitucional para desconocer a un régimen, legislación o autoridad que contraríe el derecho humano y político que nos asiste de darnos un nuevo Pacto Social.
En la certeza que nos asiste la razón, esta iniciativa superara ampliamente el 15% mínimo de manifestaciones de voluntad exigidas constitucionalmente para su convocatoria. Por eso hacemos un llamado respetuoso y patriótico a los venezolanos que por disposición del pueblo son los custodios de las armas de la república para la defensa de nuestra integridad territorial, la soberanía y protección del pueblo soberano, la Fuerza Armada Nacional, para que hagan respetar una vez activada, esta iniciativa soberana eminentemente constitucional, de unidad nacional, democrática, justa y participativa.
Dios y la Patria se los demandarán.
Caracas, 14 de Octubre de 2016
Coordinación Nacional de la Alianza Nacional Constituyente⁠⁠⁠⁠

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LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ACUERDO SOBRE EL RESCATE DE LA DEMOCRACIA
Y LA CONSTITUCIÓN

CONSIDERANDO
Que no hay democracia sin la vigencia efectiva de un texto constitucional que ordene de acuerdo a la justicia, el ejercicio de los poderes públicos, así como las relaciones del poder público con los ciudadanos.
CONSIDERANDO
Que no hay democracia sin respeto de los derechos humanos, que el ejercicio de los derechos humanos es irrenunciable y que los órganos del Poder Público están obligados a velar por su efectiva vigencia.
CONSIDERANDO
Que no hay democracia sin voto y que el ejercicio del voto es el cauce democrático para exigir a las autoridades del Poder Público el cumplimiento de sus funciones en beneficio de los ciudadanos, así como el medio para garantizar la paz y que los cambios políticos anhelados por la ciudadanía se alcancen pacífica y cívicamente.
CONSIDERANDO
Que la Asamblea Nacional, en cuanto bastión republicano de la soberanía popular, tiene el deber de convocar a todos los factores de la sociedad venezolana a un movimiento nacional de defensa de la Constitución, de la democracia y del voto.
CONSIDERANDO
Que el Gobierno de Nicolás Maduro pretende ignorar la voluntad de cambio del electorado venezolano, despreciando y obstaculizando el ejercicio legítimo del voto y de los demás mecanismos de participación previstos en la Constitución, para la elección de cargos públicos regionales y referendo revocatorio de mandato del Presidente de la República, violando con ello los derechos fundamentales y haciendo frágil la paz.
CONSIDERANDO
Que ante las manifestaciones autoritarias, de concentración de poder y atropello de los derechos fundamentales, esta Asamblea Nacional debe acompañar al electorado venezolano a asumir institucionalmente la defensa de la Constitución, de la democracia y de sus derechos.
CONSIDERANDO
Que el principio de representatividad del electorado tiene su máxima expresión en esta Asamblea Nacional, pilar fundamental de la democracia, por ser la manifestación de Poder Público más plural, que garantiza la mayor participación, legitimidad y fidelidad de la voluntad general.
CONSIDERANDO
Que la democracia venezolana enfrenta su más grave crisis, determinada por el desconocimiento de la autoridad de la Asamblea Nacional, por parte del Poder Ejecutivo y del Tribunal Supremo de Justicia, cuyas sentencias han pretendido anular sistemáticamente los actos parlamentarios, al punto de haber declarado, incluso sus actos futuros, “manifiestamente inconstitucionales y, por ende, absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica” (Sentencias de la Sala Constitucional Nro. 808 y 810 del 2 y 21 de septiembre de 2016). Que desconocer la autoridad de la Asamblea Nacional implica anular la voluntad del electorado que la eligió el 6 de diciembre de 2015 y negar la soberanía popular, así como la vigencia de la democracia y del Estado de Derecho.
CONSIDERANDO
Que la Sala Constitucional, en un nuevo intento de anular las atribuciones constitucionales de esta Asamblea Nacional, declaró en sentencia N° 814, de fecha 11 de octubre de 2016 que sería ante esa Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia que el Presidente de la República deberá presentar el presupuesto nacional, para que sea esa instancia jurisdiccional, quien ejerza el control de ese acto del Poder Ejecutivo Nacional, lo cual implica una atroz usurpación de las funciones de este cuerpo parlamentario.
CONSIDERANDO
Que los dislates de la Sala Constitucional han llegado al punto de declarar en esa última sentencia del 11 de octubre que no procede la reconducción presupuestaria y que la Asamblea Nacional no podrá alterar en ningún momento las partidas presupuestarias, ni pretender obstruir ni incidir en la integridad de las disposiciones establecidas en el correspondiente decreto de presupuesto nacional, dispositivo excede totalmente el ámbito de sus competencias y que carece totalmente de fundamento jurídico.
CONSIDERANDO
Que el Tribunal Supremo de Justicia ha traicionado su razón de ser, abandonando su rol de garante de los derechos fundamentales y de la supremacía constitucional, porque sus decisiones denotan falta de independencia y objetividad.
CONSIDERANDO
Que los magistrados de la Sala Electoral y de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia no representan la autoridad de la justicia, ni de la Constitución, porque no la aplican. Que usurpan la autoridad de la justicia, por los vicios que afectan su designación y por el evidente activismo político que se desprende del contenido de cada una de sus sentencias, en particular las adoptadas a partir de las elecciones parlamentarias del 6 de diciembre de 2015, circunstancia que ha agudizado al extremo la crisis democrática, económica y social en nuestro país.
CONSIDERANDO
Que ante esa grosera violación de los derecho fundamentales, de los principios y valores consagrados en la Constitución, los órganos del Poder Ciudadano y del Poder Electoral mantienen una actitud servil a los intereses del Ejecutivo Nacional, desatendiendo el ejercicio de sus funciones y de su deber fundamental de velar por la vigencia efectiva de la Constitución, de los derechos fundamentales y de promover la democracia.
CONSIDERANDO
Que la supremacía constitucional no cede ante el autoritarismo del Poder Ejecutivo, ni ante la tergiversada interpretación de sus normas por parte de la Sala Constitucional, siendo un deber esencial de todo ciudadano, a tenor de lo dispuesto en el artículo 333 de la Constitución, restablecer su plena y efectiva vigencia; y que ese deber corresponde con mayor responsabilidad a la Asamblea Nacional elegida el 6 de diciembre de 2015, cuerpo representativo del electorado, investido de autoridad por el voto popular.

ACUERDA

PRIMERO: Desconocer, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 333 de la Constitución, la autoridad y vigencia de los actos del Poder Ejecutivo y de las sentencias del Tribunal Supremo de Justicia, que contraríen los valores, principios y garantías democráticos y lesionen los derechos fundamentales.
SEGUNDO: Encomendar a la Junta Directiva de la Asamblea Nacional liderar un proceso de consulta y organización de la sociedad venezolana para favorecer un gran movimiento cívico nacional en defensa de la Constitución, la democracia y el voto.
TERCERO: Exigir al Consejo Nacional Electoral proceder como Poder autónomo e independiente a disponer las condiciones favorables al ejercicio de los derechos políticos, garantizando su plena vigencia y efectividad. En concreto, se emplaza al CNE a que fije de manera definitiva el cronograma para la realización del Referéndum Revocatorio al mandato del Presidente de la República, ciudadano Nicolás Maduro Moros, y para la elección de los gobernadores, todo en el año calendario 2016.
CUARTO: Exhortar a la Fuerza Armada Nacional a exigirle al Presidente de la República y al Consejo Nacional Electoral que garanticen el ejercicio de los derechos políticos de los venezolanos y el respeto de la voluntad del electorado, especialmente del referéndum revocatorio y de las elecciones regionales.
QUINTO: Instar a la Fuerza Armada Nacional a coadyuvar en el restablecimiento del Estado de Derecho, de la vigencia de los derechos fundamentales y de los principios democráticos. A tal efecto, deberá acompañar a los venezolanos en las exigencias tendientes a hacer efectivo el ejercicio de sus derechos políticos y velar por el sometimiento de los representantes del Poder Público a la Constitución, así como desconocer los actos del Ejecutivo Nacional y del TSJ que lesionen la Constitución.
SEXTO: Emplazar a la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia para que, honrando la democracia representativa, permita de una vez por todas la incorporación de los diputados electos por el Estado Amazonas el 6 de diciembre de 2015, o que se repitan los comicios parlamentarios en esa entidad electoral.
SÉPTIMO: Conformar el Comité de Postulaciones Judiciales para proceder a designar a los Magistrados del TSJ en sustitución de los Magistrados designados de manera inconstitucional el 23 de diciembre de 2015, y cuyo acto de designación está viciado de nulidad y ha sido declarado inexistente por esta Asamblea Nacional.
OCTAVO: Crear una Comisión especial para el estudio y análisis de la designación de Rectores del CNE que hiciera el Tribunal Supremo de Justicia de la Asamblea Nacional para conocer los vicios de inconstitucionalidad y de ilegalidad de dicho proceso.
NOVENO: Instar a las organizaciones internacionales, a través del Alto Comisionado de la Organización de Naciones Unidas (ONU) para los Derechos Humanos; al Secretario General y al Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA), para que en ejercicio de sus competencias emitan pronunciamiento y adopten las medidas que corresponda, tendientes a garantizar la vigencia de la democracia y el respeto de los derechos humanos en Venezuela.
DÉCIMO: Instar a las organizaciones internacionales y parlamentos latinoamericanos, a las autoridades del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y a la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) a estar vigilantes y coadyuvar al restablecimiento de las instituciones democráticas en Venezuela y a exigir al Ejecutivo Nacional el respeto de los principios, valores y libertades esenciales a la democracia.
DÉCIMO PRIMERO: Dar publicidad al presente Acuerdo mediante su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y a través de los medios de difusión de la Asamblea Nacional.
DÉCIMO SEGUNDO: Notificar del presente acuerdo a los demás Poderes Públicos, al cuerpo diplomático, al Nuncio de Su Santidad el Papa Francisco, a la Conferencia Episcopal Venezolana, a las universidades nacionales, a las academias nacionales, a los colegios profesionales, a las centrales sindicales y a las federaciones empresariales e industriales.
Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en Caracas, a los 13 días del mes de octubre de dos mil dieciséis.
Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.

HENRY RAMOS ALLUP
Presidente de la Asamblea Nacional
ENRIQUE MÁRQUEZ PÉREZ JOSÉ SIMÓN CALZADILLA
Primer Vicepresidente Segundo Vicepresidente
ROBERTO EUGENIO MARRERO BORJAS JOSÉ LUIS CARTAYA
Secretario Subsecretario

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