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Opinión

Lester L. López O.

Luego de más de 17 años de régimen revolucionario y siendo, según ellos, la cuna de la revolución bolivariana, Aragua lo único que puede demostrar al resto del país es un panorama desolador. El eslogan: “a paso de destructores”, que no de vencedores, se cumplió cabalmente en nuestra entidad.

En estos 17 años nuestra región ha estado dirigida por gobernadores y alcaldes de la revolución, así que no puede haber excusas para tal desastre, pues los pocos alcaldes de la oposición que ganaron en algún municipio, poco pudieron gestionar ante la supremacía roja rojita y del centralismo presidencial como política de la revolución.

No hace falta esforzarse mucho para constatar la magnitud del desastre. En el trayecto por la ARC entre Maracay y Las Tejerías, se puede observar como desaparecieron los cañaverales que antes fueron una referencia de nuestra región para los que pasaban por esa vía, en su lugar lo que volvió fue el monte y culebra que no se veía probablemente desde el siglo XIX. También podrán observar el mayor monumento mundial a la ineficacia, desidia y corrupción, caracteristicas del régimen, con las obras inconclusas del proyecto del tren que debía concluir en Cagua. Así mismo, desaparecieron como atractivo turístico las lagunas de Suata y Taiguaiguay convertidas ahora en depositos de desechos de todo tipo. Igualmente ha ocurrido con el sistema vial y toda la infraestructura de organismos oficiales incluyendo los centros educativos y de salud que existen desde antes de la revolución, ya que el inventario de obras de este tipo, hechos en revolución, en Aragua es pírrico.

Habría que hacer una excepción con los planes de vivienda que se han construido, ciertamente, pero de manera muy precaria y carentes de urbanismo, es dificil saber si realmente ha sido una solución para sus ocupantes o un problema para las comunidades adyacentes, pura improvisación, que es otra de las caracteristicas de la revolución.

Tanta desidia se puede constatar el ver el deplorable estado de las fachadas exteriores de la sede administrativa de la gobernación del estado que funciona en lo que otrora fuera uno de los íconos arquitectónicos de Aragua, el edificio de la extinta Corpoindustria. Solo nos queda pensar: si así está por fuera, como será por dentro.

Pero esto es la panorámica exterior del estado. Al interior de la administración regional y sus competencias, lo poco que funciona lo hace a medias, así los hospitales, escuelas, servicios públicos (Aseo, electricidad, agua, etc.) son otras calamidades públicas para recurrir a ellos ¿De cuál Aragua potencia hablan?

El 15-O tenemos los aragueños una nueva oportunidad para iniciar los cambios para mejor que todos anhelamos y merecemos, no es posible seguir negándonos estas posibilidades (y sueños) por puntos de vista coyunturales y muchas veces por no comprender o conocer las realidades de la lucha política que nos agobia. Votar por el candidato de la unidad para iniciar el cambio necesario es la única opción que tenemos, lo otro es colaborar con el proceso de demoledores que lleva 17 años, así de simple.

@lesterllopezo 09/10/17

 2 min


En el año 2009 el “Pacto de Estambul sobre el Agua” reconoció a las autoridades locales y regionales como actores políticos en la implementación de un enfoque integrado y participativo para la gestión sostenible del agua y saneamiento, y en la promoción de acciones en la ciudad o región respectiva, orientadas a buscar el diálogo con todas las partes para establecer una visión común sobre las prioridades locales y planes de acción en el sector del agua.

Así mismo, a través de aquél pacto, autoridades locales y regionales del mundo se comprometieron a implementar planes de acción para mejorar los servicios del agua y saneamiento, incrementando la capacidad de adaptación local y regional frente a los desafíos mundiales.

En ese sentido, el año 2016 en Sincelejo, Sucre (Colombia) se realizó el I Congreso de Seguridad Hídrica de la Región del Caribe, en el cual los Gobernadores de la Región, acordaron y suscribieron lo que se llamó el Pacto por el Agua[1].

Ese pacto, firmado un 18 de mayo de 2016, se fundamentó en el reconocimiento expreso que hace la Corte Constitucional de Colombia, en el año 2011, al agua como un derecho fundamental, como servicio público y como elemento indisoluble para la existencia del ser humano.

La carencia y la mala calidad del agua –que impacta significativamente la agricultura, acentúa la inseguridad alimentaria, propicia delicados problemas de salud, engrosa los índices de pobreza y provoca en casos extremos desplazamientos que desembocan en conflictos que involucran poblaciones más vulnerables– fueron las razones que motivaron a los gobernadores a suscribir el denominado “Pacto por el Agua”.

El pacto, además, permitió a los gobernadores reconocer en el Consejo de Seguridad Hídrica Regional, un espacio formal e institucional para la discusión permanente de interacción entre niveles nacionales y regionales, a los fines de diseñar proyectos, programas y políticas públicas que atiendan el problema de la oferta, demanda y sostenibilidad de los recursos hídricos de la región.

Recientemente en España, la ministra de Agricultura y Pesca, anunció el inicio de conversaciones entre distintos actores a los fines de lograr concretar un Pacto Nacional de Agua, a través del cual se presenten acuerdos sobre los principales desafíos que presenta la gestión del líquido en España[2].

Según nota informativa, los puntos más relevantes del futuro pacto nacional son la atención al déficit hídrico, el cumplimiento de los objetivos ambientales fijados en los Planes Hidrológicos y la activación de los Planes de Gestión de Riesgos de Inundación.

En ese marco, la Región de Murcia anuncia el 27 de julio 2017[3], que inicia una serie de acciones a los fines de construir un Pacto Regional del Agua en el cual se logre construir los consensos sobre los desafíos del agua en la Región, y así contribuir de manera mucho más efectiva con el Pacto Nacional del Agua.

¿En Venezuela es posible plantearse que las autoridades nacionales, estadales y municipales puedan asumir la responsabilidad de construir políticamente un Pacto sobre el Agua? Si hubiera voluntad política, pero además, reconocimiento a los gobernadores y alcaldes como actores institucionales políticos en el desarrollo integral de la Nación, claramente el ordenamiento jurídico existente hace viable la posibilidad de una iniciativa como las presentadas en este artículo.

En tal sentido, los gobernadores a ser elegidos el próximo 15 de octubre, pudieran asumir el reto de convocar a los alcaldes de su entidad federal y construir juntos una iniciativa política concreta que además permite incluir a la sociedad civil organizada de esa entidad local en el tema de la gestión integral del agua.

Recordemos que en enero y diciembre 2016 la Asamblea Nacional abordó el debate sobre la crisis del agua, logrando aprobar un Acuerdo sobre la materia al inicio del año, y luego a mitad del 2016 debatió un informe sobre la realidad de la crisis del agua específicamente en relación a la situación de los embalses.

Oportuno es señalar que por parte del Gobierno Nacional se impulsó un Consejo de Estado para el Agua en el 2014 y luego un Consejo Nacional Presidencial para el Agua en el 2015, pero sin que se hubieran planteado soluciones de fondo a la crisis del agua en Venezuela. En tal sentido, el racionamiento severo e irregular se mantiene vigente.

Los gobernadores y alcaldes son reconocidos en la Ley de Agua como actores e integrantes del Consejo Hidrológico Regional, creado legalmente como un espacio formal e institucional de consulta, concertación y toma de decisión; en el marco de un espacio que se define como plural, deliberante, analítico y promotor de una mejor gestión del agua.

El país fue dividido en 16 regiones y en cada una de ellas debería haber un Consejo Hidrológico Regional, que claramente se diseñó –como la misma Ley de Agua lo señala– como un espacio para la coordinación entre el Gobierno Nacional y los gobiernos estadales y municipales.

La Ley de Aguas reconoce el acceso al agua como un derecho humano fundamental y como un elemento insustituible para la vida, el bienestar humano, el desarrollo social y económico, constituyendo un recurso fundamental para la erradicación de la pobreza y debe ser manejada respetando la unidad del ciclo hidrológico.

Además, reconoce el legislador venezolano al agua como un bien social, cuyo uso y aprovechamiento debe ser eficiente, equitativo, óptimo y sostenible, bajo una gestión integral que además debe efectuarse en forma participativa. La descentralización y la desconcentración, así como la corresponsabilidad interinstitucional son algunos de los principios rectores de la gestión integral del agua reconocidos expresamente en el ordenamiento jurídico vigente.

Un pacto por el agua en Venezuela puede ser una iniciativa de los próximos gobernadores electos. Independientemente de los obstáculos que el régimen les pondrá en el camino –intentando anularlos e ignorando la voluntad popular– esta podría ser una iniciativa política que puede facilitar un elemento de cohesión que vincule a autoridades municipales y sociedad civil organizadas en la búsqueda de soluciones al problema del agua, que claramente tienen incidencias en la salud pública y en la calidad de vida de los ciudadanos.

Un pacto por el agua, impulsado por los nuevos gobernadores, tendría que retomar el llamado al Gobierno Nacional que se hizo en el “Pacto por el Agua de Estambúl” en el 2009, a reconocer a gobernadores y alcaldes como actores en la implementación de un enfoque integrado y participativo para la gestión sostenible del agua y saneamiento, y en la promoción de acciones en la ciudad o región respectiva.

Estamos conscientes de los obstáculos que el régimen promoverá para anular a los gobernadores, y con ello desconocer, nuevamente, la voluntad soberana del pueblo, pero una iniciativa como un pacto político puede servir como herramienta de reivindicación del modelo federal descentralizado de Estado que representan legítimamente y encontrarse con la Asamblea Nacional para que, de manera conjunta, asumiendo la representación legítima que ostentan, incluyan a los ciudadanos en el reclamo constante, permanente y responsable por una óptima y sostenible gestión integral de agua en Venezuela, en el marco del cumplimiento de los Objetivos del Desarrollo Sostenible.

PolitiKa UCAB

Octubre 6, 2017

 5 min


El derecho a votar en Venezuela surge en el siglo XIX bajo el gobierno de José Antonio Páez. Esa prerrogativa del ciudadano a dirimir sus diferencias a través del sufragio, por primera vez aparece en la Constitución de 1830. Así lo estableció en su Artículo 13: Todos los venezolanos pueden elegir y ser elegidos para los destinos públicos, si están en el goce de los derechos de ciudadano, si tienen la aptitud necesaria, y concurren en ellos los demás requisitos que prescriben la Constitución y las Leyes. De manera que estas señoras tramposas del CNE no se saldrán con las suyas, en sus intentos por arrebatarnos esa conquista democrática. Por ello, salgamos a votar.

Votar siempre ha sido un objetivo en las luchas políticas de los venezolanos, y ese afán por la democracia también se verá reflejado en la Constitución Nacional de1857. Al respecto en su artículo 12, se avanzó en los requerimientos para el goce de los derechos ciudadanos. Ya no será exigida la clasista y odiosa condición de ser latifundista o tener bienes de fortuna. Al igual se estableció el requisito de los 18 años para tener derecho al voto. Hoy las malandras del CNE les negaron a cientos de miles de jóvenes la posibilidad de votar, al no abrir tal como lo establece la norma electoral, el registro de nuevos votantes para estas elecciones de gobernadores. Contra este atropello, salgamos a votar.

La institución del voto universal, directo y secreto para elegir las autoridades de la república, que así lo definiera la misma carta magna, quedará plasmada definitivamente en la Constitución de 1947 en su Artículo 79: La soberanía reside en el pueblo, quien la ejerce mediante el sufragio y por órgano de los Poderes Públicos. Hoy con la ANC surgida a través de mayor fraude electoral conocido en la historia republicana, el régimen de Nicolás Maduro, pretende devolvernos a los tiempos de la godorria oligarca, al tener entre sus planes el voto de segundo grado y la elección del presidente, diputados, gobernadores y alcaldes, a través de colegios electorales y sectoriales. Por esta razón, salgamos a votar.

Desde los primeros sufragios en la era democrática hasta esta próxima elección de gobernadores, jamás habíamos tenido un proceso tan viciado de las normas electorales y, no porque los actores políticos, como suele pasar, se excedan en trampas, triquiñuelas y otras marramuncias a la hora del voto. No, aquí en esta oportunidad, es el mismo ente electoral, dirigido por estas cuatro pilluelas mal llamadas rectoras, las que a estas alturas del proceso no han querido responder sobre los centros de votación que fueron eliminados, los creados y las reubicaciones administrativas de electores de forma inconsulta. Por eso, sin vacilación alguna, salgamos a votar.

Según el artículo 62 de la Ley Orgánica de Procedimientos Electorales, las sustituciones de candidatos pueden hacerse hasta 10 días antes de las elecciones. Pues bien, estas delincuentes electorales, en pleno agavillamiento con sus compinches del TSJ, terminaron violando la ley rectora de estos procesos y les han negado a las organizaciones políticas opositoras, el derecho a sustituir sus candidatos unitarios. Con esta conducta el gobierno pretende empujar a la MUD a la decisión errática de no participar en la elección, para así ellos imponer sus candidatos; contra este CNE delictuoso, salgamos a votar.

Salgamos a votar en todo el país en las tarjetas donde aparezca el candidato de la oposición, y aquí en el Zulia, por Juan Pablo Guanipa, votemos en la tarjeta de Primero Justicia o en la de Voluntad Popular. Seamos los primeros en salir a votar con fuerza y pasión para así iniciar el cambio en Venezuela.

 2 min


El sufragio es un derecho que celosamente debemos cuidar en un sistema democrático, no solo en su materialidad, sino como forma de expresión libre de la voluntad ciudadana que se pronuncia así por quienes deben ejercer el mandato de servir en los cargos públicos.

La ley, por ello, se cuida de garantizarlo y con sobradas razones sanciona, incluso penalmente, conductas que desvirtúan su ejercicio libre, sobre todo ante perversiones y desviaciones propias de quienes detentan el poder y se aferran a este, en franco desconocimiento de las exigencias de un sistema de libertades.

Por ello, las normas que rigen los procesos electorales castigan las conductas que vulneran la transparencia de una elección, ante prácticas ilícitas que impiden el voto, pretenden desvirtuar su libre ejercicio o afectan las condiciones de igualdad, secreto y respeto absoluto a la voluntad de quien ejerce el derecho al sufragio.

La Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política de 1998 contenía una prolija enumeración de “delitos electorales” contemplados en una sección específica de ese instrumento normativo, además de la referencia a faltas o hechos punibles menos graves e ilícitos administrativos. Allí se preveían expresamente, entre otros, las conductas del voto doble, el voto por un fallecido o la obstaculización de la instalación o funcionamiento de una mesa. La vigente Ley Orgánica de Procesos Electorales de 2009 omitió la referencia a los delitos electorales, limitándose a los ilícitos administrativos y en el artículo 228 dispone que lo concerniente a los delitos y faltas electorales no previstos en el texto de la ley será objeto de regulación mediante ley especial “que no se ha dictado”, aunque ello no impide que se apliquen las normas generales del código penal u otras leyes vigentes, en la medida en que sean pertinentes o que los hechos encuadren en sus previsiones.

En particular, el decreto por el cual se reformó la Ley contra la Corrupción, de 2014, sanciona con pena de uno a tres años de prisión al funcionario público que abusando de sus funciones utilice su cargo para favorecer o perjudicar electoralmente a un candidato, grupo, partido o movimiento político (art. 70), norma groseramente violada, desacatada e ignorada sin que intervenga el Ministerio Público, a pesar de que el instrumento que la establece dispone que la comisión de los delitos que prevé esta ley se consideren de “lesa patria”.

Vemos, pues, cómo, de una parte, en la esquizofrenia nacional, unos delitos desaparecen, sin ley que ahora los establezca de manera expresa y otros aparecen descritos en forma precisa en leyes vigentes aunque, con valor simplemente simbólico. Para seguir con el mismo ejemplo, funcionarios públicos que solo están al servicio del Estado y no una de parcialidad política, como reza la Constitución, se sirven de su cargo para perpetrar evidentes acciones de favorecimiento electoral, ante los ojos de toda la colectividad, una vez más, víctima del abuso del poder.

09 de octubre de 2017

@ArteagaSanchez

aas@arteagasanchez.com

http://www.el-nacional.com/noticias/columnista/delitos-electorales_206714

 2 min


Luis E. Parejo P

Se ha programado la instalación en el exilio del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para el próximo 13 de octubre 2017 en la sede de la Organización de Estados Americanos en Washington DC. Este es un paso de gran trascendencia jurídica, política y humanitaria para Venezuela y el mundo 1. Porque es un hecho inédito, primera vez que un tribunal de justicia, legalmente proclamado en su país, se constituye en el exilio debido a la persecución política desatada por el gobierno contra sus magistrados. 2. Porque al ser reconocido internacionalmente este tribunal podrá emitir decisiones con fuerza obligatoria cuya ejecución puede practicarse dentro de los mismos cánones de la jurisdicción universal, de la Convención de Palermo, es decir, de aplicación extraterritorial de sus decisiones dirigidas a combatir la impunidad en crímenes contra la humanidad, pero más que eso, también puede ejercer sus funciones en otras áreas de la justicia como la civil y la político-administrativa, todo con fuerza ejecutiva y posibilidad real de ejecución.

Esta instalación del más alto tribunal fuera de su territorio por razones de persecución política en el suyo es la más palpable de todas las pruebas de la existencia de un régimen tiránico en Venezuela, prácticamente es una sentencia internacional contra este que lo sindica y condena como autor de las más graves violaciones de los derechos humanos, pues impide el ejercicio de la legalidad que es precisamente el distintivo del sistema democrático. Ninguna otra denuncia se requiere para condenar a quienes mantienen en captura la democracia, la libertad en nuestro país y con lo cual han pretendido cometer toda clase de delitos individuales y colectivos sin preocupación por castigo.

Este TSJ en el exilio podrá, por ejemplo, juzgar a Nicolás Maduro mediante un antejuicio de mérito, también a Tareck el Aissami y a quienes ejercen como ministros, como procurador, como fiscal, como contralor, como defensor, como gobernadores, como oficiales generales y almirantes de la fuerza armada, también a los jefes de misiones diplomáticas del régimen, todo con apego al artículo 226 de la Constitución vigente. Y, según el trámite previsto, tales pronunciamientos corresponde hacerlos a Sala Plena de este TSJ en el exilio que, al declarar con lugar dicho antejuicio y previa autorización de la Asamblea Nacional, le corresponderá dictar sentencia final de destitución y castigo, también previa actuación de la fiscal general a quien corresponderá dar curso a la investigación penal.

Por solo poner algunas consecuencias prácticas de esta situación, podría ocurrir que cualquier avión del Estado, incluyendo el número 1, podrá ser inmovilizado en cualquier aeropuerto del mundo donde aterrice. Cualquier persona sobre la que recaiga orden de detención, incluyendo los agentes de la dictadura que usurpan cargos de representación diplomática, podrían ser arrestados en donde sea que estén; igual cualquier cuenta bancaria o activos de cualquier naturaleza; se podrá emitir una prohibición abierta a negociar con entes de Estado, etc.

La fiscal Ortega Díaz

El Ministerio Público representado por su legítima titular, también en el exilio, es la pieza que al engranar con ese mecanismo del TSJ constituirían el instrumento perfecto para una ofensiva mortal contra el régimen criminal y depredador que tiene secuestrado el poder político en Venezuela, y debería proceder igual: constituir sede en el mismo sitio, en la OEA, para así potenciar todos los esfuerzos que dentro y fuera se hacen para restituir un régimen de libertades y castigar a quienes lo han destruido. Y si existieran dificultades para que físicamente la fiscal se desplace a Estados Unidos podría designar un fiscal especial para actuar ante el TSJ, como lo dispone la ley, pues, en resumen, ella es la representante legítima del Ministerio Público, así reconocida dentro y fuera de Venezuela, condición que reafirmaría haciendo tal actuación.

En resumen

Este TSJ en el exilio pasaría a tener la poderosa fuerza de las leyes venezolanas y las internacionales que otorgan a la Corte Penal Internacional y a la Convención de Palermo unidas en el propósito de hacer justicia sobre la terrible catástrofe humanitaria que azota a nuestra patria por obra de la camarilla corrupta y narco-militar que la ahoga, y para esto se requiere que los magistrados entiendan que las circunstancias no son para ceñirse a actitudes escrupulosamente jurídicas, pues el solo hecho de estar constituidos en el exilio así se los deja ver, el ingrediente político ha de ser preponderantemente tomado en cuenta y deberán tener una intensa relación con las instituciones democráticas de todo el mundo y actuar con mucha audacia, con mucha imaginación, con mucha creatividad. Para situaciones especiales, soluciones especiales, esa es una máxima común que en las coincidencias del derecho y la política se producen para dar sosiego a una población atacada por abusos masivos de factores de poder.

No tengo dudas al afirmar que este Tribunal Supremo de Justicia y el Ministerio Público, ambos en el exilio, pasarán a ser el centro de gravedad de la situación política de Venezuela.

En la Ciudad de Maturín a los 08 días del mes de Octubre de 2017.

Operador Político – Universidad Simón Bolívar (USB)

 4 min


​José E. Rodríguez Rojas

En estas líneas presentamos evidencias que permiten afirmar que la tercera convención colectiva, aprobada recientemente por un sindicato universitario y el gobierno, logró mejoras en el salario nominal que no se tradujeron en un aumento de la capacidad de compra de los profesores; debido a que la hiperinflación dominante ha anulado los aumentos señalados. En este sentido, se mantiene la tendencia al deterioro sostenido de la capacidad de compra de los profesores universitarios que comenzó en el año 2001.

A continuación, examinaremos varias de las conquistas logradas en la última convención colectiva y sus implicaciones en la situación económica de los docentes e investigadores universitarios. En primer lugar, el efecto del bono retroactivo que se concedió y pagó en el mes de agosto de este año. En segundo lugar, las primas que se lograron tales como la de antigüedad, y la que se pagará a los que detenten títulos de maestría y especialización. En último lugar, evaluaremos los aumentos en el ingreso nominal y su impacto en la capacidad de compra de los docentes.

1. El bono retroactivo:

Se aprobó y pagó un retroactivo que en términos nominales alcanzó una cifra considerable. Sin embargo, cuando lo traducimos en términos de mercancías que comprar, su impacto fue muy limitado. Conozco el caso de un profesor que tenía pendiente la reparación del motor de su vehículo, el cual necesitaba cambio de anillos, el retroactivo apenas alcanzó para pagar tal reparación. En otros casos, el retroactivo fue utilizado para cambiar los cauchos del vehículo. En la situación de descapitalización que enfrentamos los profesores, el bono en cuestión alcanzó a duras penas para invertir en refacciones que requerían los viejos trastos en que nos desplazamos.

2. La prima de antigüedad:

Esta prima se pagaba a los obreros y empleados, pero con la tercera convención colectiva se hizo extensiva a los profesores. En la actualidad, uno de los problemas que enfrentamos los docentes, en particular los jubilados, es que desconocemos el monto de esta prima. En la Información divulgada sobre las conquistas socioeconómicas obtenidas en la III Convención Colectiva, se suministra una fórmula para el cálculo de esta prima. Aplicada esta fórmula al caso de un profesor agregado activo con diez años en la institución, se obtiene una prima que representa aproximadamente el 11% del ingreso mensual del profesor. No está claro si el pago de esta prima es mensual o anual, sin embargo, dicha prima no cambia significativamente la deprimida capacidad de compra de un profesor agregado, que como veremos más adelante, es lo que caracteriza la situación económica de los docentes en la actual coyuntura.

3. El bono doctorado se hizo extensible a los niveles de maestría y especialización.

Se extendió un porcentaje equivalente al bono doctoral a los profesores que poseen títulos de maestría y especialización. Desde hace tiempo había una presión en este sentido, y en el ambiente anti meritocrático (propio del chavismo), al fin se logró eliminar en la práctica, el incentivo que significaba el bono a los estudios de doctorado. La diferencia entre el bono doctoral y el de maestría se reduce a un insignificante dos por ciento. Se trata de un acto que tiende a la igualación salarial de los profesores, propio de un régimen que en todo momento busca la igualación por debajo. Los estudios de doctorado están estrechamente imbricados con la actividad de investigación, por lo que la eliminación de este incentivo tiene repercusiones negativas para este tipo de actividad.

4. El aumento del sueldo básico:

Tal como lo hicimos en anteriores oportunidades, esta vez utilizamos como referencia el ingreso de un profesor con categoría de agregado, por considerarlo representativo de la masa profesoral al ubicarse en un nivel intermedio. Como podemos ver, en el cuadro insertado a continuación, el ingreso mensual de un profesor agregado mejoró sustantivamente, casi se sextuplicó con respecto a septiembre del año pasado. Sin embargo, cuando estimamos la capacidad de compra del profesor, comparando este ingreso con el costo de la canasta básica (CB) del CENDAS, encontramos que representa para el mes de agosto de este año un pírrico 18,9% de dicha canasta. En otras palabras, el profesor activo debe buscar entradas en otras fuentes de ingreso diferente a la universidad, a fin de financiar más del 80% de su gasto de vida familiar. Cuando comparamos esta cifra con la de mayo y septiembre del año pasado, encontramos que la situación no ha cambiado.

Si estimamos para septiembre de este año un incremento en la canasta similar al ocurrido en los meses previos, encontramos que el aumento del 40% del ingreso que obtuvimos en septiembre no mejora la capacidad de compra de los profesores, ya que la proporción del ingreso en relación a la CB se reduce (ver cuadro 1) . La hiperinflación dominante anula los efectos sobre la capacidad de compra de los aumentos nominales, aprobados en la tercera convención colectiva, lo cual mantiene la tendencia que se venía dando en los años previos.

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Mayo 2016

Septiembre 2016

Agosto 2017

Septiembre 2017

Valor Canasta Básica del CENDAS

303.615

542.413

2.938.277,19

4.225.242,6

Ingreso profesor

61.120

108.680

554.414,07

750.979,7

Proporción (%) del ingreso/CB

20,1

19,66

18,9

17,8

Fuente: Rodríguez R., J.E. Los sindicatos y la destrucción de la universidad. Dígalo Ahí, 17 de diciembre del 2016; Cálculos propios en base a información de prensa y la aportada por la APUCV. Nota: el ingreso mensual incluye el sueldo y el bono alimentario o asistencial.

Profesor UCV

Josenri2@gmail.com

 4 min


La “predicción política” es un arte adivinatorio que no se me da bien, pero a veces por mera reflexión política vale la pena hacerlo.

La dictadura no necesita tener buenos candidatos a gobernadores, los que vayan a votar por ellos, votarán por ellos como quiera que sean, igual que los opositores lo harán por los suyos. La polarizada situación política del país no deja alternativas, no vamos a una elección, sino a una medición. Muchos han olvidado este detalle.

El problema de la dictadura es que ese número: “los que vayan a votar por ellos”, cada vez se reduce más y ya no les alcanzará para ganar muchas gobernaciones. Tendrán la votación de sus “fieles” que se completará con las trampas que puedan hacer –en aquellas mesas remotas o peligrosas, donde la oposición no logre tener testigos u observadores– y tratando de disminuir la votación opositora. Con eso ganarán unas pocas gobernaciones, estimo que no más de siete, que no menciono por aquello de las profecías auto cumplidas.

Esto se debe a que la política pro abstencionista de la dictadura y de algunos opositores –frustrados, molestos o resentidos con la MUD porque no se logró el objetivo de sacar a Maduro tras cuatro meses de protestas en la calle– no ha tenido éxito o se ha “desinflado” y cada día pierde más adeptos. Falta ver sí ese aumento en la intención del voto le alcanza a la oposición para ganar 16 o más gobernaciones de las 23 –si 23– que lucían posibles a finales de 2016, de acuerdo con encuestas y algunos estudios históricos de resultados electorales. En todo caso, es seguro que la oposición ganará las gobernaciones más grandes, donde hay más población.

La dictadura tiene entonces dos opciones, el fraude y la suspensión del proceso. El fraude ya sabemos que es difícil si se logran testigos en el 90% de las mesas; la oposición lo sabe bien y en este proceso que es regional o local, donde hay 23 candidatos con sus propios intereses y maquinarias, este objetivo es más fácil de lograr. Lo de la suspensión del proceso, es un punto del que se ha hablado y yo lo he mencionado en un par de artículos anteriores. Sigue siendo un “peligro” real y siempre se creyó que era la mejor opción de la dictadura. Pero fíjense que pongo “peligro” entre comillas y digo “era”, pues ya no estoy tan seguro que ahora puedan suspender las elecciones, porque la comunidad internacional le está respirando en la nuca a la dictadura.

Lo que van a tratar es de minimizar pérdidas para que la derrota no sea tan estridente. Por lo tanto intensificarán su campaña de abstención, confusión y desmoralización de la oposición. Con el CNE exacerbando las arbitrariedades, como la de impedir la sustitución de candidatos, ahora “legalizada” por el TSJ, o hablando de poner más normas absurdas y desesperadas, como lo de la “juramentación” ante la ANC, buscando que sea la oposición la que se “retire” o se exacerben los ánimos de algunos opositores en contra de la MUD, que le haga perder votos. No obstante, si la situación se les vuelve más crítica, no creo que tengan mucho escrúpulo en darle la patada a la mesa y que sea la ANC, por ejemplo, la que suspenda las elecciones con cualquier pretexto. Pero reitero, aunque siempre es posible, la presión internacional hace que esto sea cada vez más difícil.

Veremos entonces en los próximos días, en el desarrollo de la campaña pro abstención de la dictadura, como intensifica también su campaña favorita: intimidación y demagogia populista. La intimidación abarca también a los suyos; a los más pobre les dirán: “cuidado, que te van a quitar lo que te dio el comandante” y a los “enchufados” ricos acosándolos con su Fiscal y asustándolos con lo que pueden perder, sobre todo ahora que se van reduciendo los “espacios de disfrute”, por las medidas que en contra de algunos seguidores de la dictadura se están adoptando internacionalmente.

Como para lo segundo –la demagogia populista– no hay recursos, el énfasis será en la intimidación y en la confusión.

@Ismael_Perez

 3 min