LA CONSTITUCIÓN Y SUS LÍMITES TEMPORALES
La Carta Magna, nuestra doctrina de entendimiento, en algunos aspectos, además de establecer en sus artículos los respectivos procedimientos, precisa plazos para su ejecución. El así establecerlo es porque no solo es cumplir con ese mandato sino que para el país es fundamental hacerlo en los tiempos indicados; en otras palabras, los lapsos no son producto del capricho, es en razón de la conveniencia para el normal funcionamiento del estado.