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Francisco Russo Betancourt

El comentario de la semana

Francisco Russo Betancourt

El saqueo, crimen y la desidia en Guayana

El comentario de esta semana está relacionada con el saqueo, la desidia y la impunidad que gobierna al sur del estado Bolívar, que implosiona social y políticamente en estos días, con la desaparición de 28 mineros dedicados a la extracción informal en la población de Tumeremo, en una de las minas de oro de aquella región, llamada Atenas. Pero son muchas otras las minas que allá existen: Las Cristinas, de vieja recordación para ganancias de empresas rusas; La Camorra, Isidora, Hoja e lata, y tantas otras.

Se nos ha dicho, que nuestro país tiene la segunda reserva mundial de oro, algo así como 133 millones de onzas, de las cuales 81 y un poco más, se concentran al sur de esa región de nuestro país. Pero además de ello, hay tambien grandes reservas de coltán, un mineral estratégico utilizado en una gran variedad de dispositivos electrónicos, la bauxita, que es la materia prima para obtener el aluminio, que antes producíamos y exportábamos.

De modo que Bolívar, y Guayana en general, es una región con una gran fortaleza para la producción de minerales con los cuales Venezuela podría beneficiarse altamente, pero que en la revolución chavista, se ha convertido en el centro no sólo de la gran corrupción para agentes oficiales, gubernamentales y militares, sino que ha permitido que impere el crimen, la minería ilegal a través de mafias que controlan fundamentalmente la extracción del oro, la corrupción que ha enriquecido a boligarcas y bolichicos y ha permitido la ruina de un país que ha esperado mejores esperanzas; pero tambien la impunidad de las autoridades, desde la ceguera de un gobernador cuestionado severamente por su desidia, y la complicidad en el contrabando y cobro de comisiones de sectores militares y policiales en ese ominoso saqueo a nuestras minas de oro, amén de lo que la prensa denuncia, en la cual se asegura, el decomiso de armas de guerra a esas bandas criminales, identificadas como R15 y AK47, propias para el uso de nuestras FANB.

Pero además, se ha permitido la destrucción irracional de más de 80.000 hectáreas de bosques. Es una fiebre de oro desatada, que en perjuicio de nuestros recursos y ambiente se conjugan intereses sin escrúpulos de venezolanos que deberían estar llamados a preservar la naturaleza de Venezuela.

Pero también, la minería ilegal en Venezuela, y en especial en Guayana, constituye un drama social y humanitario porque ha estado vinculado a la baja calidad de vida, a la inseguridad, a la ausencia de programas de salud para los habitantes de la región y que se inició brutalmente con aquella masacre en el año 2006, en el sector La Paragua, en la cual el Estado dejó en manos de criminales y bandas organizadas el control del territorio.

De modo que la metástasis ha aparecido con esta masacre de 28 mineros de la mina Atenas en Tumeremo, que el gobernador del estado Bolívar ha desmentido en las redes al afirmar que los cuerpos de seguridad de la revisión del lugar donde presuntamente ocurrió la masacre, no fue encontrado indicio o prueba del hecho, mientras se contradice con la Fiscalía y la Defensoría del Pueblo. Naturalmente que un gobernador demócrata y responsable de sus funciones, y no un generalote cuyas condecoraciones debió ganarlas en un polígono de tiro, en vez de mentir y obstaculizar, ha debido colocarse al frente de las investigaciones y dar respuestas a los familiares de los desaparecidos. Esa es la situación que ahora vive el sur del estado Bolívar.

De allí que no solo se espera que aparezcan los desaparecidos, sino que el país reclama que la extracción del oro sea una empresa que fortalezca la economía del país generando más trabajo para beneficio de los venezolanos, pues, la solución a la extracción ilegal de la minería no se acaba con la detención de uno de los pranes que domina otros treinta (30) campamentos mineros, desde Tumeremo hasta los límites con Guyana, sino que es necesario abordar responsablemente el problema de esa industria improvisada, que es la extracción ilegal en la que pobladores venidos de cualquier parte del mundo extraen el oro a su antojo con la única supervisión de agrupaciones o sindicatos mafiosos y armados, que se encargan de mantener el orden en sus territorios, al margen de lo que debiera ser propósito patriota de la Guardia Nacional.

De aquella nacionalización de comiquita para la explotación del oro y sus actividades conexas, firmada por Chávez en el año 2011 hasta esta repudiable masacre, lo que ha habido es extracción ilegal de oro y otros minerales, crimen, más de 100 mineros asesinados al sur del estado Bolívar, violencia mafiosa, corrupción de funcionarios civiles, militares y policiales y abuso de poder desde la gobernación. Otra de las facetas que nos legó el padre de la mayor tragedia política, económica, fiscal y social que vive nuestro país: Hugo Chávez.

La nota de prensa semanal

Francisco Russo Betancourt

Comentarios sobre las alternativas constitucionales para el cambio

Entre las tareas ciudadanas que en Aragua en Red nos hemos impuesto, en el año 2016, está la promoción de un conjunto de actividades que tiendan a informar a los aragüeños sobre las opciones o alternativas constitucionales y democráticas para resolver la grave crisis política, social y económica que atraviesa el país. De modo que hemos iniciado un programa denominado EN LA RUTA DEMOCRATICA PARA EL CAMBIO, y, esta declaración de hoy como el foro realizado el pasado miércoles en el auditorio de la Cámara de Comercio del Estado Aragua, constituyen la iniciación de tales actividades.

La situación del país es insostenible. Este país está quebrado económica, fiscal, social, moral y políticamente. Tenemos la mayor inflación del mundo y la mayor corrupción jamás vistas en Venezuela. Estos gobernantes nuestros en 17 años, se robaron los huevos y mataron la gallina de oro que es PDVSA. Por ello el país pide a gritos una solución constitucional para salir del gobierno.

Son varias las opciones constitucionales:

A) La renuncia del presidente. Art. 233 de la CN.

Es la menos gravosa y la más expedita porque resulta de un acto voluntario. No hay que acudir a ninguna instancia para aplicar el procedimiento constitucional de sustitución. Pudiera haber acuerdo de transición, pero si esa renuncia se produce durante los dos (2) últimos años del periodo presidencial, asume el vicepresidente. Esta puede ser la estrategia gatopardiana del gobierno. O es Aristóbulo o es Diosdado. Eso no es transición.

B) El Revocatorio. Artículo 72 de la C.N

Este supuesto procede una vez cumplido la mitad del periodo constitucional, que en el caso presidencial es de tres (3) años.

Procedimiento: Recolección de firmas de por lo menos el 20% de los electores inscritos en el Registro Electoral (hablamos de más de tres millones de firmas) y una votación que supere el 25% de los votantes, pero igualmente la votación para revocar debe ser igual o mayor a la elección del presidente que fue de 7.500.000 votos aproximadamente.

Por otro lado, debemos precisar que de acuerdo a los dos Reglamentos dictados por el CNE para el Revocatorio, específicamente la N° 070207-036 del siete (7), este proceso lo administra el CNE, desde fijar tres (3) días para la recolección de firmas mediante el método de captahuellas y la escogencia de los lugares para aquellas, amén de que se reserva la redacción de la pregunta. Finalmente, establece de acuerdo con sentencia de la inefable Sala Constitucional del TSJ, además de igual o superar la votación del presidente, debe ganar el referendo. Es un proceso riesgoso, tanto por quien administra el proceso como por el que sentencia en caso de reclamos oficialistas.

C) La Enmienda. Art. 340 C.N.

Existe un proyecto para aplicar la enmienda a la Constitución. El propósito es reducir a 4 años el periodo presidencial, eliminar la reelección indefinida y recortar el mandato de los Gobernadores y Alcaldes. Tambien para la reducción de los magistrados de 12 a 6 años.

La enmienda es la adicción o modificación de uno o varios artículos de la C.N., sin alterar su estructura fundamental. Debemos informar que la Constitución tiene una parte dogmática y una parte orgánica; ésta última se refiere a la organización del Estado y es dónde cabría la enmienda.

Procedimiento: La iniciativa puede partir del 15% de los electores inscritos en el Registro Civil y Registro Electoral o el 30% de los integrantes de la Asamblea Nacional o del Presidente en Consejo de Ministros.

De ser la iniciativa de la A.N., sólo se aprueba con mayoría simple, es decir, la mitad más uno de los diputados y su discusión es propia de la elaboración de las leyes ordinarias.

Aprobada la enmienda, el CNE la someterá a referéndum a los 30 días de su recepción. El presidente tiene 10 días para promulgar la enmienda (Art. 215 de la CN) y no creo que pueda solicitar la inconstitucionalidad de la enmienda en virtud de haberse aprobado a través de un referéndum que es una de las expresiones de soberanía del pueblo.

Si el presidente se negare a promulgar la enmienda, la directiva de la A.N., podrá promulgarla sin perjuicio de las responsabilidades del Presidente por su omisión.

Como esta exposición tiene fundamentalmente un criterio jurídico, sin atender a los asuntos políticos, me arriesgo a señalar que con arreglo a las normas de derecho intertemporal en el derecho comparado y el derecho positivo venezolano, “los actos y relaciones de la vida real se regulan por la ley vigente en el momento en que se llevan a cabo…”, y es una regla que si bien es creación de la doctrina y no se formula en forma directa en el derecho positivo, explícitamente se expresa en dos preceptos, a saber, “las leyes no tienen efecto retroactivo”, y “las leyes no afectan a los derechos adquiridos”, con lo cual la nueva ley no afectaría a los derechos que se adquirieron antes de su entrada en vigor. Sin embargo, es necesario asentar, que de la revisión de nuestros textos constitucionales, anteriores a la C.N de 1931 y hasta 1947, contenían en el capítulo referido al Poder Legislativo, específicamente a la formación de las leyes, expresamente indicaba que “Ninguna disposición legislativa tendrá efecto retroactivo…”. Tal disposición constitucional fue abandonada en las Constituciones de 1961 y la actual de 1.999. De modo que el riesgo estaría en el manotazo que pueda asestarle la Sala Constitucional del TSJ a la voluntad popular representada en la Asamblea Nacional.

D) La Reforma Constitucional. Art. 342 de la C.N.

La constituye la revisión parcial de la Constitución y la sustitución de uno o varios de sus artículos, sin modificar la estructura y principios fundamentales de la C.N. Hay algunas diferencias de esta con la enmienda que podemos comentarlas adelante.

La iniciativa corresponde al presidente en Consejo de Ministros, o al 15% de los electores inscritos en el Registro Civil y Electoral; tambien a la Asamblea Nacional aprobada por mayoría simple.

Trámite: Es más complicado que la enmienda pues requiere una primera discusión parlamentaria en las sesiones de presentación del proyecto, luego, la segunda discusión es por capítulo o título de la Constitución, según las normas a reformar, y la tercera discusión, trata artículo por artículo. Tiene un plazo de dos (2) años para aprobarla y se aprueba con el voto de las 2/3 partes de los integrantes de la A.N. Tambien se somete a referéndum como establece el artículo 344 de la CN. Será aprobada si los votos afirmativos son superiores a los votos negativos. La promulgación es idéntica al artículo 216 de la C.N. (10 días)

E) La Asamblea Constituyente.- Art. 348 C.N.

Esta requiere la iniciativa del presidente en Consejo de Ministros, o las 2/3 partes de la Asamblea nacional, o las 2/3 partes de los Concejos Municipales o el 15% de los electores inscritos en el R.E.

Se requiere entonces una mayoría calificada del parlamento, que son 112 diputados, lo que resulta discutible ahora en razón de la incertidumbre que resulta de la desincorporación de 3 diputados opositores por el Estado Amazonas. En caso de la iniciativa popular, hay que recoger firmas y entiendo que debe regularse a través del CNE.

Ninguno de los poderes constituidos pueden impedir las decisiones de la ANC ni el presidente puede objetar la nueva Constitución.

Una ANC es la expresión soberana del pueblo, originaria o derivada; mediante ella se redacta un nuevo texto constitucional y puede transformarse el Estado., pero no hay duda que es un proceso complejo y de temores en los electores por las experiencias anteriores de persecución, sobre todo a empleados y funcionarios menores que aspiran un cambio político. En mi opinión personal, no la de Aragua en Red, no hay todavía mecanismos claros para impulsar la ANC por iniciativa popular.

Finalmente, hay quienes opinan que a Maduro hay que dejarlo unos meses más para que se guise en su propio aceite, pero el riesgo es la degradación del país.

DIFERENCIAS ENTRE ENMIENDA Y REFORMA

Las diferencias fundamentales están: en la amplitud de la misma: La enmienda agrega o modifica uno o varios artículos, la reforma revisa el texto parcialmente y sustituye artículos, es más amplia.

La enmienda requiere de una mayoría simple para aprobarla en forma de ley, la reforma se aprueba con mayoría calificada del parlamento.

El método de aprobación de la enmienda es el de una ley ordinaria, por mayoría simple, en cambio, la reforma el proceso legislativo es más complejo: requiere de tres discusiones, presentación del proyecto, discusión por capítulos o títulos de la CN, y artículo por artículos a reformar, además el plazo de aprobación es mayor.

Ambas deben ser aprobadas por referéndum en 30 días y deben ser promulgadas por el Presidente o por la Directiva del parlamento.

Coordinador de Aragua en Red

Maracay, 12 de febrero de 2016

Nota breve sobre el desacato a la Asamblea Nacional

Francisco Russo Betancourt

Hay una gran preocupación sobre la inasistencia a la comisión parlamentaria que debe valorar el decreto de emergencia económica, de cuatro ministros del gabinete ejecutivo del señor Maduro. En Aragua en Red y los más de nuestros contertulios, nos preguntamos sobre las sanciones que pudieren aplicarse a este desacato.

Precisemos. Este es un asunto que toca a la política del gobierno, pero igualmente es un asunto de naturaleza jurídica. Nuestra legislación ordinaria impone sanciones a las faltas o delitos en que puedan incurrir particulares y funcionarios en el ejercicio de sus funciones públicas.

Si viviéramos en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, como lo establece el artículo 2 de nuestra Constitución necesariamente, un desacato a la comparecencia formulada, como el que recién ocurrió en el parlamento de los ministros, habría que aplicar las sanciones previstas en la ley sobre el régimen para la comparecencia de funcionarios y funcionarias públicos y los o las particulares ante la Asamblea Nacional o sus comisiones; es decir, estamos hablando del acatamiento al ordenamiento jurídico de la nación, o dicho de otra manera, que ninguna actividad desarrollada por algún órgano administrativo puede eludir al Derecho, que en términos de la doctrina político administrativa, constituye la sumisión plena de la Administración, léase gobierno en este caso, a la Ley y al Derecho.

Sin embargo, no nos engañemos, el Poder Ejecutivo, en cabeza del presidente de la República, personifica todo el quehacer nacional, con exclusión desde hace menos de un mes, del parlamento nacional, por ello, no me cabe duda, y aquí todos sabemos, en Venezuela es difícil echar por la borda a algún ministro que tenga el respaldo de quien está sentado de verdad en la silla.

Sin menoscabo de las sanciones administrativas, léase multas, que prevé la indicada Ley sobre el Régimen para la comparecencia de funcionarios y funcionarias públicos, que van desde trescientas Unidades Tributarias (300 U.T.) a seiscientas Unidades Tributarias (600 U.T.), en el caso de los ministros es ciertamente letra muerta por la conducta arbitraria de este gobierno, tambien la ley previene, para los de a pie, arresto proporcional, por multa no satisfecha, a razón de un día de arresto por Unidad Tributaria, además de la pena accesoria de suspensión del empleo.

Por lo demás, el decreto no pudo aprobarse y dejará su vigencia, no solo porque los ministros no comparecieron, sin justificación legal alguna, a dar la información requerida por los legisladores a fin de formarse criterio y documentarse sobre el decreto de emergencia económica, tambien porque su contenido no previene en detalle, las medidas económicas para atender la grave situación económica que padecemos.

La Asamblea Nacional continuará trabajando para mantener su independencia y autonomía y dejar sentada su vocación democrática y pedagógica por un futuro luminoso para nuestro país.

Una emergencia económica o una habilitación disfrazada

Francisco Russo Betancourt

Sin desatender las tensas relaciones entre el gobierno y la nueva realidad legislativa liderada por la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), la presencia del presidente en la Asamblea Nacional para dar cumplimiento a su obligación de presentar, en los términos de la Constitución Nacional, el mensaje anual de su gestión administrativa del año anterior, lo que ha ocurrido hoy es un grave desacato de los ministros al control de la legislatura nacional para la consideración y aprobación o no del decreto de emergencia económica.

La inasistencia de los ministros del área económica se fundan, en el necio criterio de existir información reservada que el país no puede conocer, por riesgo a la seguridad. Se imagina alguien que en un estado democrático y social de derecho y de justicia, los venezolanos no podamos conocer las causas del “riesgoso” estado de las finanzas nacionales, pero que al mismo tiempo se pretenda obtener una suerte de cheque en blanco para que el presidente de la República implemente medidas especiales de orden social, económico o político que estime convenientes a las circunstancias actuales, sin dar detalles de cuál es el alcance de esas medidas.

La Asamblea Nacional es nuevamente respetuosa e indulgente ante la impertinencia y desacato del gobierno, cuando resuelve suspender la discusión sobre el susodicho decreto de emergencia económica, hasta el siguiente día en horas de la mañana, todo en atención al grave estado de la crisis política, social, económica y moral que vive la Nación.

Pero precisemos. Esta emergencia es producto del derroche de nuestros recursos, algunos regalados y otros robados sin escrúpulo alguno, en los últimos 16 años, comenzados bajo la responsabilidad del fallecido presidente Chávez. Este es el padre de la ruina del país y de las penurias del pueblo, continuada, naturalmente, por sus herederos políticos.

A la par de ese derroche, la Asamblea Nacional, desde el año 1999, bajo el férreo control del gobierno ha aprobado planes económicos al Ejecutivo, presupuestos anuales y extrapresupuestos, y de igual modo la política cambiaria ha sido implementada por los gobiernos de Chávez y Maduro, manejando la bicoca de más de un billón de dólares, sin control alguno, amén de que el BCV lo convirtieron en su caja chica, amputándole su autonomía para el ejercicio de su competencia constitucional. A finales del pasado diciembre, a contrapelo de la Constitución, pretenden que no rinda cuenta a la Asamblea Nacional, como lo ordena el artículo 319 constitucional, tal como hicieron hoy con los ministros de la economía. Se comieron los huevos de oro y mataron la gallina

Pero no se trata de un simple desacato, es una insolencia y grave irrespeto en que incurre el gobierno, por boca de su petulante Vicepresidente, quien se coloca de espalda a la Constitución que ellos mismos redactaron. El gobierno tuvo en 16 años, seis (6) leyes habilitantes, ha tenido a su disposición excesivos medios a su disposición y por ello, ahora debe explicar la necesidad de suspender garantías constitucionales con este decreto de emergencia. Para considerar y aprobar el decreto de emergencia económica, dictado por el Presidente en Consejo de Ministros, es indispensable ofrecer sin condiciones ni perífrasis, en el seno del parlamento, el informe de los ministros, a fin de que los diputados se formen criterio sobre la gravedad de la situación económica del país, que no tenemos duda, todos la presentimos; del detalle de las medidas a implementar, de las preguntas y razones que respetuosamente deben formularle la Comisión de diputados designada para ello. No hay show. La payasada y el temor es de los dueños del circo en que vivimos y que el Ejecutivo abrigaba se celebrase la sesión parlamentaria en una especie de cenáculo para cercenarle al pueblo las razón de sus penurias.

El pueblo tiene el derecho de conocer el juicio de la grave situación de inflación, de la escasez que se revela en las molestias y la rabia de las colas de todos los días, en todos los supermercados y abastos, la caída de la producción y el aumento de la pobreza, ocurrida mucho antes de la caída de los precios del petróleo, y el gobierno tiene la obligación constitucional y política de explicar la anormalidad económica que ahora ha hecho metástasis.

Finalmente, si bien el presidente tiene la facultad constitucional de decretar estados de excepción, y uno de ellos es la emergencia económica, este decreto debe someterse al control de la Sala Constitucional del TSJ y de la Asamblea Nacional, y aquí nos obligamos a precisar, que el control de la Sala Constitucional se refiere sólo a que tal decreto se encuentre fundado en las formalidades de la Constitución (artículo 339), en tanto que a la Asamblea Nacional corresponde aprobarlo o improbarlo, facultades estas que no se encuentran entre las atribuciones de la Sala Constitucional; de tal modo, que si no hay pronunciamiento de la Asamblea Nacional en el lapso de ocho (8) días, contados desde la fecha de su entrega a la AN, se considera aprobado, si por el contrario, hay expresa aprobación, el decreto mantendrá su vigencia desde su publicación, que no excederá a los sesenta (60) días, pero si la Asamblea Nacional no lo aprueba, como esperamos así ocurra,- en razón de su vaguedad, por no garantizar rendición de cuentas, por nada decir sobre los regalos de nuestros recursos a otros países, porque resulta otra habilitación disfrazada, por no detallar las medidas a tomar para enderezar la economía, por tener discrecionalidad en la adopción de medidas contra personas naturales y privadas en las cuales se puedan repetir las agraviantes expropiaciones, y en fin, porque no corrige los viejos vicios del modelo económico fracasado que ha aplicado-, el decreto perderá su vigencia y no podrá constitucionalmente ser aplicado.

La nota de prensa semanal

Francisco Russo Betancourt

EL ASALTO AL TSJ

El asunto que queremos comentar hoy, desde Aragua en Red, está vinculado a la pretensión del gobierno, para designar a lo Jalisco, contraviniendo reglas legales y constitucionales, doce (12) magistrados al Tribunal Supremo de Justicia.

1.- Debemos señalar previamente que la Constitución Nacional en su artículo 270 dispone que el Comité de Postulaciones Judiciales es un órgano asesor del Poder Judicial para la selección de los candidatos o candidatas a magistrados del TSJ, pero que la legislatura que está por fenecer, lo constituyó en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (art. 64) como una instancia asesora de la Asamblea Nacional. Esta disposición legal es absolutamente contraria al espíritu del constituyente y ello hace que su naturaleza sea inconstitucional.

2.- Denunciamos que los plazos están vencidos para la elección de los magistrados.

Las razones están aquí: Este Comité de Postulaciones Judiciales publicó en la prensa nacional el día 8 del presente mes de diciembre los nombres de los postulados al cargo de magistrados, y de acuerdo con la Ley del TSJ a partir de esa publicación se abre un lapso de 15 días continuos para que cualquier interesado impugne con prueba fehaciente a cualquiera de los candidatos. Ese lapso entonces fenece el próximo día 23 de este mismo mes. Vencido dicho lapso, el Comité de Postulaciones Judiciales necesariamente deberá pronunciarse sobre la admisión de dichas impugnaciones y tiene para ello otro lapso, ahora de ocho (8) días continuos que concluyen el próximo día 31 de diciembre, último día del año, fecha en la cual el CPJ, a partir de allí, por razones del derecho a la defensa otorgará al afectado una audiencia, dentro de los tres (3) siguientes, que deberá notificarlo por cualquier medio, para que exponga sus alegatos y defensa. Aquí estamos hablando, por lo menos de dos días, uno para la notificación y otro para las audiencias, hablamos entonces, en el mejor de los casos, el día tres (3) de enero del 2016. En este estado, el CPJ deberá hacer una preselección de los postulados en los días siguientes para luego lo remitirá al Poder Ciudadano, con los expedientes de cada uno de los tantos postulados.

No hay duda que para hacer la preselección de los candidatos y remitirla al Poder Ciudadano, quien debe revisar los expedientes y hacer otra preselección, ya se ha instalado la nueva Asamblea Nacional, que es la encargada de designar a los magistrados del TSJ en sesión plenaria y con el voto favorable de las 2/3 partes de sus miembros.

3.- No hay pues, plazo legal ni constitucional para que esta legislatura designe 12 nuevos magistrados que sustituyen a los que cuyo periodo está por vencerse. Se agotaron los plazos y las exigencias legales para llevar a cabo aquellas designaciones.

4.- Otro de los vicios de esta pretendida designación es el adelanto obligado de las jubilaciones y el desconocimiento de cuales cargos se van a ocupar con los nuevos nombramientos.

5.- Asunto aparte que debemos comentar, es que si bien no existe en la Ley impedimento para que un miembro del Comité de Postulaciones Judiciales pueda postularse al cargo de magistrado, resulta sin embargo, una conducta absolutamente desviada de la ley, que el presidente del Comité de Postulaciones Judiciales se retire del mismo y simultáneamente se postule ante dicho Comité, pero con otro apellido y con la misma cédula de identidad y manu militari, sin que medie decisión de la Asamblea Nacional, designe un presidente encargado, y secretario del mismo, a su hijo. Estos comportamientos son contrarios a la transparencia que debe regir el procedimiento de selección a la más Alta Magistratura Judicial de la Nación.

El país ha perdido el rumbo y urge rescatarlo!

Finalmente, queremos manifestar que el talante antidemocrático de quienes nos gobiernan, se manifiesta en esa decisión de desconocer el procedimiento de nuestro ordenamiento legal y constitucional, en este caso, en el marco de los recientes resultados parlamentarios y el espacio escogido es, lamentablemente, el Tribunal Supremo de Justicia, de quien la ciudadanía espera se saque del debate electoral y político para bien de la credibilidad de esa rama del poder público nacional.

Es este el trance que denunciamos desde las organizaciones ciudadanas de Aragua en Red en cuanto a que esta designación, a troche y moche de los candidatos a magistrados del TSJ, pareciera más bien un asalto a ese Alto Tribunal, que hoy más que nunca el país reclama sea garante de imparcialidad e independencia en el ejercicio de sus funciones para bien de la República y del sistema democrático.

Por ello creemos, en AenR, que hay muchas cosas que deben ser reformadas y mejoradas en la normativa venezolana, una de la más importante, el Poder Judicial, porque de su independencia y autonomía depende que exista un estado de Derecho, pues es el Poder Judicial el que garantiza el cumplimiento de los principios que lo conforman.

No sé por qué, en ese despropósito de designar sin plazos los magistrados del TSJ, se me viene a la memoria, el atentado al Congreso de 1848 por las huestes de José Tadeo Monagas.

Declaración de Aragua en Red, 21 de diciembre de 2015

El comentario de la semana

Francisco Russo Betancourt

La sociedad civil existe

Un carcamal, de esos que aún militan en un histórico partido político de nuestra región, tuvo el tupé, por no decir desfachatez, de afirmarme en una reunión partidista de estos días, que la sociedad civil no existe. Su condición de viejo militante desfasado ante el avance de la ciencia política, es capaz de desconocer lo que la ciencia social define como sociedad política y su importancia ante el decrecimiento que hoy presentan las organizaciones partidistas.

Sólo a titulo pedagógico, voy a referirme en esta crónica, lo que la doctrina social define como la sociedad civil, que en el caso de las vivencias que se desarrollan en esos tiempos en nuestro país, es probablemente la que mantiene el ímpetu de la unidad política para derrotar al gobierno actual, porque ella siempre ha sido el espacio de vida social, organizada o no, que involucra a los ciudadanos actuando en forma colectiva para expresar intereses de cualquier género, para intercambiar información y alcanzar objetivos comunes, que en el caso de nuestra atormentada vida política, lo constituye la derrota electoral de un gobierno que ha quebrado al país y nos ha sembrado de odio.

Pero vayamos a lo que nos interesa, que es la forma despectiva que tiene aquel militante partidista para referirse a quienes desde organizaciones no gubernamentales activan derechos individuales, políticos y sociales. Traigo la opinión de dos pensadores universales sobre la sociedad civil.

Jürgen Habermas, sociólogo y filósofo alemán, (1929) afirmaba ya, no ahora, la diferencia existente entre la sociedad política y la sociedad civil, señalando que era un prerrequisito para la existencia de la democracia, y Alexis de Tocqueville (Francia, 1805), pensador, jurista, político e historiador francés, para su época, fue el primer actor que analizó la relación entre la sociedad civil y la democracia, señalando además, que aquella constituye un dique de participación para impedir que el Estado invada los espacios sociales.

Ejemplos de instituciones de la sociedad civil, abundan, entre ellos, las ONGs, la organizaciones no lucrativas, las asociaciones de ciudadanos, los clubes deportivos y sociales, lo grupos religiosos, los sindicatos, los colegios profesionales, las organizaciones de barrios, etc.

Lo antes expuesto me permite corroborar, que en nuestros partidos políticos encontramos aún, personajes o individualidades que si bien no constituyen la opinión de esas organizaciones, sin embargo, con su bellaquería o desfase de la ciencia social confunden a algún tonto que lo creen un gran personaje.

Maracay, 21 de noviembre de 2015

La nota de prensa semanal

Francisco Russo Betancourt

Declaración de Aragua en Red con motivo inicio de la campaña electoral

Vocero: Francisco Russo B.

Unas elecciones para renovar el parlamento en un país con gobierno de vocación democrática, no deja de ser un evento común y corriente. En nuestro país, en los últimos 16 años ha sido un ejercicio caracterizado por la violencia y por la violación de los más elementales derechos políticos de los venezolanos que no comulgamos con el gobierno. De allí la trascendencia de la carta que el Secretario General de la OEA ha enviado a la presidenta del CNE exigiéndole transparencia en el proceso comicial. La negativa de la rectora en autorizar una observación internacional de ese organismo y de cualquier otro ente, para las elecciones parlamentarias y las condiciones en las que se desarrolla la campaña electoral con graves dificultades que solo alcanzan a los partidos políticos de oposición, revela la difícil situación en que se desarrollará este proceso.

El ventajismo del gobierno pasa desde la utilización de camiones pertenecientes a organismos oficiales para la colocación de afiches de los candidatos apoyados por el gobierno y uso exagerado de la propaganda, que probablemente tipifica el delito de peculado de uso, hasta la manipulación del voto forzado, la creación de centros electorales con los nombres de pasajes y personajes vinculados al gobierno, lo que constituye un acto intimidatorio para el elector en ese sector, la colocación de puntos electorales de grupos oficialistas a las puertas de los centros electorales, la creación del estado de excepción en regiones opositoras, la colocación de tarjetas electorales al lado de la tarjeta de la MUD con expreso ánimo de confundir, la inhabilitación de candidatos opositores y la intervención judicial en la organización de partidos opositores, hasta el cierre tardío de las mesas electorales con presencia de motorizados pagados para intimidar a votantes y testigos opositores.

Son muchos los medios fraudulentos que utiliza este gobierno bajo la mirada tolerante del CNE.

Pero los demócratas estamos convencidos que las elecciones parlamentarias constituyen el camino menos traumático para comenzar a salir de la tragedia que vive nuestra sociedad. Estamos viendo que este gobierno, que carece de escrúpulos, utiliza todos los recursos para impedir, a troche y moche, el triunfo de la oposición, pero al mismo tiempo, es tal el descontento de la población, que la avalancha de votos que obtendrá la Unidad Democrática hará más difícil se concreten actos fraudulentos que modifiquen la voluntad de la mayoría opositora expresada en las urnas. Mientras más numerosa sea la participación opositora, menos serán las posibilidades de fraude que transmuten los votos opositores al gobierno.

Hemos dicho que si bien no están garantizados plenamente los derechos electorales de la oposición, no es menos cierto que en el país se respira un sentimiento de cambio, por ello, las dificultades y amenazas como las que se hacen a los empleados públicos con botarlos, que el gobierno reparta vehículos y bolsas de comida confiscadas a comerciantes en los mercados populares, que obliguen al personal militar a participar en el “Plan Victoria Perfecta” del PSUV, lo que hace es generar un ambiente de rabia e impotencia interior en la ciudadanía que clama por un proceso de cambio que promueva la paz, la tranquilidad y mejoras en la calidad de vida de los venezolanos.

Desde Aragua en red llamamos a los aragüeños a mantener la calma y a votar masivamente el 6 de diciembre próximo por la tarjeta de la Unidad Democrática, ubicada abajo y a la izquierda; la tarjeta del puñito, que representa el comienzo del rescate de la democracia venezolana.

Una mayoría simple nos permite cambiar la directiva de la Asamblea Nacional, interpelar a los Ministros, integrar democráticamente a las Comisiones Permanentes, devolver a los periodistas al hemiciclo para reseñar en vivo los debates parlamentarios, pero ello no es suficiente para iniciar el cambio que reclama el país; hay que salir a votar resuelta y masivamente para comenzar un proceso que nos devuelva la unidad del país y una vida democrática de progreso y de elevación cultural y ciudadana. ¡Queremos una mayoría calificada!

Concluyo recordándole respetuosamente a los aragüeños, que la fuerza del poder ciudadano está en el voto. En vuestras manos y vuestra conciencia está el futuro promisor del país.

noviembre 13 de 2015

La fuerza del Poder Ciudadano está en el voto

Francisco Russo Betancourt

La elección de la nueva Asamblea Nacional cobra gran importancia en estos momentos, no sólo por el grave deterioro del gobierno, incapaz de administrar el país, sino porque, la galopante corrupción que lo corroe y la falta de contrapesos entre las distintas ramas del poder público,- todas sometidas al impúdico poder presidencial-, impide el control del gobierno que es una de las atribuciones más importantes de la representación nacional.

En una Asamblea Nacional autónoma del poder ejecutivo, sus tareas más resaltantes es legislar y controlar el funcionamiento de los poderes públicos. Esto no ocurre actualmente por la conducta cuartelaría del presidente de la A.N., que usa el reglamento interior y de debates a su perverso arbitrio, menoscabando los derechos de los diputados opositores.

Si la fuerza del poder ciudadano está en el voto, no cabe duda que el próximo 6 de diciembre, debemos acudir masivamente a ejercer ese derecho y cambiar la correlación de fuerza legislativa que permita no sólo el control constitucional del gobierno, también el ejercicio democrático de todo parlamento, que es el escenario para los grandes debates de los temas que afectan la vida de la Nación, para promover democráticamente los acuerdos que sirvan al interés nacional. Por ello, debemos ejercer la fuerza ciudadana, hoy más que nunca ante la ruina económica y fiscal de la Nación, la escasez alimentaria y la inseguridad personal, pero también para darle credibilidad al poder judicial, hoy debilitado ante los intereses del ejecutivo. La sentencia contra Leopoldo López es una muestra de la ausencia de autonomía e independencia de la judicatura.

Un primer escenario del 6D es que la votación opositora alcance el 50% más uno de los diputados. Con ello sólo podremos cambiar la directiva de la A.N., designar democráticamente las Comisiones Permanentes y reservarse las Comisiones de Contraloría, mediante la cual se controla la gestión de los funcionarios de gobierno, las Comisiones de Defensa y Política Interior; asimismo, podrá la fracción opositora interpelar a los Ministros, vale decir, revisar su gestión, que nunca ha ocurrido y modificar o reformar el Reglamento Interior y de Debates de la A.N., lo que permitirá preservar el derecho de los diputados a expresar su opinión sin amenaza alguna. Tambien, por supuesto, volverán los periodistas al recinto parlamentario para contarle al país lo que ocurre allí sin la arbitrariedad cuartelaría. Finalmente, una mayoría parlamentaria, aún simple, deberá dictar una ley de amnistía que permita la liberación de los presos políticos y el regreso de los exiliados.

Con una mayoría simple, debemos prepararnos para la confrontación diaria. No será fácil. Hay que votar para que gane la democracia.

En el próximo número hablaremos de la mayoría calificada. Ese es el segundo escenario, que es factible si entendemos que el poder ciudadano está en el voto.