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Opinión

Sorprendidos, se encontraban los dirigentes deportivos, al enterarse del anuncio formulado por el Presidente del Comité Olímpico Venezolano (C.O.V.), según el cual, le otorgarían 200.000 Bolívares fuertes a cada Federación para sus gastos de funcionamiento durante el año 2016.
Todos, se preguntaban, de donde había surgido tal magnanimidad de las autoridades olímpicas. Recordaban, que las ayudas económicas, anteriores a este caso se limitaban a gastos de entrenamiento, asistencias a cursos o a una beca concedida a un atleta.
-Bueno, si así llueve, que no escampe, manifestó uno de los presentes.
-Otro dirigente, con toda la intención, señaló, que a lo mejor Eduardo había adelantado la campaña para su reelección en la Presidencia del organismo y quería hacer ver con ese aporte su identificación con las federaciones.
En la sala, se hizo un silencio total, cuando escucharon la explicación que dio el Presidente del COV sobre la procedencia de los recursos económicos que se estaban repartiendo:
“El Comité Olímpico Internacional, tiene como norma, la distribución de los ingresos que por concepto de comercialización y mercadeo de los Juegos Olímpicos, entre todos los Comités Olímpicos Nacionales que lo conforman. En ese sentido, el 90% de lo recaudado se destina a organizaciones de todo el Movimiento Olímpico para apoyar la puesta en escena de los Juegos Olímpicos y para promover el desarrollo en todo el mundo del deporte. El COI conserva menos del 10% de sus ingresos para los gastos operacionales y administrativos del gobernante Movimiento Olímpico”
Ese discurso, está muy bonito para la galería, manifestó entre sí un grupo de dirigentes, pero paso por alto, señalar o indicar cuál fue el monto asignado al C.O.V. y desde cuando se está aplicando esa política distributiva en el movimiento olímpico.
Si le hacemos un seguimiento a la ruta del dinero, a lo mejor podemos enterarnos de todos los elementos que rodean a la asignación de estos recursos.
Tengo entendido, que para ello, el Comité Olímpico Internacional tiene un programa denominado “The Olympic Partner” (TOP por sus siglas en inglés) y lo hace a través de un convenio que es firmado cuatrienalmente con cada Comité Nacional.
Está bien, lo que tú dices, pero cuanto fue la boloña y cuál fue la ruta que siguieron esos reales, reclamó otro de los dirigentes.
- Déjenme decirles, que revisando una serie de materiales y correspondencia que llegan a la federación, me encontré con un oficio en donde se señala con todos los detalles la firma del convenio que hizo Eduardo el 31 de Agosto del 2008 para el TOP VII que tendría vigencia para el ciclo olímpico 2009-2012. Además, en otro documento de fecha 15 de Abril del 2013 firmó por los TOP VIII y IX correspondiente a los ciclos 2013-2016 y ¡¡¡2017-2020!!!
Esa última firma, no debería tener validez jurídica, porque está comprometiendo a un periodo de gestión cuyas autoridades todavía no han sido electas.
-Uuuuuuummmm huele a queso suizo, ese bichito ya se considera reelecto y algún negocio debe haber en esos TOP que no los quiere soltar.
- En esos documentos que señalas, no se habla de los montos asignados, fue la pregunta que al unísono hizo el grupo de dirigentes.
Claro que sí, lo que pasa es que ustedes no me dejan terminar. Para el TOP VII se le asignó al C.O.V 920.000 dólares y por cada inclusión de nuevos partner o sponsor se le otorgaría una remuneración de 80.000 dólares adicionales. En ese ciclo, se incorporaron la empresa DOW y la Procter and Gamble. Sumando así, un total de Un millón de dólares para el periodo 2009-2012.
¿Cómo les quedó el ojo? Dijo burlonamente el informante. Para luego agregar, antes de que se desmayen o les de un infarto, que la misma asignación se dio para el TOP VIII y seguro se repetirá en el TOP IX….en otras palabras, para ser más preciso Eduardo ha manejado 2.000.000 de dólares y aspira a manejar otro milloncejo en el próximo ciclo. El cuadro de distribución establecido fue el siguiente:
T O P VII
31/12…2009……15%.......150.000 dólares
31/12….2010……25%......250.000 dólares
31/12….2011……30%......300.000 dólares
31/12….2012……30%.......300.000 dólares
T O P VIII
31/12….2013……15%......150.000 dólares
31/12….2014……25%......250.000 dólares
31/12…-2015……30%.....300.000 dólares
31/12….2016……30%......300.000 dólares
T O P IX
31/12….2017…..15%........150.000 dólares
31/12….2018…..25%……250.000 dólares
31/12….2019…..30%........300.000 dólares
31/12….2020…..30%……300.000 dólares
Ahora, mis queridos amigos dirigentes deportivos, viene el “Reparto del Botín Olímpico”……siguiendo la ruta del dinero, me consigo que la orden de pago o el cheque en cada uno de los TOP sale de la sede del Comité Olímpico Internacional en Laussane Switzerland y en lugar de dirigirse a Caracas Venezuela, es desviada al Inter Credit Bank en Miami, Florida o sea al imperio “mesmo” que tanta arrechera le tiene el camarada Eduardo.
Allí, comienza el Festín de Baltazar. Los dólares son vendidos a particulares a precio del mercado negro o paralelo y el comprador se obliga a depositar el monto en bolívares en las cuentas del COV en el país. También, pueden participar en ese mercado negro para lavar bolívares, cualquier persona o agrupación deportiva que requiera dólares.
Este ilícito cambiario, se disfraza o maquilla en los informes económicos como “Depósito de moneda legal (¿?)” y si tienen que reflejar algún cambio lo hacen al precio establecido por el gobierno…..es decir, lo vendo a precio paralelo y lo declaro a 6.30…..qué mantequilla.
-Uno de los presentes, comentó ingenuamente que no todo era malo porque le habían dado a su federación Bs. 200.000.
-Claro gafo, que malo va a ser para el que reparte. Bs. 200.000 a cada una de las 50 federaciones afiliadas, suma 10 millones de Bs. Un millón de dólares cambiado a 1.000 Bolívares por dólar, sumaría 1.000 millones de bolívares.
De esos mil millones reparte el 1% y le queda 99% cumpliendo así el viejo refrán “el que parte y reparte se queda con la mejor parte”……y seguro de allí saca para el aguinaldo de los miembros del Comité Ejecutivo del COV y la compra de votos para su reelección.
Como diría un pran olímpico “Hacer deporte es hacer dinero”.

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En la campaña electoral, la oposición planteó cuatro vías: enmienda, reforma, referendo revocatorio o Asamblea Nacional Constituyente. Expertos contemplan otros caminos y no descartan la posibilidad de la renuncia
El 5 de enero comenzó la cuenta regresiva. En la sesión de instalación de la Asamblea Nacional, su presidente, Henry Ramos Allup —diputado por Acción Democrática (AD)—, anunció que en seis meses presentarían al país una propuesta para superar la crisis política y provocar un cambio de Gobierno en Venezuela. “Ofrecimos que en un lapso de seis meses contados a partir de la instalación de la Asamblea Nacional (AN), propondríamos un método, un sistema, para cambiar el Gobierno por vía constitucional. Eso lo haremos”, se comprometió Ramos Allup en su primer discurso como jefe del Poder Legislativo.
El líder del parlamento no se decantó por ninguna fórmula en particular, pero sí dejó claramente establecidas cuáles serán sus principales características. “Constitucional, democrática, pacífica y electoral”, remachó los cuatro elementos del mecanismo que plantearán a los venezolanos para la cesación del Gobierno del presidente Nicolás Maduro.
En el marco de la campaña electoral, la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) puso las cartas sobre la mesa. En un documento titulado Cómo ganar la AN, cómo ejercer esa mayoría y cómo conducir a Venezuela, identificó el cuarteto de posibles salidas al laberinto venezolano: enmienda constitucional, reforma constitucional, referendo revocatorio o Asamblea Nacional Constituyente (ANC).
Más allá de las distintas visiones que se debaten en el seno de la oposición, todos acordaron respaldar “aquel mecanismo que garantice la mayor participación popular, la mayor estabilidad social e institucional y la menor perturbación posible al proceso de reconciliación nacional y de reconstrucción de la convivencia”.
¿Hay tiempo?
Antes de evaluar la viabilidad de las iniciativas, cabe preguntarse si será factible que en este contexto la Unidad Democrática cumpla su palabra. Esto es, que a principios de julio exponga a los venezolanos la receta para sustituir al Gobierno de Maduro. “Si se pretende un cambio político serio, no gatopardiano, el único año útil para ello es 2016”, responde el profesor Luis Salamanca, doctor en Ciencia Política. Esa línea roja la marcaría el artículo 233 de la Constitución, que reza: “Si la falta absoluta (del Jefe de Estado) se produce durante los últimos dos años del período constitucional, el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva asumirá la Presidencia de la República hasta completar dicho período”.
A juicio de Salamanca, “la factibilidad de un cambio de esta naturaleza se construye políticamente, no existe a priori, dada la resistencia que opondrá el régimen a cualquier intento de cambio anticipado. La oposición cuenta con el reciente apoyo popular del 6 de diciembre y debería desarrollar una estrategia desde ya, no dentro de seis meses”.
El exdirector del Instituto de Estudios Políticos de la Universidad Central de Venezuela (UCV) sostiene que en esta etapa “lo importante sería generar la agenda del cambio, marcar la opinión pública con ese tema, convocando al pueblo a ello, debido a que no hay señales de que la situación socioeconómica mejore sino todo lo contrario”.
El politólogo John Magdaleno considera que “sí es factible” que la alianza opositora honre su promesa. “Lo que por lo pronto no luce factible es que en el curso de seis meses se complete un proceso de cambio político que incluya la salida del presidente Maduro del poder. Si ello llegara a ocurrir, sería por la intervención de otros factores. Pero esto no es lo que ofreció Ramos Allup”, precisa.
El profesor Daniel Varnagy coincide con Magdaleno y enfatiza que la AN “es el poder rector del Estado de Derecho y la representación más fidedigna de la voluntad popular”. El doctor en Ciencia Política apunta que “la posibilidad de activar distintos mecanismos que promuevan un cambio de integrantes en los poderes públicos, hace que de aquí a seis meses se puedan presentar diversas alternativas para alcanzar ese fin”.
Por aquí es
Ahora, ¿cuál es el mejor camino para conquistar la cima? Sin duda, el más fácil, contesta Salamanca. “Por ‘facilidad’ entiendo una vía que requiera la menor colaboración institucional de otros poderes públicos distintos a la AN. Todas las vías requieren la colaboración del Consejo Nacional Electoral (CNE), todas podrían pasar por la interpretación del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a todas se va oponer el Ejecutivo. Toda la crisis institucional actual muestra que, a medida que el país busque una vía constitucional para superar la gran depresión socioeconómica que vive, mayor será la resistencia del poder establecido”, resume.
El investigador de la UCV indica que la solución más expedita sería la renuncia de Maduro. “La vía más sencilla es la renuncia, pero eso depende del Presidente. Hasta ahora se ha negado, pero la dramática situación social y económica podría poner en el tapete esto. Si renunciara, vendría una elección presidencial en 30 días”.
Entre las opciones que maneja la Unidad Democrática, Salamanca califica como la “más sencilla” la enmienda constitucional para recortar el periodo. “La AN tiene iniciativa para proponer una enmienda —30% de los integrantes de la Cámara—, el proyecto se aprueba por la mayoría de sus miembros —84 diputados en adelante— y se tramita como si fuera una ley ordinaria —dos discusiones y aprobación por mayoría. El Poder Electoral está obligado a someter a referendo la enmienda a los 30 días siguientes de la recepción formal del proyecto. El electorado la aprueba por mayoría de votos”.
El académico confiesa su preferencia por la reforma constitucional, pero advierte que es “mucho más exigente”. “Requiere la aprobación de las 2/3 partes de la AN contadas sobre 167, total de curules. Si lo hicieran sobre 163 —en estos momentos pesa una impugnación sobre los cuatro representantes del estado Amazonas— sería objeto de una interpretación del TSJ y el CNE acataría a este, no a la AN”.
Salamanca deja de últimas en la lista al referendo revocatorio y la Constituyente. “Son más complejas”, dice. ¿La razón? “Demandan muchos más actos y colaboración de los poderes”. Para entender hasta qué punto el Gobierno puede enredar la realización del revocatorio, basta recordar el mensaje enviado en febrero de 2014 por Maduro a los habitantes del país de la Lista Tascón: “Ahora no va a haber firmas planas, todo el que quiera recoger firma para un revocatorio de cualquier funcionario, tiene que ir y poner sus 10 huellas dactilares, tomarse una foto y firmar para que se sepa que en verdad es la voluntad del porcentaje exigido por la Constitución”.
“La Constituyente es aún más compleja, pues necesita tres elecciones: la elección de los constituyentes, votar el proyecto de Constitución y luego votar, si se recorta el período, en una elección presidencial. A todas estas, por debajo de los puentes corre el agua disolvente de la crisis. En algún momento el pueblo puede manifestarse pidiendo atención a sus problemas”, alerta Salamanca.
Todo es posible
Magdaleno no limita el análisis a las salidas ya mencionadas: renuncia, reforma, enmienda, referendo y Constituyente. “No se puede pasar por alto que los meses que vienen estarán caracterizados por mucha incertidumbre y, en ese sentido, probablemente lleguen a considerarse otras opciones que contempla la Constitución: destitución del Presidente decretada por sentencia del TSJ, incapacidad física o mental certificada por una junta médica designada por el TSJ y con aprobación de la AN, y el abandono del cargo, declarado como tal por la AN”.
El director de la firma Polity está consciente de que los nuevos escenarios que asoma pasan por un “cambio radical” en la correlación de fuerzas dentro del Poder Judicial y el chavismo. No obstante, subraya que “la historia enseña que en momentos de alta incertidumbre política pueden presentarse sorpresas”.
De vuelta al terreno convencional, Magdaleno pone sus fichas sobre la enmienda y el revocatorio. “Hasta la fecha, luce más factible una enmienda constitucional, aunque personalmente no descarto, en virtud de la naturaleza y magnitud del malestar social ya existente —que podría llegar a crecer ‘geométricamente’ en los siguientes meses—, que se convoque un referéndum revocatorio. La crisis económica es de envergadura y no hay señales que indiquen que se resolverá o atenuará en el primer semestre de este año”.
Paso a paso
La impugnación contra los diputados de Amazonas condiciona los planes de la Unidad Democrática, según Varnagy. Sin embargo, el experto aboga por ampliar miras, entendiendo que la mayoría opositora en la AN debe trascender la visión “punitiva” y adoptar una línea “constructiva” ante la crisis. “Tenemos una sociedad destruida por la inseguridad, la escasez y la falta de institucionalidad. Hay que comenzar a reconstruir el Estado de Derecho y las instituciones públicas y políticas, para que ese Estado de Derecho sea funcional”, esgrime.
El catedrático de la Universidad Simón Bolívar (USB) cree que el Parlamento debe asumir la revisión del resto de los poderes públicos, en especial el TSJ, y avanzar con las leyes que definirán el futuro de la democracia venezolana. “Espero que la nueva AN inicie el difícil camino de la reconstrucción institucional general del país, porque es la única manera de implementar una estrategia política para el cambio”.
@pppenaloza
18 de enero, 2016
http://elestimulo.com/climax/cuatro-maneras-de-salir-del-gobierno/

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En tiempos de la República civil algunos carceleros atropellaron a quienes estaban ¨donde toda incomodidad tiene su asiento¨, como dice el manco de Lepanto. Hoy, son muchos los cancerberos rojos que cometen atropellos en contra de los presos políticos y de los familiares que los visitan, con el agravante de que los presos políticos de ayer eran culpables de rebelión militar, asesinatos de policías, secuestros y asaltos a bancos, mientras que los de hoy son inocentes.
En tiempos de Betancourt y de Leoni ocurrieron intentos de golpes de estado, guerrilla rural y terrorismo urbano. Sin embargo, los presos políticos estaban en áreas diferentes a los comunes y no se aislaba a ningún detenido, salvo por pocos días. A pesar de sentencias de hasta 30 años, gracias a generosos indultos de Leoni, ninguno estuvo preso más de seis años.
En los Teatros de Operaciones del Ejército hubo algunos casos de torturas y de desaparecidos. También en la Digepol, donde fue asesinado a golpes el profesor Lovera. Jorge Rodríguez supuestamente guiaba una comisión policial para mostrarles el sitio donde tenían secuestrado a Niehous y, al intentar escapar, los policías lo golpearon con tal saña que murió. Los esbirros pagaron con cárcel, otros casos quedaron impunes. El argumento de los torturadores era que debían obligarlos a confesar para salvar vidas y rescatar secuestrados, alegato inadmisible.
Familiares y amigos tenían acceso a visitar a los presos políticos, salvo en los Teatros de Operaciones y en la Isla del Burro donde solo podían ir los familiares. En el Cuartel San Carlos estuvieron confinados militares y civiles. El trato a los visitantes era respetuoso, salvo algún incidente menor. Como hecho relevante recordamos que el capitán de navío Manuel Ponte Rodríguez, jefe del Porteñazo, no fue llevado de urgencia al Hospital Militar cuando tuvo un fuerte dolor de pecho del cual falleció.
El libro Temporada de Golpes, de Egardo Mondolfi, recoge testimonios de los presos del Carupanazo donde reconocen el buen trato en la cárcel de Trujillo y que en la Isla del Burro protestaron por el mal trato a los familiares por parte de algunos vigilantes, consiguiendo que fuesen destituidos.
En una ocasión, a principios de la década de los años sesenta, por solidarizarse con una huelga de hambre justificada, fueron trasladados del San Carlos al Castillo de Puerto Cabello el coronel Edito Ramírez, el teniente Coronel Helí Mendoza Méndez y otros dos oficiales. La orden era encerrarlos en las mazmorras, orden que no aceptó el comandante de esa plaza, el capitán de fragata Carlos Taylhardat, alegando el debido respeto a un militar. Además, Briceño Linares, ministro de la Defensa, se trasladó a Puerto Cabello, conversó con los presos y aceptó sus peticiones ¡Qué diferencia con el trato que Padrino López acepta le den a la capitán Laided Salazar!
En la Cárcel Modelo existía un pabellón de procesados militares y otro donde estaban los acusados por el atentado contra Betancourt, ambos separados de los presos comunes. No existía la tortura física, ni sicológica y tampoco el aislamiento. Familiares y amigos podían visitar dos veces por semana, con trato respetuoso por parte de los carceleros.
En Yare, el difunto, Arias Cárdenas y otros militares golpistas estuvieron rueda libre con todas las consideraciones, con visitas de todo el mundo, entrevistas a periodistas y uso de teléfonos. Gracias a indultos solo estuvieron dos años presos a pesar de las muertes que causaron.
En Ramo Verde, hace unos años la visita de familiares y amigos era permitida dos veces por semana y el trato era respetuoso. Desde el año pasado prohibieron las visitas a los amigos y restringieron la de los familiares. A Leopoldo López lo mantienen aislado. Lo más repudiable es la vejación a la que someten a los familiares, particularmente a Lilian y a Antonieta, esposa y madre, respectivamente, de Leopoldo. Con valentía ellas han denunciado al coronel José Viloria Sosa, comandante de esa ergástula. Es inconcebible la degradación a la que pueden llegar los carceleros. A Lilian no la conozco, pero Antonieta es hija de un gran venezolano como fue Eduardo Mendoza; además, ella fue directora externa en Palmaven, cuando yo trabajaba en esa filial de Pdvsa. A ambas les expreso mi solidaridad.
Desde luego, no puede obviarse la pésima condición en que se encuentran los presos políticos en el Sebin y el grado de hacinamiento y condiciones en que también están los presos comunes en todas las cárceles y el mal trato que reciben sus familiares.
Como (había) en botica: Los predicadores del ¨parlamentarismo de calle¨ tuvieron miedo a que la rendición de cuentas fuese conocida por los ciudadanos. Trucutu declaró que no entra ni un dólar por petróleo, pero el presidente de Pdvsa lo desmintió. Los Pinochos no se ponen de acuerdo. Del Pino dice que en el 2014 el costo de producción del barril de petróleo fue de 18 dólares y que en el 2015 bajó a 13 dólares ¿Cómo pudo bajar si hubo menos producción, mayor inflación y aumento de la nómina? Magia revolucionaria. Antes de aumentar la gasolina deben suspender los regalos a Cuba y a Nicaragua
¡No más prisioneros políticos, ni exiliados!

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La exclusión de las autoridades municipales en el desarrollo integral de la frontera se concretó con la Ley Orgánica de Fronteras publicada en Gaceta Oficial el 30 de diciembre 2015 y aprobada vía habilitante. Resulta útil rescatar el proyecto de Ley Orgánica de Fronteras, cuyo informe en primera discusión, tiene como fecha el 27 de julio de 2004, para poder contrastar el valor que 10 años atrás tenía el Municipio en las políticas fronterizas y su inexistencia como actor en el marco de esta Ley vigente.
Hay que empezar por destacar que en el proyecto de Ley del 2004, se planteó la necesidad de contar con un instrumento llamado Plan Municipal de Fronteras, el cual sería diseñado con la cooperación de los alcaldes fronterizos, quienes en unión a las Juntas Parroquiales del Municipio Fronterizo, del gobierno regional, así como de la Fuerza Armada Nacional y del sector empresarial se pretendió agrupar en algo llamado Unidad de Desarrollo Fronterizo.
En esa Unidad de Desarrollo Fronterizo, integrada por varios actores, recaía en el diseño del marco normativo fronterizo, la tarea de establecer las condiciones necesarias para un desarrollo sustentable de la zona fronteriza para mejorar la calidad de vida, velar por suministros y mantenimiento de servicios públicos básicos, la seguridad alimentaria, entre otras.
La Ley Orgánica de 2015, simplemente habla de un Plan de Desarrollo Integral de Zonas Fronterizas, cuyo diseño está en manos del Ministerio con competencia en planificación, en coordinación con ministerios del poder popular en competencia en defensa y relaciones exteriores y adecuado al Plan Nacional de Desarrollo y a la Ley de Regionalización Integral para el Desarrollo Socioproductivo de la Patria aprobado vía habilitante en el año 2014.
Este Plan de Desarrollo Integral de los Espacios Fronterizos es un instrumento de planificación que si bien debe responder a las especificidades de los espacios fronterizos, debe ser dictado por el Presidente. Ahora bien la Ley menciona que debe tomar en cuenta en su contenido los otros planes, programas y proyectos de las regiones fronterizas respectivas.
No hay mención ninguna a un Plan Municipal y menos aún a un Plan Municipal de Desarrollo que en una zona de frontera debe tener alto impacto en las políticas de frontera, y el cual es aprobado por el Concejo Municipal, pero en cuyo proceso de elaboración participan los llamados Consejos Locales de Planificación Pública.
Cuando la Ley Orgánica de Frontera habla de regiones fronterizas, se refiere a la región de desarrollo integral que el Ejecutivo puede crear mediante Decreto y que estará conformada por espacios geográficos de la República, reconociendo toda forma de organización territorial o social, de organización administrativa de desarrollo y defensa integral que exista en la frontera respectiva.
El proyecto de Ley del 2004 planteó hablar de Zona de Integración Fronteriza, y las definía como aquél espacio geográfico de los municipios fronterizos, en donde se procuraría optimizar condiciones para el desarrollo integral económico, social y de ordenación urbana de la zona, a través de la planificación coordinada y celebración de convenios, programas y actividades con los países vecinos a través de los órganos correspondientes.
En este sentido el proyecto de Ley a que se hace referencia en este artículo, asumía a los alcaldes como unos actores efectivos para la promoción del desarrollo fronterizo y a tal fin, facultaba a los mismos a solicitar a la Asamblea Nacional, el establecimiento de mecanismos de cooperación con los países vecinos, siempre que su objetivo fuera el desarrollo fronterizo del municipio respectivo.
La Ley vigente expresamente prohíbe a los alcaldes y gobernadores a celebrar acuerdos o convenios con autoridades de otros países, sin que previamente haya autorización del Ejecutivo. Incluso, prohíbe reuniones con autoridades de otros países, sin que la misma sea autorizada por el mismo Ejecutivo y coordinada con el ministerio respectivo, en pocas palabras, no es viable una reunión entre los alcaldes de San Antonio del Táchira y Pedro María Ureña con el de Cúcuta sin que antes haya un paso previo de autorización con el Ejecutivo en Caracas y un mecanismo de coordinación con algún ministro en la capital.
Los alcaldes, en el proyecto de Ley Orgánica de Fronteras del año 2004, junto a los presidentes de las Juntas Parroquiales y con la participación de 3 Concejales, designados por el Concejo Municipal respectivo, se reunirían en algo que se pretendió llamar Consejo de Gobierno del Municipio, en cuyo espacio, éstas autoridades legítimamente electas, asumirían la tarea de gestionar recursos para la inversión y créditos para la financiación de iniciativas presentadas por pequeños productores, comercios, industrias, empresarios, comunidades indígenas, comunidades y unidades familiares para el fomento de actividades de desarrollo productivo, artesanal, pesquero y agropecuario en la zona de frontera.
En el proyecto de Ley del 2004 se propuso la creación de un Fondo de Desarrollo Fronterizo con la finalidad de promover la descentralización administrativa y el desarrollo de los municipios fronterizos y municipios colindantes, marítimos, insulares y las dependencias federales, así como también para propiciar la participación ciudadana, para un mejor logro de tales fines.
Hay que destacar el rol que aquél proyecto de ley quería dar a las autoridades locales en la promoción hacia al descentralización administrativa y de la participación ciudadana en el desarrollo integral fronterizo. La Ley Orgánica de Frontera vigente, orienta sus normas para dar un papel relevante al Sistema de Regionalización para el Desarrollo Socioproductivo de la Patria en el desarrollo integral de la frontera, con lo cual impone de manera directa y desde el gobierno central un modelo de control político, social y económico de la sociedad, bajo el modelo del Plan de la Patria.
El Fondo de Desarrollo Fronterizo que pretendió crear el proyecto de ley del 2004, planteó un diseño en el cual en la toma de decisiones sobre el destino de los recursos para el desarrollo fronterizo, participaban distintos actores en representación del Presidente de la República; algunos ministros; gobiernos regionales, asamblea nacional, alcaldes e incluso se preveía la participación de un representante del sector empresarial.
El proyecto de ley del 2004, además, pretendió incluir una serie de normas orientadas a promover incentivos en el sector agropecuario, industrial, incluso para quienes asumen la tarea de ser funcionarios públicos en la zona fronteriza, así mismo, incorporó otras normas dirigidas a la Fuerza Armada Nacional y a los Indigenas ubicados en la zona fronteriza.
Resulta interesante destacar el intento del proyecto de ley de crear distintas categorías de municipios, según los niveles de desarrollo y cuya definición sería el resultado del análisis de una serie de indicadores construidos en base a la información sobre la mortalidad infantil, desempleo, calidad de servicios públicos, déficit sanitario, educación, vivienda, entre otros datos exclusivos de la zona de frontera que cada 10 años serían revisados.
En conclusión, en el año 2004 el Poder Público Municipal era considerado un actor para la promoción del desarrollo fronterizo, en el marco de un Estado Federal y Descentralizado, pero nunca llegó a concretarse ese rol activo, porque ese proyecto nunca se aprobó.
Unos 10 años después, aparece la Ley Orgánica de Fronteras y coherente con el Plan de la Patria 2013-2019, excluye a las instituciones políticas municipales como actor del desarrollo integral de la frontera, ignora el diseño Federal y Descentralizado a que hace referencia la Constitución e impone un criterio de planificación regional, a través del cual pretende conformar en las zonas fronterizas un nuevo orden político, territorial, económico y social, en donde por cierto también el principio de participación ciudadana es ignorado.

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De repente y estando todos de acuerdo se ha decidido que hay que salir de este gobierno en poco tiempo y de manera constitucional.
Exactamente lo mismo que plantearon Leopoldo López, María Corina Machado y Antonio Ledezma en febrero de 2014 y que en esa ocasión fue ignorado y criticado duramente por muchos de los que ahora abogan con ahínco por la misma solución. Me dirán: los tiempos han cambiado, ahora tenemos la mayoría calificada en la Asamblea Nacional. Estoy de acuerdo pero todavía no tenemos los otros poderes y ya vemos la necesidad de plantear la salida urgente de este régimen, porque vemos al país en un estado tan lamentable que es necesaria una solución radical. La misma visión que tuvieron en su momento los de La Salida de 2014.
Pero los que propusieron La Salida y comenzaron a llevarla a cabo siguen presos o exiliados o inhabilitados. Todavía hay decenas, quizás cientos de muchachos presos y torturados, que fueron reprimidos por el gobierno en esa ocasión cuando los otros componentes de la MUD se hicieron los locos o hablaron mal de Leopoldo, María Corina y Ledezma, como ha acostumbrado a hacerlo antes y ahora Henrique Capriles. No salieron a defenderlos porque parecía que preferían que estuvieran presos y no molestando con sus políticas radicales. Pero la prisión de Leopoldo, la represión de los estudiantes, el apresamiento de Ledezma, la inhabilitación de María Corina, la acción valiente de las mujeres de Leopoldo y Ledezma en el exterior yendo a todos los organismos internacionales a denunciar los atropellos de este régimen, todo eso contribuyó y de manera significativa al triunfo que hemos obtenido el 6D. Ellos hicieron visibles ante el mundo los atropellos a los derechos humanos del gobierno de Maduro.
No soy tan insensato como para decir que esa acción de febrero de 2014 es la única importante ni mucho menos, pero tuvo un gran impacto y por eso hago por esta vía un reconocimiento a las víctimas de esa represión. A diferencia de gente como Capriles, Borges y otros que le dieron la espalda cuando más necesitaban su apoyo y ahora salen a decir ¡vieron que la salida no era lo correcto!
Como si el triunfo del 6D se debiera solo a ellos, ignorando la importancia de la rebeldía de febrero de 2014.
No se trata de introducir rencillas innecesarias e inconvenientes en este momento en el que hemos logrado un éxito inesperado en la votación para la Asamblea Nacional. Se trata de darle el reconocimiento que merecen a esos que todavía están presos o exiliados. Y esta diferencia de visiones políticas va a seguir jugando un gran papel cuando finalmente salgan en libertad los presos de la famosa Salida.
25 de enero de 2018

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En un orden democrático le son asignadas a las fuerzas armadas funciones destinadas a mantener el monopolio sobre el uso de las armas dentro del espacio de una nación. Su tarea elemental y primaria es la defensa de la soberanía nacional frente a todos quienes no la reconozcan o la amenacen o intenten menoscabarla. En ese sentido las fuerzas armadas constituyen uno de los pilares en la conformación de un Estado (de un Estado, no de un gobierno) en el marco asignado por la Constitución y las Leyes.
Como ha destacado Max Weber (Política como Profesión) quien a su vez sigue en ese tema a Thomas Hobbes, no existe Estado sin el histórico fundamento de la violencia. Eso no significa que el Estado sea una institución militar. Solo significa que su fundamento, vale decir, su instancia originaria, es militar. Pero desde el momento en que el Estado adquiere una forma jurídica-política, el Ejército pasa a ser una entidad instrumental del Estado. El Estado –quizás debe ser reiterado- es la representación jurídica y política de una nación
Los marxistas, sin habérselo propuesto, han definido correctamente la esencialidad del Ejército en una nación: el Ejército, afirman, es un aparato del Estado. Desde una posición liberal democrática, el jurista Herman Heller en su libro clásico, Teoría del Estado, ha señalado: “A diferencia del poder político, el militar es solo un poder técnico que recibe del Estado la determinación de sus objetivos ý su legitimación”. Ambas posiciones, la marxista y la liberal democrática están entonces de acuerdo: El Ejército está subordinado al Estado pero el Estado no está subordinado al Ejército.
Ahora bien, el monopolio sobre determinados instrumentos dista de ser una propiedad exclusiva de los cuerpos armados. Por el contrario: a cada profesión le es asignada un monopolio sobre la utilización de determinados instrumentos. En ese sentido toda profesión es monopólica.
Expliquemos: Practicar una profesión significa en gran medida ejercer un monopolio instrumental. Cada profesión supone, por lo mismo, la atribución de monopolios exclusivos. Practicar una profesión implica por lo tanto acceder a un determinado monopolio sobre el cual cada profesión mantiene su propia exclusividad. Ningún monopolio profesional puede reclamar para sí atribuciones que forman parte del inventario de otro monopolio.
A los cirujanos les es asignado el monopolio sobre el uso del instrumental quirúrgico. A los teólogos les es concedido el monopolio para interpretar los textos sagrados. A los astrónomos, los telescopios para escudriñar el universo. A un profesor, el monopolio para seleccionar y distribuir textos sobre determinadas materias. A los militares, el monopolio de resguardar la soberanía nacional mediante la utilización de armas no autorizadas para el uso civil.
Mantener un monopolio instrumental significa, a su vez, ejercer vigilancia para que ese monopolio no sea transgredido por y desde otras instancias. Así como un médico debe protegerse de brujos, charlatanes y curanderos cuando asumen funciones que solo están reservadas a la medicina, un militar debe velar para que ningún grupo, banda o sector social, adquiera acceso a armas que son de exclusivo uso militar. No puede haber militares aficionados así como tampoco puede haber médicos aficionados.
Quiere decir: un ejército que coexiste o mantiene contactos con otros grupos armados se degrada a sí mismo pues al renunciar al monopolio sobre la violencia armada legal se convierte en un grupo militar entre varios abjurando de la exclusividad que demanda el ejercicio de su profesión. Por lo mismo, un ejército que acepta la existencia de ejércitos o cuerpos armados paralelos, deja de ser UN ejército. Tarea del ejército es la de desarmar a grupos armados constitucionalmente no autorizados para usar las armas. Sobre esos temas, el ejército debe deliberar antes de actuar.
¿Deliberar? ¿No son las Fuerzas Armadas, en tanto aparatos técnicos del Estado jurídico-político instancias no deliberativas? ¿No esta consagrado en la mayoría de las constituciones democráticas del mundo el principio de no-deliberación de las Fuerzas Armadas? Esas preguntas precisan de una aclaración:
El principio de no-deliberación se entiende como no deliberación política, significado que obvian algunas constituciones al considerarlo como algo que de por sí se subentiende. Sin embargo, no es así. No son pocos los militares que consideran el principio de no-deliberación como una afrenta a su condición de seres pensantes. Y tienen razón. El humano, al ser pensante y hablante, es un ser deliberante.
Los militares en efecto, tienen y deben tener atributos deliberativos. No obstante, esos atributos -este es el meollo del tema- no pueden trascender el campo del ejercicio profesional en el cual actúan. En ese punto el principio de no-deliberación tampoco se diferencia del que prima en otras profesiones. Por cierto, la deliberación inter-militar está sometida a las normas que exigen la jerarquía y la obediencia. Pero si dejamos de lado algunas diferencias rituales basadas en ceremoniales arcaicos, la jerarquía y la obediencia son respetadas en todas las profesiones, aún en las más liberales.
En aras de buscar más precisión volvamos al ejemplo más recurrente, el de un médico en un hospital.
Un médico antes de operar suele deliberar (consigo y sus colegas) acerca del momento de la operación, acerca del estado físico del paciente, acerca de la calidad de los medicamentos. Con sus colegas puede deliberar, además, acerca de los horarios de trabajo, del número de enfermeros requeridos, en fin, de cientos de aspectos que tienen que ver con la profesión médica. Pero a un médico no le está permitido deliberar políticamente durante el ejercicio de su profesión.
Un médico que hace arengas políticas, agita consignas y reparte panfletos al personal hospitalario y a los enfermos, debe ser alejado cuanto antes de su lugar de trabajo. Del mismo modo, si un médico de derecha decide no atender a sus pacientes de izquierda, o a la inversa, estamos frente a un caso de alta criminalidad. En la profesión militar ocurre exactamente lo mismo.
Si un ejército brinda protección a un solo frente político en desmedro de otro ha transgredido la función encomendada por la Constitución. Significa simplemente que ese ejército ha sido convertido en fuerza pretoriana al servicio de un poder ocasional y transitorio. Si así ocurre, los miembros de toda fuerza armada se encuentran en la obligación de devolver al ejército al lugar que le corresponde dentro del orden institucional.
En estado de guerra los altos mandos deben deliberar sobre estrategias y tácticas a ser empleadas para derrotar a un enemigo. En momentos de disturbio interno pueden deliberar también acerca de como crear condiciones de tranquilidad sin arriesgar vidas ciudadanas. Dentro de los cuarteles a los soldados les está permitido deliberar sobre la calidad de la alimentación, sobre la dotación que reciben, sobre el número de los destacamentos y muchas otras cosas más. Pero al igual que a los médicos (podríamos decir, abogados, profesores, ingenieros) a los miembros de un ejército no les está permitido deliberar políticamente durante el ejercicio de la profesión.
Summa Summarum: con excepción de la profesión política ninguna profesión es políticamente deliberante durante los momentos que impone su ejercicio. Luego, los militares de profesión no pueden obtener más ventajas ni más desventajas que las que rigen a los profesionales en las demás profesiones.
Ahora bien, fuera del ejercicio de su profesión, con sus amigos, con su familia, con sus conocidos, los militares, siempre que no porten uniformes ni armas, vale decir, en tanto ciudadanos comunes y normales, tienen pleno derecho a deliberar políticamente. Esa es la opinión generalizada en la mayoría de los países democráticos.
¿Pueden afiliarse los militares en partidos políticos? En ese punto las opiniones están divididas. En la mayoría de los países democráticos no pueden hacerlo. Hay países en los que sí pueden, aunque con ciertas limitaciones. En Italia, Bélgica, Israel y otros, los contingentes no profesionalizados del ejército pueden participar activamente en política. No así los contingentes profesionales. La opinión general es que en democracia estos últimos no deben hacerlo por las mismas razones que no deben hacerlo los miembros del poder judicial.
El peligro de que una deriva autoritaria convierta a los militares y jueces en marionetas de un determinado gobierno, está siempre latente. La no filiación política de jueces y soldados profesionales permite por el contrario el ejercicio independiente de su profesión a diferencia de lo que sucede en regímenes dictatoriales (Cuba, Corea del Norte, Siria) en los cuales los militares y los jueces son obligados a ser miembros del Partido-Estado. En este último caso hablamos de pretorianismo.
El pretorianismo militar surge de la conversión de un gobierno en Estado. En los Estados pretorianos modernos, bajo el pretexto de una mayor participación política de las fuerzas armadas, son liquidados los derechos políticos de los militares como ciudadanos. No puede haber, en efecto, politización sin pluralismo político. Dentro de un orden pretoriano los jueces y los militares pierden su independencia política extra-profesional en nombre de una supuesta politización profesional.
La no afiliación política de jueces y soldados es según sus defensores muy importante para mantener, por lo menos formalmente, la independencia profesional puesta al servicio de un Estado que al ser Estado representa a todos los ciudadanos de una nación jurídica y políticamente constituida. Su objetivo no es uniformar las mentes de los soldados sino todo lo contrario: asegurar la independencia profesional e incluso política de los cuerpos armados. Esa es la razón por las cual las luchas democráticas de nuestro tiempo han incluido en sus plataformas la independencia política de todas las profesiones, incluyendo en ellas a las fuerzas armadas.
La no adscripción política de las fuerzas armadas es una garantía que asegura la neutralidad profesional de los militares en el ejercicio de su profesión así como la libertad política de los militares en el ejercicio de sus derechos ciudadanos.
@FernandoMiresOl
http://polisfmires.blogspot.com/2016/01/fernando-mires-notas-sobre-el-ej...?

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En Venezuela, los tribunales se han convertido en escenario para resolver los asuntos políticos que se plantean entre gobierno y oposición, en confrontación absolutamente desigual, ante la realidad de un sistema de justicia que no tiene nada de sistema y menos tiene de justicia.
Hasta hace algún tiempo se cubrían algunas apariencias de legalidad en la designación de los jueces, en particular, en el Máximo Tribunal, pero ahora se ha llegado al extremo de elegir a 13 nuevos magistrados en Diciembre pasado, en los estertores de la extinta Asamblea, violando el debido proceso, sin atender a la comprobación de los requisitos para el desempeño de los cargos, sin conocer las credenciales de los candidatos y sin participación ciudadana, haciendo caso omiso a las impugnaciones presentadas, siendo el objetivo de esta maniobra la garantía de un tribunal al servicio de la “revolución”.
El dominio total del Tribunal Supremo de justicia se constituyó en la obsesión del Ejecutivo después de decisiones adversas con posterioridad a los sucesos de 2002, reformándose la ley para incrementar el número de magistrados a 32 y afinar en la Sala Constitucional un filtro y un respaldo para cualquier decisión política del Ejecutivo.
En el Supremo Tribunal solo gana el Gobierno, como lo demostró el trabajo de Canova, Herrera, Rodríguez y Graterol, “El Tribunal Supremo de Justicia al servicio de la Revolución” y oscuros “constitucionalistas” se encargan de llevar a la Sala Constitucional, en forma previa o sobrevenida, cualquier asunto que interese al Gobierno a los fines de “blindarlo” con argumentos que nada tienen que ver con el “buen derecho” que debe sustentar una decisión judicial.
Los gobernantes de otros tiempos, hábiles en el manejo político, a pesar de no haber dado el paso decisivo de sacar las manos de los tribunales, no se sirvieron de estos como de la llave maestra para conservar el poder, pero ahora, para asombro de nuestro pueblo, que cree todavía en la majestad de un tribunal, se recurre a la mise en scène de una sala de audiencia en la que solemnes togados, con cara de circunstancias, dan su veredicto, en lenguaje incomprensible, que concluye siempre dando la razón a los emisarios oficialistas, salvo el recurso al paso del tiempo para no decidir, declarando formalmente la pérdida del interés procesal, que no hay materia sobre la cual decidir o el carácter improponible de la acción intentada, sin dejar de mencionar que toda denuncia promovida contra el Presidente u otros altos funcionarios, por principio, resulta “desestimada” y por tanto no susceptible de investigación alguna.
El pueblo no puede entender que, ante la sistemática denegación de justicia, el archivo o el diferimiento eterno de casos graves en los que nada se resuelve y ningún castigo se impone, en cuestión de horas, el Máximo Tribunal, convertido en operador político, resuelve cualquier controversia que le plantee el gobierno, por sí o por personas interpuestas, ordenando lo que más le convenga a este, llegando hasta el extremo de que la Sala Constitucional, que no tiene competencia para conocer de la comisión de un delito, debiendo remitir el caso, al Ministerio Público, destituye a dos alcaldes y los manda a prisión después de un simulacro de audiencia o que otra Sala, competente en materia electoral, con una medida cautelar, sobre la base de una prueba ilícita, desconozca sin más la inmunidad parlamentaria otorgada por la proclamación de un diputado, producto de la voluntad mayoritaria de la ciudadanía y ordena “desproclamar” y no permitir el ejercicio de la representación popular garantizada por la investidura adquirida.
En síntesis, por una perversa manipulación, los jueces, en general, pero, en particular, de los que son designados para el Tribunal Supremo de Justicia, están llamados a desempeñar la función de actores políticos, por lo cual, en lugar de cumplir con el sagrado cometido de impartir justicia y resolver con estricto apego a la ley los asuntos que se le plantean, deben exhibir, fundamentalmente, la “credencial” de estricta fidelidad a los lineamientos oficialistas que le son impartidos.
El pueblo, el 6­D, votó por un país en el cual, por fin, se haga justicia y esta se encarna en hombres y mujeres de “reconocida honorabilidad”, como reza la Constitución, que resuelvan los asuntos que le son planteados sin subordinación a intereses políticos o influencias del poder.
aas@arteagsanchez.com
25 de enero 2016. En Nacional

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